viernes, octubre 05, 2007

Día del Camino en 2007: La historia chubutense de hechos no tan derechos


Por Heraldo Ruddy González

“Todo el mundo se queja de no tener memoria y nadie se queja de no tener criterio”. Francois de Larochefoucauld “L´etad c´est moi” (El estado soy yo) Luis XIV

La memoria es la facultad que se pide ejercer a los ciudadanos a fin de votar con ella, como nadie se queja; considero oportuno advertir sobre la falta de criterio en la acción de algunos; juristas, gobernantes, funcionarios y legisladores.

A fin de ayudar a los “promotores” y candidatos en el pedido a los votantes de memoria, si hacemos una síntesis de la Historia en la provincia del Chubut y la analizamos con criterio tenemos:

El 30 de noviembre de 1957 se constituyó, y los “legisladores” el 20 de Noviembre de 1958, sancionan la Ley Nº 52 de VIALIDAD PROVINCIAL donde establecen que su conducción sea ejercida por un “Ingeniero” (matriculado por Ley), secundado por un Directorio que actuara con autarquía y por consiguiente será independiente del poder ejecutivo. Al poco tiempo se interrumpe el orden constitucional, la Ley es ignorada y se designan interventores en la AVP.

En 1973 se consigue la reinstauración democrática y asume la gobernación el Dr. Benito Fernández, sus primeros “hechos con legitimidad institucional” de “política participativa” son “normalizar la AVP ” designando al Ing. Juan Chachero presidente y a un Directorio autónomo.

El 24 de marzo de 1976 se inicia el nefasto y autoritario periodo “INCONSTITUCIONAL” que perdura hasta 1983, En este ultimo año un 10 de diciembre asume el electo gobernador Dr. Atilio Viglione, este indiscutido demócrata afianzando la legalidad “con hechos” aplicó “sanos criterios” cuando el 31 de julio del año posterior, sanciona la Ley Nº 2353, ratificando que la AVP , constituirá una entidad autárquica instaurando nuevamente el Directorio. Sin posibilidades de ser “Reelecto” lo sucede el Dr. Néstor Perl que respetuoso de la “Constitución y la Ley ” designa con “Criterio” y como impone la misma, mediante refrendo legislativo un Directorio, donde el Ing. Civil Juan Domingo Pío, profesional vinculado a temas viales y matriculado por Ley Nº 252 es designado “PRESIDENTE de la AVP ”.

La falta de “Criterio” el, afán de poder y otras estulticias de “Los compañeros” sumadas al beneplácito de los “Correligionarios” ignorando la “lealtad” unos y la “Legalidad” otros jaquean el poder constituido y el 6 de noviembre de 1989 mediante el “Decreto Nº 1588, se interviene la AVP ”, simultáneamente renuncia el Gobernador Perl y asume su Vice- Sr. Fernando Cosentino, que designa interventor al Ingeniero Jefe, que nunca se matriculo por Ley Nº 532 y cundo se fue desapareció ¿o se llevo? de su legajo la fotocopia de su “Presunto” titulo.

Cosentino termina su mandato y es electo en su reemplazo el Dr. Carlos Maestro.

Este Gobernador radical se Metamorfosea en fervoroso admirador del Presidente Carlos Saúl Menem. Su mutación es consecuencia de pactos “pre-exitentes” acordados por “RA” demócrata de oropel en un sistemático discurso de campaña pre-elecotoral que realizo parafraseando el “Preámbulo” Constitucional. El apoyo a la Reforma Constitucional , elucubrada maquiavélicamente, es el resultado.

La fraternal alianza de cúpulas UCR y PJ dan sus frutos y se logra reelegir al Presidente y al Gobernador. Cualquier similitud con acontecimientos actuales en nuestro pago chico es consecuencia de la Memoria Activa , festejemos el triunfo y “buen PROVECH” dicen algunos.

Como el consejo de la hora y el ahora es votar con memoria vale recordar que nuestra Constitución Reformada en 1994 en el “CAPITULO I ADMINISTRACION PUBLICA” entre otros, menciona: RESPONSABILIDADES; y dice el ARTICULO 69.- Todos los funcionarios públicos, efectivos o no, y aún el Interventor Federal, en su caso, son solidariamente responsables con el Estado por los daños y perjuicios a que dé lugar el mal desempeño de sus funciones”. y también se alude en “DESCENTRALIZACIÓN” lo siguiente: ARTICULO 70: Corresponde al Gobierno procurar la desconcentración y descentralización de la Administración Pública Provincial. Ergo el irrestricto respeto de la Ley N º 2353 hoy sin criterio ignorada y pisoteada.

José Luis Lizurume, cumple un mandato de gobernador y se postula a la reelección para el 2003, la cabalística “ 303” lo favorece pero muchos ciudadanos utilizan el “Criticismo”[1] y no lo votan, (Pierde por no haber apostado a la cabeza)., timba y dar PC por TV es el tema ganador).

Como consecuencia es ungido gobernador el Sr. Mario Das Neves, este coherente con sus principios profundiza su gobierno con la política de “los hechos” para lo que se vale del aforismo de Luis XIV y pensando en los romanos, “pan y circo” mas la timba para dar una “PC” a quien mira por TV.

¿Y la APV ?, ¡¡Continua intervenida!!. ¿Olvidaron el Art. 70 de la Constitución Provincial y las Leyes 2353, la 532?

Hasta aquí es tan solo memorizar lo que se no se ve x TV muchísimos “hechos” sin “derechos”

Si la “Política de los Hechos” olvida “el derecho”, ¿para qué ungir Legisladores?.

Reconozcamos lo “hecho” al hacedor de la “Refundación” patagónica y convengamos dar “Al Cesar lo que es del Cesar” si es imperial o sino: “L´etad c´est moi”, como dignatario real.

“Honor y gratitud a nuestro gran maestro examinador de legisladores”.

Compañeros viales Feliz día, para pensar en recordar y circular con criterio en democracia.

Heraldo Ruddy GONZALEZ

Le. 5.471.578- Tw, Ch. 03/10/2007

--------------------------------------------------------------------------------

[1] “Sistema filosófico de Kant que procura determinar los limites entre los cuales puede ejercerse legítimamente el entendimiento humano” del Pequeño Larousse Ilustrado.

0 Comentá esta nota:

Publicar un comentario