Enviado por Aramis Ventura
ACUERDO PLENARIO N° 3742 /08
En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut a los 28 días del mes de Agosto de año dos mil ocho, reunido en acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, bajo la Presidencia de su titular Dr. José Luis PASUTTI y asistencia de los señores Ministros Dres. Jorge PFLEGER, Fernando Salvador Luis ROYER, Alejandro Javier PANIZZI y Daniel Luis CANEO
VISTO y CONSIDERANDO:
Que después de un amplio debate del cuerpo en atención a hechos de público conocimiento, se acordó:
1.- Que es oportuno aclarar la Posición que el Superior Tribunal de Justicia ha asumido en cuanto a la política salarial, conforme se señalará seguidamente.
2.- Que este Cuerpo -en lo que hace a la cuestión salarial- posee previsión presupuestaria para abonar antes de fin de año el cien por ciento (100%) de la porcentualidad fijada por Ley Nº 5444, cumpliendo en tiempo y forma el mandato legal.
3.- Que en el mes de Octubre de 2007 ingresó a la Legislatura de la Provincia el Proyecto de Ley Nº 166/07 suscripto por el Sr. Gobernador Don Mario Das Neves y el Presidente del Superior Tribunal de Justicia Dr. Juan Pedro Cortelezzi fijando pautas salariales, el que no ha tenido tratamiento a favor o rechazo pese a la investidura de quienes lo remitieron y a las visitas que efectuó el Presidente a la Legislatura Provincial. El proyecto consistía en un adicional por responsabilidad jerárquica para Funcionarios y Magistrados, paralela a la Ley de Porcentualidad.
4.- Que luego de la visita que la Asociación de Magistrados efectuó al Sr. Gobernador el día 28 de Mayo de 2008, se hicieron presentes en la Sede de este Poder los Sres. Ministros Coordinador de Gabinete Don Norberto Yauhar y de Economía Cdor. Víctor Cisterna, en dos oportunidades y fueron recibidos por el Presidente y Vicepresidente de este Cuerpo y posteriormente por el Pleno, complementándose con una reunión en la sede del Gobierno en la que participaron otros funcionarios, con el fin –conforme se nos informó- de otorgar un adicional por responsabilidad a Magistrados que no fueran absorbidos por la Ley de Porcentualidad de manera tal que tuviera una mínima incidencia en el presupuesto. Por esa razón y no por iniciativa independiente del Poder, se estudiaron todas las variables posibles y se optó por la de menor costo económico y mas allá de otorgar toda la información recibimos a un funcionario del Poder Ejecutivo para recabar de la Dirección de Administración toda la información que estimaban necesaria, cuyo relevamiento se les allanó sin cortapisas
Asimismo el Señor Ministro de Gobierno y Justicia Don Máximo Perez Catán concurrió en dos oportunidades a este Tribunal, la última de ellas el día 1º de Agosto de este año, con el mismo fin, concluyendo con el pedido que mandáramos a la Comisión de Asuntos Constitucionales los antecedentes elaborados con el Ministerio de Economía, que aún sin tener en claro el procedimiento, en un marco de colaboración remitimos en mano.
Lo expuesto se encuentra documentado en el Proyecto de Ley 166/07, obrante en la Legislatura, y en notas dirigidas al Ministro de Economía del 25 de Junio y al Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales Dr. José Karamarko el 4 de Agosto, ambos de 2008.
5.- Que conforme queda claramente señalado, este poder no ha tenido iniciativa legislativa independiente sobre el tema ya que en el primer caso suscribió el proyecto con el señor Gobernador y luego se limitó a elaborar las cuentas requeridas por el Poder Ejecutivo. El Poder Judicial no ha enviado Proyecto Legislativo salvo el firmado conjuntamente con el titular del Poder Ejecutivo cuyo número de tratamiento se consignó anteriormente.
6.- Que el Poder Judicial no puede dejar de advertir las graves consecuencias que puede tener la falta de una decisión política que supera ampliamente a este Poder. Es la Legislatura quien aprueba el presupuesto y en manos de quienes está dar o no aumentos a empleados y funcionarios. Hemos transitado, desde hace un año, despachos y hemos recibido visitas de importantes funcionarios, hemos elaborado todos los proyectos que se nos han pedido, todos sin definición.
7.- Que ante las graves consecuencias institucionales que puede acarrear estas indefiniciones, que incidirán en forma directa sobre uno de los poderes del estado, resulta necesario fijar una clara posición respecto al tema, teniendo en cuenta además, que garantizar un debido servicio de Justicia es responsabilidad del Estado Provincial en su conjunto.
-- Por ello el Superior Tribunal de Justicia reunido en Acuerdo Plenario
A C U E R D A
Hacer saber
Artículo 1º) Que el único Proyecto Legislativo que envió el Poder Judicial a la Legislatura fue el remitido conjuntamente con el Señor Gobernador Nº 166/07 del mes de Octubre de 2007.
Artículo 2º) Que no han existido iniciativas legislativas en el curso de este año y que nos hemos limitado a evacuar información o actuar conforme lo solicitado por los señores Ministros Coordinador de Gabinete, de Economía y de Gobierno y Justicia.
Artículo 3º) Que el Poder Judicial posee solamente, conforme al presupuesto aprobado por la Honorable Legislatura, partida presupuestaria para abonar antes de fin de año la porcentualidad aprobada por Ley 5444.
Artículo 4º) Dar amplia difusión. No siendo para más, se da por finalizado el presente, firmando los señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia, ante mi que doy fe.---- Fdo: Dres. José Luis PASUTTI, Jorge PFLEGER, Fernando Salvador Luis ROYER, Alejandro Javier PANIZZI y Daniel Luis CANEO. Secretario Dr. MAIDANA.
ACUERDO PLENARIO N° 3742 /08
En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut a los 28 días del mes de Agosto de año dos mil ocho, reunido en acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, bajo la Presidencia de su titular Dr. José Luis PASUTTI y asistencia de los señores Ministros Dres. Jorge PFLEGER, Fernando Salvador Luis ROYER, Alejandro Javier PANIZZI y Daniel Luis CANEO
VISTO y CONSIDERANDO:
Que después de un amplio debate del cuerpo en atención a hechos de público conocimiento, se acordó:
1.- Que es oportuno aclarar la Posición que el Superior Tribunal de Justicia ha asumido en cuanto a la política salarial, conforme se señalará seguidamente.
2.- Que este Cuerpo -en lo que hace a la cuestión salarial- posee previsión presupuestaria para abonar antes de fin de año el cien por ciento (100%) de la porcentualidad fijada por Ley Nº 5444, cumpliendo en tiempo y forma el mandato legal.
3.- Que en el mes de Octubre de 2007 ingresó a la Legislatura de la Provincia el Proyecto de Ley Nº 166/07 suscripto por el Sr. Gobernador Don Mario Das Neves y el Presidente del Superior Tribunal de Justicia Dr. Juan Pedro Cortelezzi fijando pautas salariales, el que no ha tenido tratamiento a favor o rechazo pese a la investidura de quienes lo remitieron y a las visitas que efectuó el Presidente a la Legislatura Provincial. El proyecto consistía en un adicional por responsabilidad jerárquica para Funcionarios y Magistrados, paralela a la Ley de Porcentualidad.
4.- Que luego de la visita que la Asociación de Magistrados efectuó al Sr. Gobernador el día 28 de Mayo de 2008, se hicieron presentes en la Sede de este Poder los Sres. Ministros Coordinador de Gabinete Don Norberto Yauhar y de Economía Cdor. Víctor Cisterna, en dos oportunidades y fueron recibidos por el Presidente y Vicepresidente de este Cuerpo y posteriormente por el Pleno, complementándose con una reunión en la sede del Gobierno en la que participaron otros funcionarios, con el fin –conforme se nos informó- de otorgar un adicional por responsabilidad a Magistrados que no fueran absorbidos por la Ley de Porcentualidad de manera tal que tuviera una mínima incidencia en el presupuesto. Por esa razón y no por iniciativa independiente del Poder, se estudiaron todas las variables posibles y se optó por la de menor costo económico y mas allá de otorgar toda la información recibimos a un funcionario del Poder Ejecutivo para recabar de la Dirección de Administración toda la información que estimaban necesaria, cuyo relevamiento se les allanó sin cortapisas
Asimismo el Señor Ministro de Gobierno y Justicia Don Máximo Perez Catán concurrió en dos oportunidades a este Tribunal, la última de ellas el día 1º de Agosto de este año, con el mismo fin, concluyendo con el pedido que mandáramos a la Comisión de Asuntos Constitucionales los antecedentes elaborados con el Ministerio de Economía, que aún sin tener en claro el procedimiento, en un marco de colaboración remitimos en mano.
Lo expuesto se encuentra documentado en el Proyecto de Ley 166/07, obrante en la Legislatura, y en notas dirigidas al Ministro de Economía del 25 de Junio y al Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales Dr. José Karamarko el 4 de Agosto, ambos de 2008.
5.- Que conforme queda claramente señalado, este poder no ha tenido iniciativa legislativa independiente sobre el tema ya que en el primer caso suscribió el proyecto con el señor Gobernador y luego se limitó a elaborar las cuentas requeridas por el Poder Ejecutivo. El Poder Judicial no ha enviado Proyecto Legislativo salvo el firmado conjuntamente con el titular del Poder Ejecutivo cuyo número de tratamiento se consignó anteriormente.
6.- Que el Poder Judicial no puede dejar de advertir las graves consecuencias que puede tener la falta de una decisión política que supera ampliamente a este Poder. Es la Legislatura quien aprueba el presupuesto y en manos de quienes está dar o no aumentos a empleados y funcionarios. Hemos transitado, desde hace un año, despachos y hemos recibido visitas de importantes funcionarios, hemos elaborado todos los proyectos que se nos han pedido, todos sin definición.
7.- Que ante las graves consecuencias institucionales que puede acarrear estas indefiniciones, que incidirán en forma directa sobre uno de los poderes del estado, resulta necesario fijar una clara posición respecto al tema, teniendo en cuenta además, que garantizar un debido servicio de Justicia es responsabilidad del Estado Provincial en su conjunto.
-- Por ello el Superior Tribunal de Justicia reunido en Acuerdo Plenario
A C U E R D A
Hacer saber
Artículo 1º) Que el único Proyecto Legislativo que envió el Poder Judicial a la Legislatura fue el remitido conjuntamente con el Señor Gobernador Nº 166/07 del mes de Octubre de 2007.
Artículo 2º) Que no han existido iniciativas legislativas en el curso de este año y que nos hemos limitado a evacuar información o actuar conforme lo solicitado por los señores Ministros Coordinador de Gabinete, de Economía y de Gobierno y Justicia.
Artículo 3º) Que el Poder Judicial posee solamente, conforme al presupuesto aprobado por la Honorable Legislatura, partida presupuestaria para abonar antes de fin de año la porcentualidad aprobada por Ley 5444.
Artículo 4º) Dar amplia difusión. No siendo para más, se da por finalizado el presente, firmando los señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia, ante mi que doy fe.---- Fdo: Dres. José Luis PASUTTI, Jorge PFLEGER, Fernando Salvador Luis ROYER, Alejandro Javier PANIZZI y Daniel Luis CANEO. Secretario Dr. MAIDANA.
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