Por Ministerio Público Fiscal de Esquel
El hecho tuvo lugar en Río Pico. La imputada es la Juez de Paz de la localidad. Se la acusa de haber omitido lo que establece la Ley de adopciones y la de protección integral de la familia, al entregar un bebé recién nacido a una pareja. La audiencia de formalización de la investigación se realizará el martes próximo a partir de las 11 hs.
A la mujer se le imputan los delitos de Violación de los Deberes de Funcionario Público y Falsedad Ideológica. El hecho, tal como se lo dará a conocer la Fiscalía en la audiencia, ocurrió en Río Pico, en fecha aun a determinarse, pero ubicable días antes del 21 de abril de 2008. La funcionaria habría omitido la aplicación de la ley nacional de adopción (nº 24.779) y la ley provincial de protección integral de la niñez y la familia (nº 4347), cuando admitió la entrega de un niño recién nacido a un matrimonio. La entrega se produjo el mismo día del nacimiento del bebé y se hizo con el consentimiento de la madre, pero no se cumplió con lo que establece la normativa vigente en materia de guardas preadoptivas.
La Asesoría de Familia e Incapaces de Esquel, días antes, le había dado claras directivas respecto de cómo debía proceder en caso de nacimientos sin filiación paterna. La Funcionaria también sabía que los guardadores no estaban inscriptos en las listas de pretensos adoptantes, porque están domiciliados en la Ciudad Autónoma de Bs. As. y no en esta jurisdicción.
Por otra parte se le endilga a la Juez de Paz, la confección de una nota (54/08) del 28 de abril, informando a la Asesoría de Familia de Esquel que durante ese mes no se habían registrado nacimientos sin filiación paterna, sabiendo que al menos se había producido el del bebé que fuera entregado irregularmente a sus guardadores.
http://prensafiscaliaesquel.blogspot.com/
El hecho tuvo lugar en Río Pico. La imputada es la Juez de Paz de la localidad. Se la acusa de haber omitido lo que establece la Ley de adopciones y la de protección integral de la familia, al entregar un bebé recién nacido a una pareja. La audiencia de formalización de la investigación se realizará el martes próximo a partir de las 11 hs.
A la mujer se le imputan los delitos de Violación de los Deberes de Funcionario Público y Falsedad Ideológica. El hecho, tal como se lo dará a conocer la Fiscalía en la audiencia, ocurrió en Río Pico, en fecha aun a determinarse, pero ubicable días antes del 21 de abril de 2008. La funcionaria habría omitido la aplicación de la ley nacional de adopción (nº 24.779) y la ley provincial de protección integral de la niñez y la familia (nº 4347), cuando admitió la entrega de un niño recién nacido a un matrimonio. La entrega se produjo el mismo día del nacimiento del bebé y se hizo con el consentimiento de la madre, pero no se cumplió con lo que establece la normativa vigente en materia de guardas preadoptivas.
La Asesoría de Familia e Incapaces de Esquel, días antes, le había dado claras directivas respecto de cómo debía proceder en caso de nacimientos sin filiación paterna. La Funcionaria también sabía que los guardadores no estaban inscriptos en las listas de pretensos adoptantes, porque están domiciliados en la Ciudad Autónoma de Bs. As. y no en esta jurisdicción.
Por otra parte se le endilga a la Juez de Paz, la confección de una nota (54/08) del 28 de abril, informando a la Asesoría de Familia de Esquel que durante ese mes no se habían registrado nacimientos sin filiación paterna, sabiendo que al menos se había producido el del bebé que fuera entregado irregularmente a sus guardadores.
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