Por Prensa del Pueblo
El Bolsón (ANPP).- La Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué recibió con alegría la suspensión, que ordenó la justicia, de la Audiencia Pública, que el gobierno neuquino había fijado para el próximo 28 de enero, en su intento de habilitar la instalación de una explotación minera hidro química a cielo abierto.
De acuerdo al comunicado remitido por la Asamblea “la medida fue dictada por la jueza de Zapala Dra. Ivonne San Martín en la causa ´Comunidad mapuche Mellao Morales contra Provincia del Neuquén - Subsecretaría de Medio Ambiente s/amparo´”.
La solicitud judicial de la comunidad fue que “se declare la nulidad de la convocatoria por no haber presentado la empresa estudio de Impacto Ambiental (el cual no se suple con informe de Impacto Ambiental) y porque no se respetó el plazo mínimo de convocatoria, se restringió el acceso a la información ambiental pues el estudio estaba disponible solo en Zapala (120 kilómetros del área del proyecto), se prohibió el fotocopiado total o parcial del informe, se seleccionó un lugar de audiencia alejado de la comunidad mapuche donde se pretende realizar el proyecto y se vulneró la participación ciudadana porque no se fijaron reglas para el desarrollo de la audiencia”. Ante este pedido, la jueza admitió la medida cautelar suspendiendo la audiencia pública.
Para concluir, la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué “celebra esta decisión de la justicia no solo porque devuelve la paz y la tranquilidad a la comunidad de Loncopué que estaba dispuesta a recurrir a la resistencia civil para impedir la celebración de la ilegitima audiencia, sino que además pone coto al ejercicio arbitrario del poder estatal encausando a las instituciones provinciales dentro del estado de derecho, en el cual debe imperar la ley y jamás prevalecer sobre ésta las agendas de los intereses de las voraces empresas mineras”.
El Bolsón (ANPP).- La Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué recibió con alegría la suspensión, que ordenó la justicia, de la Audiencia Pública, que el gobierno neuquino había fijado para el próximo 28 de enero, en su intento de habilitar la instalación de una explotación minera hidro química a cielo abierto.
De acuerdo al comunicado remitido por la Asamblea “la medida fue dictada por la jueza de Zapala Dra. Ivonne San Martín en la causa ´Comunidad mapuche Mellao Morales contra Provincia del Neuquén - Subsecretaría de Medio Ambiente s/amparo´”.
La solicitud judicial de la comunidad fue que “se declare la nulidad de la convocatoria por no haber presentado la empresa estudio de Impacto Ambiental (el cual no se suple con informe de Impacto Ambiental) y porque no se respetó el plazo mínimo de convocatoria, se restringió el acceso a la información ambiental pues el estudio estaba disponible solo en Zapala (120 kilómetros del área del proyecto), se prohibió el fotocopiado total o parcial del informe, se seleccionó un lugar de audiencia alejado de la comunidad mapuche donde se pretende realizar el proyecto y se vulneró la participación ciudadana porque no se fijaron reglas para el desarrollo de la audiencia”. Ante este pedido, la jueza admitió la medida cautelar suspendiendo la audiencia pública.
Para concluir, la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué “celebra esta decisión de la justicia no solo porque devuelve la paz y la tranquilidad a la comunidad de Loncopué que estaba dispuesta a recurrir a la resistencia civil para impedir la celebración de la ilegitima audiencia, sino que además pone coto al ejercicio arbitrario del poder estatal encausando a las instituciones provinciales dentro del estado de derecho, en el cual debe imperar la ley y jamás prevalecer sobre ésta las agendas de los intereses de las voraces empresas mineras”.
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