Enviado por David Patricio Romero
Habiendo analizado la temática minera en la Provincia y en el País, y los recientes posicionamientos del oficialismo y del arco de los partidos políticos consultados sobre el tema, expresamos nueva y públicamente nuestra posición al respecto a través de los siguientes puntos:
I. Nuevo Espacio Político considera a los recursos mineros, de toda índole, existentes en la Nación Argentina como un patrimonio nacional inalienable;
II. Pese a ello, dado lo dispuesto por la Constitución Nacional reformada en 1.994, corresponde, mientras subsista dicho texto en su forma actual, su administración por parte de las Provincias;
III. Consideramos a la actividad minera como una más de las potencialidades provinciales y consecuentemente una de las posibles actividades productivas, cuya habilitación debe darse solamente si con la misma se alcanza un beneficio colectivo para la sociedad;
IV. La actividad minera no puede generar daños de tipo alguno al pueblo del Chubut, ni el pueblo del Chubut puede autogenerarse perjuicios por mayor beneficio que produzca la explotación de un recurso.
V. En esta coyuntura los principales ejes de conflicto que la actividad genera en el seno de la comunidad, se encuentra en la cuestión económica y en la cuestión ambiental.
VI. En lo económico lo que se propone en Minería en Chubut y el País es una política extractivista que nos transforma en factoría de los países desarrollados y con saqueo de recursos y riquezas.
Para esto se cuenta con la legislación menemista que todavía subsiste – ley 24.196 a la que adherimos por ley provincial 3866 - lo que en lo fundamental entrega durante 30 años los yacimientos mineros con ningún beneficio para el pueblo del Chubut y menos para la Argentina.
VII. En lo ambiental como Estado carecemos de legislación que contemple en forma acabada el marco legal necesario, donde el Código Ambiental Provincial todavía está sin que se hallan dictados los decretos regulatorios para lograr su aplicación.
Chubut carece a su vez la estructura estatal apta para lograr el control necesario y lograr el cumplimiento de la legislación.
Sin perjuicio de ello cabe apuntar que la actividad privada en esta temática se ha destacado por su capacidad para eludir principalmente la legislación y controles ambientales.
Adicionalmente, sin justificación mayor que la decisión unilateral del Señor Gobernador, se propone desarrollar la actividad en la zona más frágil ambientalmente de la Provincia como es la Meseta Central, y asimismo carente de toda evaluación seria, se avanza en una actividad de alto consumo del recurso agua en una región caracterizada por su aridez y escasez del recurso hídrico, digno de mejor cuidado que el que se le está imponiendo.
VIII. Lo dicho nos lleva a manifestar que en Chubut - y también para la Argentina - el potencial minero es una cuestión de Estado. Consecuencia de esto es que se tiene que abandonar la actual condición, que se le ha asignado, de mercancía objeto del juego de la oferta y la demanda. Por lo cual en principio y como afirmación general tenemos que decir que el Estado en su calidad de propietario de los recursos mineros es el único que debe explotarlos.
IX. Es por ello que nos oponemos a la propuesta del Gobierno del Chubut de desarrollar actividad minera en estas condiciones y pedimos al Pueblo del Chubut, por medio de sus organizaciones, se ponga en estado de alerta para impedir el saqueo de nuestros recursos.
Chubut, Septiembre 2009.-
Anselmo Montes
Freddi Morado
Juan María Escobar
Nota relacionada: Organizaciones sociales desmienten que la minería sea la única salida para la Meseta
Habiendo analizado la temática minera en la Provincia y en el País, y los recientes posicionamientos del oficialismo y del arco de los partidos políticos consultados sobre el tema, expresamos nueva y públicamente nuestra posición al respecto a través de los siguientes puntos:
I. Nuevo Espacio Político considera a los recursos mineros, de toda índole, existentes en la Nación Argentina como un patrimonio nacional inalienable;
II. Pese a ello, dado lo dispuesto por la Constitución Nacional reformada en 1.994, corresponde, mientras subsista dicho texto en su forma actual, su administración por parte de las Provincias;
III. Consideramos a la actividad minera como una más de las potencialidades provinciales y consecuentemente una de las posibles actividades productivas, cuya habilitación debe darse solamente si con la misma se alcanza un beneficio colectivo para la sociedad;
IV. La actividad minera no puede generar daños de tipo alguno al pueblo del Chubut, ni el pueblo del Chubut puede autogenerarse perjuicios por mayor beneficio que produzca la explotación de un recurso.
V. En esta coyuntura los principales ejes de conflicto que la actividad genera en el seno de la comunidad, se encuentra en la cuestión económica y en la cuestión ambiental.
VI. En lo económico lo que se propone en Minería en Chubut y el País es una política extractivista que nos transforma en factoría de los países desarrollados y con saqueo de recursos y riquezas.
Para esto se cuenta con la legislación menemista que todavía subsiste – ley 24.196 a la que adherimos por ley provincial 3866 - lo que en lo fundamental entrega durante 30 años los yacimientos mineros con ningún beneficio para el pueblo del Chubut y menos para la Argentina.
VII. En lo ambiental como Estado carecemos de legislación que contemple en forma acabada el marco legal necesario, donde el Código Ambiental Provincial todavía está sin que se hallan dictados los decretos regulatorios para lograr su aplicación.
Chubut carece a su vez la estructura estatal apta para lograr el control necesario y lograr el cumplimiento de la legislación.
Sin perjuicio de ello cabe apuntar que la actividad privada en esta temática se ha destacado por su capacidad para eludir principalmente la legislación y controles ambientales.
Adicionalmente, sin justificación mayor que la decisión unilateral del Señor Gobernador, se propone desarrollar la actividad en la zona más frágil ambientalmente de la Provincia como es la Meseta Central, y asimismo carente de toda evaluación seria, se avanza en una actividad de alto consumo del recurso agua en una región caracterizada por su aridez y escasez del recurso hídrico, digno de mejor cuidado que el que se le está imponiendo.
VIII. Lo dicho nos lleva a manifestar que en Chubut - y también para la Argentina - el potencial minero es una cuestión de Estado. Consecuencia de esto es que se tiene que abandonar la actual condición, que se le ha asignado, de mercancía objeto del juego de la oferta y la demanda. Por lo cual en principio y como afirmación general tenemos que decir que el Estado en su calidad de propietario de los recursos mineros es el único que debe explotarlos.
IX. Es por ello que nos oponemos a la propuesta del Gobierno del Chubut de desarrollar actividad minera en estas condiciones y pedimos al Pueblo del Chubut, por medio de sus organizaciones, se ponga en estado de alerta para impedir el saqueo de nuestros recursos.
Chubut, Septiembre 2009.-
Anselmo Montes
Freddi Morado
Juan María Escobar
Nota relacionada: Organizaciones sociales desmienten que la minería sea la única salida para la Meseta
0 Comentá esta nota:
Publicar un comentario