lunes, febrero 02, 2009

Transportes Esquel: algunas observaciones acerca del monopolio y la “ética mercantil”


Por Marcos Sourrouille *

El servicio de transporte público a lo largo de la “ruta de los lagos” (entre Lago Puelo y Esquel, atravesando el Parque Nacional “Los Alerces”) es brindado por la empresa “Transportes Esquel”, domiciliada en la localidad homónima.

Las condiciones monopólicas en las que dicha empresa opera le posibilitan algunas ventajas, que en general se obtienen en perjuicio de los usuarios cautivos de su servicio.

En primer lugar, la empresa no tiene ninguna presión para renovar la flota de vehículos con que opera (y aquí no sólo no hay presión del mercado al no haber competidores, sino que es llamativo que se permita que algunas de las unidades más añejas sigan circulando como transporte de pasajeros, más aún considerando las distancias que cubre el servicio y el tipo de caminos que deben transitar).

La empresa, sobre todo en “temporada alta”, opera en condiciones de rentabilidad asegurada: literalmente “le sobran pasajeros”. Esto tiene dos aristas básicas: por un lado, puede permitirse variar las condiciones y el precio del servicio sin temor a perder pasajeros, y por otra parte no garantiza al eventual usuario la posibilidad de viajar en el momento que lo necesite o desee.

Con respecto a esto último, cabe señalar que –principalmente los fines de semana- la demanda de pasajes es mayor que los que la empresa ofrece por lo que -para garantizarse un pasaje desde Esquel hacia otros puntos del recorrido- hay que apersonarse en la terminal antes de que se empiecen a vender los pasajes, o bien adquirir por la mañana un pasaje para viajar por la tarde. Al menos esto permite alguna previsión o manejo de la situación por parte del usuario. No es el caso si quien desea viajar está en alguno de los puntos intermedios del recorrido, ya que su posibilidad de viajar se ve supeditada a los –muchas veces insuficientes- espacios disponibles, pudiendo quedar varados a la espera de que se de el caso. Incluso puede suceder que se niegue al pasajero la posibilidad de comprar el pasaje de vuelta en el mismo momento en que adquiere el tramo de ida desde Esquel (suponemos que como una manera de la empresa de no tomar un compromiso que probablemente no esté en condiciones de cumplir en función del “exceso de demanda”).

Volviendo a la cuestión del precio del servicio, pongamos un ejemplo: hace dos semanas, el tramo Esquel – Cascada Irigoyen era vendido por la empresa al precio de 8 pesos. Quien vaya hoy (10 de enero) a comprar el mismo tramo deberá abonar 10 pesos. Podrá objetarse que el aumento no es “exagerado” o “desmedido” en un contexto en el que todas las mercancías y servicios aumentan sus precios en forma constante… De todos modos, este aumento no es sorprendente.

La novedad más llamativa, a la hora de abonar el pasaje, se produce cuando se incluye en el precio un adicional de cinco pesos “por la mochila” (ver imagen arriba). En primer lugar, la legislación vigente en materia de transporte de pasajeros de media y larga distancia especifica que cada pasajero tiene derecho a llevar hasta 15 kilos de equipaje sin cargo adicional al pasaje que abona. Pero lo realmente llamativo es que esa especificación figura en el dorso del mismo pasaje que se emite violando esa reglamentación… creer o reventar (ver imagen abajo).



El comprobante adjuntado corresponde al 10 de enero de 2009, por lo que cualquier pasajero que haya viajado en esa fecha puede corroborar la venta de pasajes en tales condiciones. No es descabellado suponer que el mismo modus operandi se haya aplicado no sólo ese día… ¿No constituye este accionar –más allá de cualquier consideración “ética” o “moral”- una infracción a las reglamentaciones vigentes impuestas por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte? Por si hubiere pasado desapercibido a los encargados de controlarlo, cumplimos en avisarles…

* DNI 27.147.125
Esquel, 10-1-2009

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