Enviado por Red Eco
“Su conducta no era aislada sino parte del plan criminal”. Y así lo reconoció el tribunal interviniente quien calificó al cura como coautor de los delitos de homicidio, torturas y secuestros.
Por Olivier Reboursin. Liga Argentina por los Derechos del Hombre.
La condena a reclusión perpetua –por crímenes de lesa humanidad en el marco del genocidio llevado a cabo por la última dictadura militar- dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de
Después de poco más de tres meses de juicio oral y público y en el marco de una causa que se reabrió hace tres años. La elevación a la instancia de juzgamiento, fue tomada por el movimiento de Derechos Humanos como la posibilidad de probar en sede judicial la responsabilidad directa no solo de Von Wernich sino de gran parte de la dirección de la iglesia en el plan criminal llevado a cabo por la dictadura de 1976-1983.
De ese modo, desde la consigna ideada por las organizaciones nucleadas en Justicia Ya!
Durante la dictadura, como capellán de
Las consecuencias actuales del genocidio
El juicio sirvió además para probar, tal como lo expresó Godoy en su alegato final, que lo que se vivió en
El caso del secuestro y desaparición de Jorge Julio López, testigo en el juicio a Etchecolatz en la misma ciudad hace un año, es parte de lo mismo. Sin dudas, el proceso legal permitió mostrar las insuficiencias y contradicciones del sistema en torno al juzgamiento, trabajo con testigos y posibilidades que ofrece para que se reproduzca e incluso en algunos casos se admita la voz de los genocidas.
En definitiva, mostró no solo en ese aspecto las limitaciones de estos juicios, ya que en las condenas si bien el tribunal condenó a Von Wernich “por delitos de lesa humanidad en el marco del genocidio que tuvo lugar en
Al respecto expresó
Y sobre la participación del Estado en el juicio, aseguró “a pesar de ser parte a través de
La constante elusión de las responsabilidades de la iglesia
“Entre las aristas del juicio, -señaló Rosenmblum- está la de la responsabilidad institucional de la iglesia y su rol en el terrorismo de Estado, como parte de su estructura. Lo que se nota a través de la acción de Von Wernich y otros que aún no han llegado a juicio”.
La declaración de la institución iglesia mostró una vez más la complicidad de su estructura con la acción del terrorismo estatal durante la dictadura. En un tibio alegato, -que muestra la ausencia de asunción de responsabilidades- intentó deslizar que las acciones de Von Wernich fueron sólo una acción personal e insistieron en que “si algún miembro de
Frente a la actitud ignominiosa de la jerarquía eclesiástica, que ni si quiera en este caso expresa palabra alguna respecto de las víctimas del terrorismo de Estado, se alzan apenas algunas voces como la del sacerdote Rubén Capitanio, quien en el marco de su testimonio en el juicio afirmó: “La iglesia fue la única madre que no reclamó por sus hijos”.
Del mismo modo otros testimonios, mostraron además la funcionalidad que tuvieron las capellanías y vicariatos castrenses y policiales en el accionar de los grupos de tareas de la dictadura, participando como en el caso Von Wernich de los propios secuestros y torturas o prestando el apoyo y la justificación moral e ideológica a los represores.
Sobre este último punto, el alegato de la querella de Justicia Ya! insistió en la necesidad de terminar con estos privilegios en tiempos de gobierno constitucional, mostrando la complicidad intelectual de estos espacios con los sectores más reaccionarios y brutales de la sociedad, sirviendo como ejemplo actual –y ejemplo también de la continuidad de las consecuencias de la ideología de la dictadura y la impunidad- el caso del vicario castrense Baseotto y su prédica antiabortista que lo llevó a expresar la necesidad de volver a los métodos del autodenominado “Proceso”.
El Poder Judicial en la picota
En el nuevo juicio quedó probada una vez más, la participación de importantes sectores del poder e instituciones de la sociedad civil en el accionar represivo de la dictadura. Del mismo modo quedó probada la complicidad y acción directa de todos los poderes del Estado, entre ellos el Judicial, en el genocidio llevado a cabo en esos años. Así lo demuestran casos ventilados en estos actuados como el de Ramón Miralles, quien presentó en su momento un Hábeas Corpus preventivo que no impidió su secuestro y detención ilegal o el caso de otros testigos que denunciaron que fueron los propios magistrados de entonces quienes le tomaron declaración ignorando sus evidentes signos de tortura.
En el marco de los ya definidos alcances al día de hoy de los efectos y consecuencias del genocidio, puede señalarse la realidad actual del Poder Judicial . Y eso se nota más claramente al contrastar la sentencia del Tribunal Oral Federal Nº 1 de
En ese sentido, también les cabe el mismo sayo a los fiscales, que en este caso, por ejemplo no acusaron a Von Wernich por uno de los casos que sí mencionó la querella –expresando que un testigo había visto con vida a una persona desaparecida, situación que Rosenblum consideró análoga al discurso de la dictadura cuando Videla expresaba: “los desaparecidos no están”.
El caso Von Wernich, al igual que el de Etchecolatz, marcan una realidad en torno a las posibles acciones y resoluciones del Poder Judicial sobre los juicios por delitos cometidos en la dictadura y el terrorismo de Estado. “Pronto tendremos otro juicio – expresa Graciela Rosenblum- que a diferencia de los mencionados, se da en un tribunal que es la antítesis dentro de las posibles actitudes del Poder Judicial”.
Este caso, en que se llevará a juicio el caso del Prefecto Febres, alerta Rosenblum, puede servir para obtener una “sentencia suave” para uno de los principales referentes de la patota de
Las realidades de uno y otro juicio muestran a las claras las posibilidades y las opciones de los magistrados frente al terrorismo de Estado, pueden como ha ocurrido en el caso del Tribunal Oral de
De la capacidad de organización para el reclamo y la movilización de los sectores populares, también depende.





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