viernes, marzo 20, 2009

Luz verde: un camarista de Comodoro falló a favor de despenalizar tenencia de drogas


Por Infochubut

El juez integrante de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, Javier Leal de Ibarra, se pronunció a favor de declarar inconstitucional la legislación que castiga la tenencia de drogas para consumo personal. El magistrado votó en minoría en un reciente fallo en el que sus pares, Hebe Corchuelo de Huberman y Aldo Suárez, ratificaron la vigencia del artículo 14 de la ley N°23.737 que considera delito la tenencia de estupefacientes para uso particular.

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, que es instancia de apelación de la Justicia federal de Rawson, Río Gallegos, Ushuaia y Río Grande, por mayoría, confirmó un fallo de la Justicia Federal de Río Gallegos que denegó el planteo de inconstitucionalidad del artículo 14, segunda parte, de la ley 23.737, realizado por la defensa.

Sin embargo, el pronunciamiento contó con la disidencia del juez Javier Leal de Ibarra, quien había considerado se declare la inconstitucionalidad de la norma que castiga la tenencia de estupefacientes para consumo personal por ser violatoria del artículo 19 de la Constitución Nacional.

Entre los distintos aspectos que contempla su argumentación, Ibarra pone énfasis en el derecho a las acciones privadas consagrado en la Constitución Nacional y profundiza sobre la doctrina que considera que "las conductas mencionadas en primer término, en modo alguno deben ser objeto de represión pues tal determinación represiva, sí invade el campo de inmunidad de las acciones privadas al que me estoy refiriendo. En esencia, el modo de actuar de ese individuo, patentiza una manera de hacer conocer a la comunidad un modo de vida diferente que, si bien no coincide con el que se piensa como el adecuado, debe ser respetado y de ningún modo ocultado, pues si así se hiciera, nos encontraríamos frente a una actitud absolutamente hipócrita incompatible por completo con las realidades a la que nos enfrenta el siglo XXI y a las que, particularmente los magistrados debemos estar atentos".

El camarista federal sostiene además que "aquel que ha optado para sí la utilización de sustancias estupefacientes, más allá de que pueda compartirse esa decisión, no puede ser estigmatizado en manera alguna, de allí que la tenencia de esas sustancias en tanto no trae aparejado una afectación a la moral pública ni perjudica a terceros es un acto de naturaleza estrictamente privada, razón por la cual aquella disposición que lo afecte se encuentra en pugna con la Carta Magna y debe declararse su inconstitucionalidad".

Además descalifica el argumento que sostiene que a partir de esa punición, "se logrará prevenir y controlar al narcotráfico de modo tal que esa conducta sea investigada por la circunstancia de ser un camino apto para lograr alcanzar a las verdaderas redes de comercialización de las drogas".

Fuente: Centro de Información Judicial de la Nación

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