Por Avkin Mapu
- Las comunidades y pobladores MapuChe de El Bolsón hemos participado en forma constante y sistemática de la reforma de la carta orgánica municipal. Para ello, nos constituímos formalmente en una comisión de seguimiento y participación permanente el día 15 de febrero de 2006. Desde este ámbito se siguieron estos pasos:
- Notificar personalmente a los Sres. Convencionales en su primera sesión (16/02) de la conformación de esta comisión para que se incluya en el reglamento interno de la convención el puntual tratamiento de la temática indígena. En tal oportunidad nos hicimos presentes autoridades y miembros de las comunidades Mapuche: Quintupuray, Tekel Mapu, Kumey Ke Che, Las Huaytekas y pobladores dispersos.
- Recién a fines de mayo la Convención aprobó el reglamento interno imponiendo la moción del oficialismo de aprobar los proyectos por mayoría en contraposición de la moción del dos tercios propuesta por el bloque minoritario.
- A partir de entonces se abre la posibilidad de participación de la gente en las escuelas Nº 270 y Nº 334. En esas reuniones con el común de la gente el bloque radical no participó. En tal espacio, nos presentamos y planteamos la necesidad de presentación de un proyecto en común y propio para su posterior tratamiento e inclusión en la carta magna. Se nos informó del proyecto del PPR de incluir una banca de los Pueblos Originarios en el concejo deliberante. A lo que nos remitimos a escuchar y nos comprometimos a analizar esa propuesta con las demás comunidades. A tal efecto, se evaluó que dicha banca no garantizaría un ámbito de decisión, significaría simplemente un espacio para canalizar denuncias aisladas y catárticas. Además generaría problemas internos entre nosotros mismos. Por lo que se decidió prescindir de esa banca y presentar un proyecto propio de inclusión de los derechos indígenas vigentes en la carta magna. Para ello cada comunidad y poblador disperso debía elaborar una propuesta para debatirla entre todas las comunidades y sintetizarlo en uno solo. El único proyecto presentado fue el que elaboró la comunidad Las huaytekas, el cual pasó a ser la propuesta de todos.
- El día 6 de junio se presentó formalmente el proyecto de las comunidades mapuche y desde entonces se comenzó a participar de la comisión de Asuntos Constitucionales para darle tratamiento al mismo. La propuesta original mapuche consistía en la inclusión en el preámbulo del siguiente texto:
"Reconocer la preexistencia étnica, cultural y la autonomía del Pueblo Nación Mapuche en la zona de El Bolsón y aledaños "
"Resguardar y proteger el entorno natural apelando al conocimiento ancestral del
Pueblo Nación MapuChe"
En tal sentido luego del debate parlamentario se consensuó y se labró dictamen por minoría y por mayoría quedando el siguiente texto:
"Reconocer la prexistencia de los pueblos originarios y del Pueblo Nación Mapuche con su cultura y autonomía...proteger el entorno y las reservas naturales desde la cosmovisión ancestral del Pueblo Nación Mapuche ..." (Consta acta del 12 de junio firmada por los convencionales presentes).
- Pese a este dictamen en el posterior tratamiento en general y en particular esta propuesta fue modificada por el oficialismo quedando el siguiente texto en preámbulo de la nueva carta orgánica :
"...proteger y garantizar los derechos de sus habitantes, sin ningún tipo de discriminación, reconociendo la preexistencia étnica y cultural de las comunidades indígenas, garantizando el respeto a su identidad y cultura."
- En la comisión de Asuntos Constitucionales que tuviera lugar el 13 de junio se acordó el siguiente artículo el cual quedó plasmado textualmente en el art 6º , primera parte, sección primera, título l, de la Carta Orgánica Municipal (C.O.M) vigente:
RESPETO A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS:
" La comunidad de El Bolsón respeta la preexistencia de los pueblos originarios, reconociendo su cultura, su espiritualidad y organización consuetudinaria."
- Con respecto a los demás artículos propuestos fueron derivados a las otras comisiones parlamentarias pero no se les dieron tratamiento en las mismas porque la convención comenzó a sesionar en comisión permanente a partir del 22 de junio. Desde esta ocasión nuestra voz fue negada porque en ese espacio reglamentariamente sólo tenían voz y voto los convencionales.
- Se contó con la presencia de las asesoras legales del CoDeCi y el Presidente de este organismo el día 13 de julio, quienes con previo conocimiento del proyecto nuestro, avalaron ante la Convención la propuesta y además las abogadas brindaron una charla magistral a los convencionales. Éstos se quitaron dudas y se pudieron informar en lo que respecta a la legislación indígena.
- Pese a que el oficialismo se jactó de ignorar nuestra presencia y negar nuestra participación para defender nuestro proyecto ( con algunos cambios actitudinales posteriores a la intervención de las abogadas) impusimos el tratamiento e inclusión de los siguientes artículos :
PROYECTO NUESTRO ART. PLASMADOS EN LA NUEVA C.O.M OBSERVACIONES
PROPUESTA
" Promover y fomentar el turismo étnico cultural en las comunidades mapuche".
Art. 15, inc.22, primera parte, sección l,títuloll: Competencia Municipal " reglamentar y fiscalizar la prestación de servicios turísticos, promoviendo y fomentando esta actividad, en especial el turismo étnico cultural, organizado por sus propias comunidades." Para lograr el tratamiento de este artículo se intervino apelando a la imposición de nuestra opinión pese a la indiferencia del Sr, presidente de la convención a dar lugar a nuestra voz. Los convencionales de la minoría escucharon atentamente y dieron lugar a que se tratara.
PROPUESTA
" Este municipio asegura y brinda las condiciones necesarias para que la protección, difusión y transmisión del Patrimonio Cultural MapuChe esté regulada por representantes del Pueblo Nación Mapuche. "PROPUESTA:
- el respeto a su identidad y el derecho a una educación intercultural,
Quedó plasmado en el art. 22, sección II,títuloII:
" Entiéndase la cultura como el conjunto de las manifestaciones en que se expresa la vida humana, el Municipio debe:
a)asegurar la libertad y el desarrollo de las manifestaciones culturales, respetando el pluralismo, y el derecho de los pueblos originarios a una educación pluricultural.
c)asignar recursos municipales para tales fines procurando ámbitos adecuados para el desarrollo de toda actividad cultural"
No se incorporó ningún artículo que responda a que el patrimonio cultural MapuChe esté resguardado y difundido por nosotros mismos.
Nuestra propuesta hacía referencia a la educación intercultural, el oficialismo incluyó el término PLURICULTURAL.
PROPUESTA:
" El Convenio Internacional 169 de la O.I.T, el Convenio de Biodiversidad art, 8 inc, J, el art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, el art. 42 de la Constitución Provincial, la ley provincial 2287 <>, Directriz de Áreas Naturales Protegidas de la Unión Mundial de la Naturaleza ( U.I.N.C), integran esta carta orgánica."
Sección segunda,título I, art 16: " Integran esta carta orgánica todos los derechos y garantías reconocidos, expresa o implícitamente, en la Constitución Nacional y Provincial, en los Tratados Internacionales ratificados y que se ratifiquen en el futuro, las Leyes Nacionales y Provinciales. Se asegura a todos los vecinos de El Bolsón el goce de todos los derechos y garantías que nacen del principio de soberanía del pueblo, de la forma republicana de gobierno y de la justicia social y su derecho a la autodeterminación como comunidad en especial respecto del uso de los recursos naturales existentes en su ejido." En el debate parlamentario de este artículo la minoría mocionó que debería incluirse el Convenio de la O.I.T, el bloque radical no aceptó esta moción.
La convención argumentó que este artículo incluía los derechos indígenas pese a que no se prescribían puntualmente.
PROPUESTA:" Es de la competencia municipal:
-Reconocer a las comunidades y organizaciones mapuche como instituciones autónomas dentro de su territorio y representativas de su pueblo originario.
-Respetar la organicidad interna de estas instituciones.
Art.6
"RESPETO A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS: " La comunidad de El Bolsón respeta la preexistencia de los pueblos originarios, reconociendo su cultura, su espiritualidad y organización consuetudinaria."
Nuestra propuesta se sintetiza en lo referido a organización consuetudinaria
PROPUESTA:
*"El gobierno municipal debe asegurar y garantizar la participación de las comunidades y organizaciones mapuche en la gestión de las medidas de protección de los recursos naturales. Para ello debe implementar mecanismos de consulta previa,sistemática y prudencial a las decisiones que se tomen en tal sentido "
*" La autoridad ecológica ( o cualquier órgano que se forme en tal sentido) debe solicitar expresamente asesoramiento al Pueblo Nación MapuChe ante cualquier proyecto de emprendimiento con impacto ambiental, garantizándole toda la información para su posterior análisis."
* " Al constituirse una reserva fiscal, cualquiera sea su fin, se consultará previamente a las comunidades y/o pobladores mapuche que usen y ocupen ese territorio o que estén conlindantes a ella."
El reconocimiento de la posesión y propiedad comunitaria del territorio que tradicionalmente usan, ocupan y reconocen como propio las comunidades mapuche y pobladores mapuche dispersos, el cual es susceptible de control, planificación y autonomía de sus propios miembros. Dicho territorio no es enajenable, transmisible ni susceptible de gravamen ni embargo. Este Municipio debe gestionar y regular la restitución de otras tierras aptas y suficientes.
Su participación y control en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que lo afecten como: territorio, educación, salud, cultura."
*" El Municipio de El Bolsón no tiene dominio ni control sobre el territorio Mapuche. El cual está constituído por el espacio geográfico (contínuos o discontínuos) ocupado o reclamado por los pobladores y/o comunidades mapuche existentes en el Ejido."
Tercera parte, título V, Defensa del medio ambiente, Art.184 Consejo Ambiental: " Para garantizar la participación ciudadana y en carácter de espacio institucional de representación comunitaria se creará el consejo ambiental como órgano de consulta y asesoramiento de la AUTORIDAD AMBIENTAL. Sus integrantes serán designados por el Concejo Deliberante a propuesta de los colegios profesionales, asociaciones intermedias con domicilio en la ciudad, juntas vecinales, comunidades preexistentes,siendo su ejercicio incompatible con cualquier función pública, municipal, provincial,o nacional. Uno de sus miembros ejercerá la presidencia en forma anual y rotativa. . El Concejo Deliberante mediante ordenanza reglamenta su constitución y funcionamiento. Los dictámenes técnicos del consejo ambiental sólo podrán ser rechazados por los 2/3 del Concejo Deliberante.
Tercera parte, título VI Régimen de tierras, Art.198 Reconocimiento: "Se reconoce el derecho de las comunidades preexistentes a la posesión de la tierra que ocupan, debiendo el Estado a través de la Autoridad Ambiental y con la intervención de las comunidades, proceder a la delimitación física de las mismas a los efectos de la obtención de los títulos comunitarios y /o particulares."
Cláusulas Complementarias y transitorias:
Art.2 : "Antes del 31 de diciembre de 2006 el Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante deberán proceder a conformar el Consejo Ambiental de acuerdo a lo prescripto por el Art. 184 y 185 de esta carta orgánica."
Los artículos que propusimos en relación a los recursos naturales y territorio bien podrían sintetizarse en estos artículos. Cabe destacar que este apartado fue muy resistido a que se tratara por parte del oficialismo. Aún así se nos invitó a participar en la mesa de debate y exponer a lo que apuntábamos.
Cabe mencionar que la participación nuestra fue constante y sistemática, asistimos a cada una de las sesiones sujetas a cambios repentinos de horarios y de los temas a tratar. Esta constancia permitió que se incorporaran los artículos que hoy se expresan en la flamante carta orgánica. No estuvieron ausentes las artimañas políticas para que apoyemos a un partido u otro, pero supimos mantener nuestra imparcialidad partidaria y no intervenir en las internas que tuvieron los convencionales.
En la etapa plenaria y de votación los convencionales de la minoría (7) se retiraron de la Convención por no acordar con el oficialismo en temas como el casino, aeródromo, dieta del intendente, reivindicación del Manso y otros temas. Por lo que la nueva Carta Orgánica fue votada y jurada por el bloque radical. La votación total se realizó el 17 de agosto y la jura el 15 de setiembre y comenzó su vigencia a partir del 16 de dicho mes.
http://www.barilochense.com/?suplementos=1&id=3&novedad=260
- Las comunidades y pobladores MapuChe de El Bolsón hemos participado en forma constante y sistemática de la reforma de la carta orgánica municipal. Para ello, nos constituímos formalmente en una comisión de seguimiento y participación permanente el día 15 de febrero de 2006. Desde este ámbito se siguieron estos pasos:
- Notificar personalmente a los Sres. Convencionales en su primera sesión (16/02) de la conformación de esta comisión para que se incluya en el reglamento interno de la convención el puntual tratamiento de la temática indígena. En tal oportunidad nos hicimos presentes autoridades y miembros de las comunidades Mapuche: Quintupuray, Tekel Mapu, Kumey Ke Che, Las Huaytekas y pobladores dispersos.
- Recién a fines de mayo la Convención aprobó el reglamento interno imponiendo la moción del oficialismo de aprobar los proyectos por mayoría en contraposición de la moción del dos tercios propuesta por el bloque minoritario.
- A partir de entonces se abre la posibilidad de participación de la gente en las escuelas Nº 270 y Nº 334. En esas reuniones con el común de la gente el bloque radical no participó. En tal espacio, nos presentamos y planteamos la necesidad de presentación de un proyecto en común y propio para su posterior tratamiento e inclusión en la carta magna. Se nos informó del proyecto del PPR de incluir una banca de los Pueblos Originarios en el concejo deliberante. A lo que nos remitimos a escuchar y nos comprometimos a analizar esa propuesta con las demás comunidades. A tal efecto, se evaluó que dicha banca no garantizaría un ámbito de decisión, significaría simplemente un espacio para canalizar denuncias aisladas y catárticas. Además generaría problemas internos entre nosotros mismos. Por lo que se decidió prescindir de esa banca y presentar un proyecto propio de inclusión de los derechos indígenas vigentes en la carta magna. Para ello cada comunidad y poblador disperso debía elaborar una propuesta para debatirla entre todas las comunidades y sintetizarlo en uno solo. El único proyecto presentado fue el que elaboró la comunidad Las huaytekas, el cual pasó a ser la propuesta de todos.
- El día 6 de junio se presentó formalmente el proyecto de las comunidades mapuche y desde entonces se comenzó a participar de la comisión de Asuntos Constitucionales para darle tratamiento al mismo. La propuesta original mapuche consistía en la inclusión en el preámbulo del siguiente texto:
"Reconocer la preexistencia étnica, cultural y la autonomía del Pueblo Nación Mapuche en la zona de El Bolsón y aledaños "
"Resguardar y proteger el entorno natural apelando al conocimiento ancestral del
Pueblo Nación MapuChe"
En tal sentido luego del debate parlamentario se consensuó y se labró dictamen por minoría y por mayoría quedando el siguiente texto:
"Reconocer la prexistencia de los pueblos originarios y del Pueblo Nación Mapuche con su cultura y autonomía...proteger el entorno y las reservas naturales desde la cosmovisión ancestral del Pueblo Nación Mapuche ..." (Consta acta del 12 de junio firmada por los convencionales presentes).
- Pese a este dictamen en el posterior tratamiento en general y en particular esta propuesta fue modificada por el oficialismo quedando el siguiente texto en preámbulo de la nueva carta orgánica :
"...proteger y garantizar los derechos de sus habitantes, sin ningún tipo de discriminación, reconociendo la preexistencia étnica y cultural de las comunidades indígenas, garantizando el respeto a su identidad y cultura."
- En la comisión de Asuntos Constitucionales que tuviera lugar el 13 de junio se acordó el siguiente artículo el cual quedó plasmado textualmente en el art 6º , primera parte, sección primera, título l, de la Carta Orgánica Municipal (C.O.M) vigente:
RESPETO A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS:
" La comunidad de El Bolsón respeta la preexistencia de los pueblos originarios, reconociendo su cultura, su espiritualidad y organización consuetudinaria."
- Con respecto a los demás artículos propuestos fueron derivados a las otras comisiones parlamentarias pero no se les dieron tratamiento en las mismas porque la convención comenzó a sesionar en comisión permanente a partir del 22 de junio. Desde esta ocasión nuestra voz fue negada porque en ese espacio reglamentariamente sólo tenían voz y voto los convencionales.
- Se contó con la presencia de las asesoras legales del CoDeCi y el Presidente de este organismo el día 13 de julio, quienes con previo conocimiento del proyecto nuestro, avalaron ante la Convención la propuesta y además las abogadas brindaron una charla magistral a los convencionales. Éstos se quitaron dudas y se pudieron informar en lo que respecta a la legislación indígena.
- Pese a que el oficialismo se jactó de ignorar nuestra presencia y negar nuestra participación para defender nuestro proyecto ( con algunos cambios actitudinales posteriores a la intervención de las abogadas) impusimos el tratamiento e inclusión de los siguientes artículos :
PROYECTO NUESTRO ART. PLASMADOS EN LA NUEVA C.O.M OBSERVACIONES
PROPUESTA
" Promover y fomentar el turismo étnico cultural en las comunidades mapuche".
Art. 15, inc.22, primera parte, sección l,títuloll: Competencia Municipal " reglamentar y fiscalizar la prestación de servicios turísticos, promoviendo y fomentando esta actividad, en especial el turismo étnico cultural, organizado por sus propias comunidades." Para lograr el tratamiento de este artículo se intervino apelando a la imposición de nuestra opinión pese a la indiferencia del Sr, presidente de la convención a dar lugar a nuestra voz. Los convencionales de la minoría escucharon atentamente y dieron lugar a que se tratara.
PROPUESTA
" Este municipio asegura y brinda las condiciones necesarias para que la protección, difusión y transmisión del Patrimonio Cultural MapuChe esté regulada por representantes del Pueblo Nación Mapuche. "PROPUESTA:
- el respeto a su identidad y el derecho a una educación intercultural,
Quedó plasmado en el art. 22, sección II,títuloII:
" Entiéndase la cultura como el conjunto de las manifestaciones en que se expresa la vida humana, el Municipio debe:
a)asegurar la libertad y el desarrollo de las manifestaciones culturales, respetando el pluralismo, y el derecho de los pueblos originarios a una educación pluricultural.
c)asignar recursos municipales para tales fines procurando ámbitos adecuados para el desarrollo de toda actividad cultural"
No se incorporó ningún artículo que responda a que el patrimonio cultural MapuChe esté resguardado y difundido por nosotros mismos.
Nuestra propuesta hacía referencia a la educación intercultural, el oficialismo incluyó el término PLURICULTURAL.
PROPUESTA:
" El Convenio Internacional 169 de la O.I.T, el Convenio de Biodiversidad art, 8 inc, J, el art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, el art. 42 de la Constitución Provincial, la ley provincial 2287 <>, Directriz de Áreas Naturales Protegidas de la Unión Mundial de la Naturaleza ( U.I.N.C), integran esta carta orgánica."
Sección segunda,título I, art 16: " Integran esta carta orgánica todos los derechos y garantías reconocidos, expresa o implícitamente, en la Constitución Nacional y Provincial, en los Tratados Internacionales ratificados y que se ratifiquen en el futuro, las Leyes Nacionales y Provinciales. Se asegura a todos los vecinos de El Bolsón el goce de todos los derechos y garantías que nacen del principio de soberanía del pueblo, de la forma republicana de gobierno y de la justicia social y su derecho a la autodeterminación como comunidad en especial respecto del uso de los recursos naturales existentes en su ejido." En el debate parlamentario de este artículo la minoría mocionó que debería incluirse el Convenio de la O.I.T, el bloque radical no aceptó esta moción.
La convención argumentó que este artículo incluía los derechos indígenas pese a que no se prescribían puntualmente.
PROPUESTA:" Es de la competencia municipal:
-Reconocer a las comunidades y organizaciones mapuche como instituciones autónomas dentro de su territorio y representativas de su pueblo originario.
-Respetar la organicidad interna de estas instituciones.
Art.6
"RESPETO A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS: " La comunidad de El Bolsón respeta la preexistencia de los pueblos originarios, reconociendo su cultura, su espiritualidad y organización consuetudinaria."
Nuestra propuesta se sintetiza en lo referido a organización consuetudinaria
PROPUESTA:
*"El gobierno municipal debe asegurar y garantizar la participación de las comunidades y organizaciones mapuche en la gestión de las medidas de protección de los recursos naturales. Para ello debe implementar mecanismos de consulta previa,sistemática y prudencial a las decisiones que se tomen en tal sentido "
*" La autoridad ecológica ( o cualquier órgano que se forme en tal sentido) debe solicitar expresamente asesoramiento al Pueblo Nación MapuChe ante cualquier proyecto de emprendimiento con impacto ambiental, garantizándole toda la información para su posterior análisis."
* " Al constituirse una reserva fiscal, cualquiera sea su fin, se consultará previamente a las comunidades y/o pobladores mapuche que usen y ocupen ese territorio o que estén conlindantes a ella."
El reconocimiento de la posesión y propiedad comunitaria del territorio que tradicionalmente usan, ocupan y reconocen como propio las comunidades mapuche y pobladores mapuche dispersos, el cual es susceptible de control, planificación y autonomía de sus propios miembros. Dicho territorio no es enajenable, transmisible ni susceptible de gravamen ni embargo. Este Municipio debe gestionar y regular la restitución de otras tierras aptas y suficientes.
Su participación y control en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que lo afecten como: territorio, educación, salud, cultura."
*" El Municipio de El Bolsón no tiene dominio ni control sobre el territorio Mapuche. El cual está constituído por el espacio geográfico (contínuos o discontínuos) ocupado o reclamado por los pobladores y/o comunidades mapuche existentes en el Ejido."
Tercera parte, título V, Defensa del medio ambiente, Art.184 Consejo Ambiental: " Para garantizar la participación ciudadana y en carácter de espacio institucional de representación comunitaria se creará el consejo ambiental como órgano de consulta y asesoramiento de la AUTORIDAD AMBIENTAL. Sus integrantes serán designados por el Concejo Deliberante a propuesta de los colegios profesionales, asociaciones intermedias con domicilio en la ciudad, juntas vecinales, comunidades preexistentes,siendo su ejercicio incompatible con cualquier función pública, municipal, provincial,o nacional. Uno de sus miembros ejercerá la presidencia en forma anual y rotativa. . El Concejo Deliberante mediante ordenanza reglamenta su constitución y funcionamiento. Los dictámenes técnicos del consejo ambiental sólo podrán ser rechazados por los 2/3 del Concejo Deliberante.
Tercera parte, título VI Régimen de tierras, Art.198 Reconocimiento: "Se reconoce el derecho de las comunidades preexistentes a la posesión de la tierra que ocupan, debiendo el Estado a través de la Autoridad Ambiental y con la intervención de las comunidades, proceder a la delimitación física de las mismas a los efectos de la obtención de los títulos comunitarios y /o particulares."
Cláusulas Complementarias y transitorias:
Art.2 : "Antes del 31 de diciembre de 2006 el Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante deberán proceder a conformar el Consejo Ambiental de acuerdo a lo prescripto por el Art. 184 y 185 de esta carta orgánica."
Los artículos que propusimos en relación a los recursos naturales y territorio bien podrían sintetizarse en estos artículos. Cabe destacar que este apartado fue muy resistido a que se tratara por parte del oficialismo. Aún así se nos invitó a participar en la mesa de debate y exponer a lo que apuntábamos.
Cabe mencionar que la participación nuestra fue constante y sistemática, asistimos a cada una de las sesiones sujetas a cambios repentinos de horarios y de los temas a tratar. Esta constancia permitió que se incorporaran los artículos que hoy se expresan en la flamante carta orgánica. No estuvieron ausentes las artimañas políticas para que apoyemos a un partido u otro, pero supimos mantener nuestra imparcialidad partidaria y no intervenir en las internas que tuvieron los convencionales.
En la etapa plenaria y de votación los convencionales de la minoría (7) se retiraron de la Convención por no acordar con el oficialismo en temas como el casino, aeródromo, dieta del intendente, reivindicación del Manso y otros temas. Por lo que la nueva Carta Orgánica fue votada y jurada por el bloque radical. La votación total se realizó el 17 de agosto y la jura el 15 de setiembre y comenzó su vigencia a partir del 16 de dicho mes.
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