Por Juan Zouza
Al señor Procurador Fiscal:
Por mi propio derecho, yo, Juan Alberto Zuoza, D.N.I . 23.968.540, con domicilio en Avellaneda 1430 de la ciudad de Esquel, Chubut vengo a registrar la presente denuncia penal por incumplimiento grave de los deberes de funcionario público durante el ejercicio de sus funciones al ex Director de minas de la Provincia del Chubut Sr. Guillermo Hughes y su señora esposa ex encargada del área de medio ambiente de la provincia, Sra. Joyce Owen , al ex gobernador de la provincia José Luis Lizurume, la ex Subsecretaria de Recursos Hídricos de la provincia, Matilde Hildebrandt, al ex ministro de la Producción, Raúl Giacone por haber permitido en el Cordón Esquel la concreción de trabajos y obras de alto impacto ambiental y/o susceptibles de serlo por parte de la empresa minera "El desquite S.A." y otras; asimismo por la permisión del uso y/o omisión de ordenar el inmediato cese del uso de aguas públicas, realización de obras hidráulicas, sin cumplimentar los pasos legales pertinentes, como ser la realización de audiencias públicas ni estudios de impacto ambiental ni leyes sobre el uso de aguas, imprescindibles para toda obra de tal magnitud. La gravedad del caso se incrementa al haber sido de total y absoluto público conocimiento que la empresa minera se encontraba trabajando en el área. A pesar de la ilegalidad de los trabajos, los denunciados continuaban alentando públicamente el proyecto y permitiendo que continuaran los trabajos, sin importarles las manifestaciones masivas y públicas de los vecinos de Esquel y profesionales académicos de alto nivel, tales como profesionales en química, limnólogos, geólogos y médicos que alertaban sobre los peligros factibles y potenciales de contaminación en el área, zonas aledañas y cuencas acuíferas. La ilegalidad de los trabajos realizados fue ratificada en el fallo original, en todas las instancias de apelación y por la mismísima Suprema Corte de Justicia de la Nación en los autos caratulados "Villivar, Silvana Noemí c/ Provincial del Chubut y otros S/ amparo" (Expte 1365-390-2002).
Entre los trabajos realizados se encuentran cientos de perforaciones, obras civiles, construcción de caminos, remoción de toneladas de materiales naturales, construcción de piletas con químicos no identificados, transporte, almacenamiento y uso de grandes cantidades de productos químicos, hidrocarburos, generación de residuos, entre otros. En síntesis, cuestiones factibles de generar un importante daño ambiental y que han afectado y modificado groseramente el área (cuestión que aún persiste), como así también la incorporación de aditivos de perforación a las napas subterráneas y el inicio de un proceso de erosión (ver pericias en autos mencionados).
La imperdonable irresponsabilidad en la permisión y/o orden de cese inmediato de estas obras generaron los tan lamentables estallidos sociales en la comunidad de Esquel y zonas aledañas, con manifestaciones masivas jamás vistas por su magnitud y convicción, con ingredientes terribles como la confrontación violenta de distintos actores sociales, amenazas de muerte, sensación de inseguridad, éxodo de vecinos por las constantes presiones y amenazas, entre otras.
La presente denuncia se hace extensiva al entonces y actual Intendente de la ciudad de Esquel, Sr. Rafael Williams por Incumplimiento grave de los deberes de funcionario público por omisión de su deber como autoridad municipal de proteger el medio ambiente, a pesar de haber estado el municipio adherido a la Ley 4032, y alentando públicamente un proyecto que se desarrollaba en total ilegalidad con la concreción de trabajos y obras factibles de impactar negativamente en el ambiente , sin exigir la paralización de obras ni denunciar la ilegalidad de los actos.
Se ofrece como prueba documental de todo lo antedicho, el citado expediente iniciado en el juzgado civil de la ciudad de Esquel, a cargo del Dr. Alejandro Petris, autos "Villivar, Silvana Noemí c/ Provincial del Chubut y otros S/ amparo" (Expte 1365-390-2002).
Debe tener presente el Ministerio Público Fiscal que los hechos denunciados han provocado y provocan hasta hoy (continuidad en el daño) impactos concretos sobre el ambiente de la región (daño ambiental) lo que se encuentra acreditado en las pericias de los autos citados "Villivar c/ Prov del Chubut y otras" y "Gerosa Lewis s/ denuncia MPF año 2003) donde se investigan las denuncias por violaciones a una orden judicial por parte de la empresa minera Meridian Gold – El desquite.
Dado el inaceptable e incomprensible accionar de los denunciados, con más los antecedentes de presuntas denuncias penales que en contra de algunos de ellos por presuntas irregularidades en la concesión de áreas mineras, es factible suponer que el móvil de lo imputado se base en un presunto enriquecimiento ilícito de los denunciados (artículo 265 y subsiguientes del código penal), razón por la cuál solicito que se investigue el patrimonio de los denunciados, sus incrementos desde el año 1999 en adelante. Para una mejor efectividad de la investigación solicito se tenga en cuenta el posible incremento del patrimonio de familiares directos, como así también se llame a declarar bajo juramento sobre los bienes que pudieran no estar aún registrados a sus nombres (por trámites y/o testaferros), cuentas bancarias en el país y en el extranjero y la posible compra de acciones pertenecientes a distintas Sociedades Anónimas.
Asimismo solicito se investigue: a) la posible responsabilidad por acción u omisión de los delitos descritos en el cap. IV del Código Penal, en referencia a los delitos contra la salud pública y/o por atentar contra ella . b) la posible violación a la Ley 24051 sobre residuos peligrosos, por acción u omisión en sus actos.
Recusación:
A sólo fin de garantizar la transparencia de las tramitaciones que emanen de esta denuncia, vengo también a recusar a los sres. Eduardo Samamé y Eduardo Falco, ambos funcionarios de este Ministerio Fiscal Público por su públicamente conocida afinidad personal con al menos algunos de los denunciados, como así también por su igual afinidad y pertenencia y militancia política.
Al señor Procurador Fiscal:
Por mi propio derecho, yo, Juan Alberto Zuoza, D.N.I . 23.968.540, con domicilio en Avellaneda 1430 de la ciudad de Esquel, Chubut vengo a registrar la presente denuncia penal por incumplimiento grave de los deberes de funcionario público durante el ejercicio de sus funciones al ex Director de minas de la Provincia del Chubut Sr. Guillermo Hughes y su señora esposa ex encargada del área de medio ambiente de la provincia, Sra. Joyce Owen , al ex gobernador de la provincia José Luis Lizurume, la ex Subsecretaria de Recursos Hídricos de la provincia, Matilde Hildebrandt, al ex ministro de la Producción, Raúl Giacone por haber permitido en el Cordón Esquel la concreción de trabajos y obras de alto impacto ambiental y/o susceptibles de serlo por parte de la empresa minera "El desquite S.A." y otras; asimismo por la permisión del uso y/o omisión de ordenar el inmediato cese del uso de aguas públicas, realización de obras hidráulicas, sin cumplimentar los pasos legales pertinentes, como ser la realización de audiencias públicas ni estudios de impacto ambiental ni leyes sobre el uso de aguas, imprescindibles para toda obra de tal magnitud. La gravedad del caso se incrementa al haber sido de total y absoluto público conocimiento que la empresa minera se encontraba trabajando en el área. A pesar de la ilegalidad de los trabajos, los denunciados continuaban alentando públicamente el proyecto y permitiendo que continuaran los trabajos, sin importarles las manifestaciones masivas y públicas de los vecinos de Esquel y profesionales académicos de alto nivel, tales como profesionales en química, limnólogos, geólogos y médicos que alertaban sobre los peligros factibles y potenciales de contaminación en el área, zonas aledañas y cuencas acuíferas. La ilegalidad de los trabajos realizados fue ratificada en el fallo original, en todas las instancias de apelación y por la mismísima Suprema Corte de Justicia de la Nación en los autos caratulados "Villivar, Silvana Noemí c/ Provincial del Chubut y otros S/ amparo" (Expte 1365-390-2002).
Entre los trabajos realizados se encuentran cientos de perforaciones, obras civiles, construcción de caminos, remoción de toneladas de materiales naturales, construcción de piletas con químicos no identificados, transporte, almacenamiento y uso de grandes cantidades de productos químicos, hidrocarburos, generación de residuos, entre otros. En síntesis, cuestiones factibles de generar un importante daño ambiental y que han afectado y modificado groseramente el área (cuestión que aún persiste), como así también la incorporación de aditivos de perforación a las napas subterráneas y el inicio de un proceso de erosión (ver pericias en autos mencionados).
La imperdonable irresponsabilidad en la permisión y/o orden de cese inmediato de estas obras generaron los tan lamentables estallidos sociales en la comunidad de Esquel y zonas aledañas, con manifestaciones masivas jamás vistas por su magnitud y convicción, con ingredientes terribles como la confrontación violenta de distintos actores sociales, amenazas de muerte, sensación de inseguridad, éxodo de vecinos por las constantes presiones y amenazas, entre otras.
La presente denuncia se hace extensiva al entonces y actual Intendente de la ciudad de Esquel, Sr. Rafael Williams por Incumplimiento grave de los deberes de funcionario público por omisión de su deber como autoridad municipal de proteger el medio ambiente, a pesar de haber estado el municipio adherido a la Ley 4032, y alentando públicamente un proyecto que se desarrollaba en total ilegalidad con la concreción de trabajos y obras factibles de impactar negativamente en el ambiente , sin exigir la paralización de obras ni denunciar la ilegalidad de los actos.
Se ofrece como prueba documental de todo lo antedicho, el citado expediente iniciado en el juzgado civil de la ciudad de Esquel, a cargo del Dr. Alejandro Petris, autos "Villivar, Silvana Noemí c/ Provincial del Chubut y otros S/ amparo" (Expte 1365-390-2002).
Debe tener presente el Ministerio Público Fiscal que los hechos denunciados han provocado y provocan hasta hoy (continuidad en el daño) impactos concretos sobre el ambiente de la región (daño ambiental) lo que se encuentra acreditado en las pericias de los autos citados "Villivar c/ Prov del Chubut y otras" y "Gerosa Lewis s/ denuncia MPF año 2003) donde se investigan las denuncias por violaciones a una orden judicial por parte de la empresa minera Meridian Gold – El desquite.
Dado el inaceptable e incomprensible accionar de los denunciados, con más los antecedentes de presuntas denuncias penales que en contra de algunos de ellos por presuntas irregularidades en la concesión de áreas mineras, es factible suponer que el móvil de lo imputado se base en un presunto enriquecimiento ilícito de los denunciados (artículo 265 y subsiguientes del código penal), razón por la cuál solicito que se investigue el patrimonio de los denunciados, sus incrementos desde el año 1999 en adelante. Para una mejor efectividad de la investigación solicito se tenga en cuenta el posible incremento del patrimonio de familiares directos, como así también se llame a declarar bajo juramento sobre los bienes que pudieran no estar aún registrados a sus nombres (por trámites y/o testaferros), cuentas bancarias en el país y en el extranjero y la posible compra de acciones pertenecientes a distintas Sociedades Anónimas.
Asimismo solicito se investigue: a) la posible responsabilidad por acción u omisión de los delitos descritos en el cap. IV del Código Penal, en referencia a los delitos contra la salud pública y/o por atentar contra ella . b) la posible violación a la Ley 24051 sobre residuos peligrosos, por acción u omisión en sus actos.
Recusación:
A sólo fin de garantizar la transparencia de las tramitaciones que emanen de esta denuncia, vengo también a recusar a los sres. Eduardo Samamé y Eduardo Falco, ambos funcionarios de este Ministerio Fiscal Público por su públicamente conocida afinidad personal con al menos algunos de los denunciados, como así también por su igual afinidad y pertenencia y militancia política.
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