Enviado por Vilma Di Russo
Sería por cinco años más. Pero el Estado manejaría el beneficio, empezando por establecer un sistema de calificación a las empresas. Sería clave tener mano de obra local –horas/hombre-, completos procesos en tierra y una antigüedad de 15 años. Habría además un fondo compensatorio.
Desde el año pasado el diputado provincial Carlos Pascuariello (PJ) se encuentra trabajando intensamente en un proyecto de resolución, acompañado por un equipo de técnicos que incluye a ingenieros, representantes de las fuerzas gremiales, contadores y empresarios de Chubutenses -entre otros profesionales-, para que se mantengan los reembolsos adicionales a la exportación por puertos patagónicos.
Para ello pide que senadores y diputados nacionales estudien la factibilidad de prorrogar por cinco años más el mencionado régimen, instituido por la ley 23.018 y su modificatoria 24.490, que incluye desde el puerto de San Antonio Este (Río Negro) hasta Ushuaia (Tierra del Fuego).
DIFERENCIA DE PASCUARIELLO
Pero a su criterio, el manejo de los mismos debería ser muy diferente al modelo actual: tendrían que establecerse una serie de requisitos para que las empresas califiquen de acuerdo al grado de proceso de los productos que exportan, evitando así el envío de materia prima prácticamente en estado “bruto”, tal como ha venido ocurriendo con algunos sectores, como la pesca, la lana y los metales.
Referente al proceso de productos en tierra, Pascuariello junto a su equipo, esta trabajando en un proyecto de ley que defina: que es proceso? y grados de procesamiento.
EL ROL DEL ESTADO
Puntualmente Pascuariello propone que sea el Estado Provincial el que establezca esta calificación de empresas, de acuerdo a las horas/hombre de trabajo que se declaren, debiendo tener personal y plantas industriales en tierra, con procesos de producción que registren con anterioridad una continuidad de 15 años; además de asegurar un proceso productivo que transforme materias primas en productos elaborados o semielaborados con distinto nivel de transformación y valor agregado, y así poder contener a tanta mano de obra que se establece en nuestra ciudad en forma acelerada.
La fiscalización que lleve adelante el Estado –tanto provincial como nacional- debería ser mensual para evaluar la continuidad del beneficio para cada empresa.
Además el Estado creará un fondo compensatorio que amortigüe potenciales impactos por crisis pesquera o por finalización de obras privadas o del estado, durante las cuales en parte, se ven afectados –sólo en Chubut- más de 5.000 trabajadores vinculados en forma directa con la pesca, por ejemplo.
COMPETITIVIDAD
“Los reintegros y reembolsos establecidos en el Código Aduanero Argentino y en la ley nacional 23.101 y modificatoria, se basan justamente en la incidencia tributaria que afectan en las diversas etapas de la producción y los servicios” explicó el legislador de Chubut, “la región patagónica por su ubicación alejada de los principales centros económicos sufre de un costo o gasto mayor, producto de estas distancias”.
La carga impositiva afecta las etapas de la producción de bienes o servicios, como los impuestos sobre los ingresos brutos, sobre la energía eléctrica, combustibles, gas, comunicaciones, tasas municipales de higiene. “Esta carga tributaria, significa la exportación de tributos a través del precio, haciendo no competitivos los productos en el mercado internacional” hizo notar Pascuariello. A ello se le agrega que Patagonia, al ser zona desfavorable, debe incluir en los salarios uno adicional equivalente al 20% respecto al salario básico, con su correspondiente efecto sobre el costo final de la producción.
Actualmente las sociedades del mundo se encuentran vinculadas extraordinariamente y en esta aldea global comercialmente hipercompetitiva, “las exportaciones perciben beneficios del tipo promocional en materia tributaria, al ser la estructura de impuestos uno de los aspectos que mas afectan al sector exportador”, explicó Pascuariello finalmente.
Cómo comenzó este sistema
El sistema de reembolsos se originó en el año 1983 a través de la resolución Nº 88 del Ministerio de Economía de la Nación. Consiste en devoluciones al exportador, totales o parciales de los montos que ingresó al fisco en concepto de impuestos –como los reintegros- pero la diferencia es que se incluyen los impuestos a la importación.
Era por un año y para los productos originarios que se exportaran desde la Patagonia. Por ley nacional, ese mismo año, se ratificó la resolución por porcentajes que iban desde el 8% (San Antonio Este) hasta el 13% (Ushuaia).
También por ley nacional 24.490 se prorrogó por cinco años, a partir del primer día del año 1995, la vigencia del reembolso adicional con los porcentajes vigentes en 1984. Con esta normativa a partir del 1º de enero del año 2000 comenzaría la reducción paulatina –de acuerdo a la ley 23.018- a razón de un punto porcentual por año, hasta su extinción total.
De acuerdo a dicho cronograma, a partir de este año tanto el puerto de Madryn como el de San Antonio Este ya no recibirán más ese beneficio, temiéndose el impacto que se produzcan en sus economías. Sin ir más lejos el gobernador de Río Negro, Miguel Saiz, está pidiendo también la prórroga de los reembolsos ya que el puerto de San Antonio Este es el principal exportador de frutas del valle de la vecina provincia.
Sería por cinco años más. Pero el Estado manejaría el beneficio, empezando por establecer un sistema de calificación a las empresas. Sería clave tener mano de obra local –horas/hombre-, completos procesos en tierra y una antigüedad de 15 años. Habría además un fondo compensatorio.
Desde el año pasado el diputado provincial Carlos Pascuariello (PJ) se encuentra trabajando intensamente en un proyecto de resolución, acompañado por un equipo de técnicos que incluye a ingenieros, representantes de las fuerzas gremiales, contadores y empresarios de Chubutenses -entre otros profesionales-, para que se mantengan los reembolsos adicionales a la exportación por puertos patagónicos.
Para ello pide que senadores y diputados nacionales estudien la factibilidad de prorrogar por cinco años más el mencionado régimen, instituido por la ley 23.018 y su modificatoria 24.490, que incluye desde el puerto de San Antonio Este (Río Negro) hasta Ushuaia (Tierra del Fuego).
DIFERENCIA DE PASCUARIELLO
Pero a su criterio, el manejo de los mismos debería ser muy diferente al modelo actual: tendrían que establecerse una serie de requisitos para que las empresas califiquen de acuerdo al grado de proceso de los productos que exportan, evitando así el envío de materia prima prácticamente en estado “bruto”, tal como ha venido ocurriendo con algunos sectores, como la pesca, la lana y los metales.
Referente al proceso de productos en tierra, Pascuariello junto a su equipo, esta trabajando en un proyecto de ley que defina: que es proceso? y grados de procesamiento.
EL ROL DEL ESTADO
Puntualmente Pascuariello propone que sea el Estado Provincial el que establezca esta calificación de empresas, de acuerdo a las horas/hombre de trabajo que se declaren, debiendo tener personal y plantas industriales en tierra, con procesos de producción que registren con anterioridad una continuidad de 15 años; además de asegurar un proceso productivo que transforme materias primas en productos elaborados o semielaborados con distinto nivel de transformación y valor agregado, y así poder contener a tanta mano de obra que se establece en nuestra ciudad en forma acelerada.
La fiscalización que lleve adelante el Estado –tanto provincial como nacional- debería ser mensual para evaluar la continuidad del beneficio para cada empresa.
Además el Estado creará un fondo compensatorio que amortigüe potenciales impactos por crisis pesquera o por finalización de obras privadas o del estado, durante las cuales en parte, se ven afectados –sólo en Chubut- más de 5.000 trabajadores vinculados en forma directa con la pesca, por ejemplo.
COMPETITIVIDAD
“Los reintegros y reembolsos establecidos en el Código Aduanero Argentino y en la ley nacional 23.101 y modificatoria, se basan justamente en la incidencia tributaria que afectan en las diversas etapas de la producción y los servicios” explicó el legislador de Chubut, “la región patagónica por su ubicación alejada de los principales centros económicos sufre de un costo o gasto mayor, producto de estas distancias”.
La carga impositiva afecta las etapas de la producción de bienes o servicios, como los impuestos sobre los ingresos brutos, sobre la energía eléctrica, combustibles, gas, comunicaciones, tasas municipales de higiene. “Esta carga tributaria, significa la exportación de tributos a través del precio, haciendo no competitivos los productos en el mercado internacional” hizo notar Pascuariello. A ello se le agrega que Patagonia, al ser zona desfavorable, debe incluir en los salarios uno adicional equivalente al 20% respecto al salario básico, con su correspondiente efecto sobre el costo final de la producción.
Actualmente las sociedades del mundo se encuentran vinculadas extraordinariamente y en esta aldea global comercialmente hipercompetitiva, “las exportaciones perciben beneficios del tipo promocional en materia tributaria, al ser la estructura de impuestos uno de los aspectos que mas afectan al sector exportador”, explicó Pascuariello finalmente.
Cómo comenzó este sistema
El sistema de reembolsos se originó en el año 1983 a través de la resolución Nº 88 del Ministerio de Economía de la Nación. Consiste en devoluciones al exportador, totales o parciales de los montos que ingresó al fisco en concepto de impuestos –como los reintegros- pero la diferencia es que se incluyen los impuestos a la importación.
Era por un año y para los productos originarios que se exportaran desde la Patagonia. Por ley nacional, ese mismo año, se ratificó la resolución por porcentajes que iban desde el 8% (San Antonio Este) hasta el 13% (Ushuaia).
También por ley nacional 24.490 se prorrogó por cinco años, a partir del primer día del año 1995, la vigencia del reembolso adicional con los porcentajes vigentes en 1984. Con esta normativa a partir del 1º de enero del año 2000 comenzaría la reducción paulatina –de acuerdo a la ley 23.018- a razón de un punto porcentual por año, hasta su extinción total.
De acuerdo a dicho cronograma, a partir de este año tanto el puerto de Madryn como el de San Antonio Este ya no recibirán más ese beneficio, temiéndose el impacto que se produzcan en sus economías. Sin ir más lejos el gobernador de Río Negro, Miguel Saiz, está pidiendo también la prórroga de los reembolsos ya que el puerto de San Antonio Este es el principal exportador de frutas del valle de la vecina provincia.
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