Fuente: Infochubut
El intendente de la localidad cordillerana de Lago Puelo, Iván Fernández, fue multado por el Tribunal de Cuentas de Chubut por incumplir con la normativa referida a contrataciones por parte de los municipios. Las irregularidades confirmadas por los técnicos se refieren a la contratación directa de la obra de pavimentación de la avenida Los Arrayanes por la cual tanto el jefe comunal como algunos concejales fueron imputados por la Justicia de Esquel .
La denuncia e investigación se concretaron luego de ejecutada la obra. Inclusive, desde el gobierno provincial, se ratificó por decreto el contrato de financiación firmado para la construcción de la segunda etapa de la obra cuestionada.
CUESTIONAMIENTO DEL RELATOR FISCAL. La decisión del Tribunal de Cuentas de la Provincia se basó en los respectivos dictámenes de los asesores fiscales, técnicos y legales.
El contador Alejandro Carrasco en su dictamen consideró que en el expediente en cuestión “se evidencia claramente el incumplimiento del artículo 32 de la ley V - 71 (antes Ley 4139) El artículo mencionado corresponde a la ley del Tribunal de Cuentas y establece que “las rendiciones de cuentas serán examinadas por un relator fiscal, que elevará informe a un contador fiscal quien las verificará en su aspecto formal, legal, contable, numérico y documental, a partir del informe interno de auditoría”.
Y además determina que “sus conclusiones las hará conocer al Tribunal de Cuentas mediante un dictamen que elevará al efecto y en el que pedirá su aprobación cuando no le hubiere merecido observaciones, y en caso contrario, las medidas que correspondan por la naturaleza de las infracciones u omisiones que resultaren”.
PEDIDO DE MULTA.En ese contexto pide se le aplique una multa al intendente según lo dispuesto por el artículo 27 de la misma ley que dice que “los responsables de las distintas jurisdicciones en los poderes del Estado y en las Municipalidades, obligados a rendir cuenta, deberán presentar las rendiciones a los respectivos servicios administrativos para su inclusión en la rendición universal que éstos elevarán o pondrán a disposición mensualmente del Tribunal de Cuentas. Dichas rendiciones deberán presentarse dentro de los plazos que reglamentariamente se fijen y se ajustarán a los modelos e instrucciones que expida el Tribunal de Cuentas”. Leer más
El intendente de la localidad cordillerana de Lago Puelo, Iván Fernández, fue multado por el Tribunal de Cuentas de Chubut por incumplir con la normativa referida a contrataciones por parte de los municipios. Las irregularidades confirmadas por los técnicos se refieren a la contratación directa de la obra de pavimentación de la avenida Los Arrayanes por la cual tanto el jefe comunal como algunos concejales fueron imputados por la Justicia de Esquel .
La denuncia e investigación se concretaron luego de ejecutada la obra. Inclusive, desde el gobierno provincial, se ratificó por decreto el contrato de financiación firmado para la construcción de la segunda etapa de la obra cuestionada.
CUESTIONAMIENTO DEL RELATOR FISCAL. La decisión del Tribunal de Cuentas de la Provincia se basó en los respectivos dictámenes de los asesores fiscales, técnicos y legales.
El contador Alejandro Carrasco en su dictamen consideró que en el expediente en cuestión “se evidencia claramente el incumplimiento del artículo 32 de la ley V - 71 (antes Ley 4139) El artículo mencionado corresponde a la ley del Tribunal de Cuentas y establece que “las rendiciones de cuentas serán examinadas por un relator fiscal, que elevará informe a un contador fiscal quien las verificará en su aspecto formal, legal, contable, numérico y documental, a partir del informe interno de auditoría”.
Y además determina que “sus conclusiones las hará conocer al Tribunal de Cuentas mediante un dictamen que elevará al efecto y en el que pedirá su aprobación cuando no le hubiere merecido observaciones, y en caso contrario, las medidas que correspondan por la naturaleza de las infracciones u omisiones que resultaren”.
PEDIDO DE MULTA.En ese contexto pide se le aplique una multa al intendente según lo dispuesto por el artículo 27 de la misma ley que dice que “los responsables de las distintas jurisdicciones en los poderes del Estado y en las Municipalidades, obligados a rendir cuenta, deberán presentar las rendiciones a los respectivos servicios administrativos para su inclusión en la rendición universal que éstos elevarán o pondrán a disposición mensualmente del Tribunal de Cuentas. Dichas rendiciones deberán presentarse dentro de los plazos que reglamentariamente se fijen y se ajustarán a los modelos e instrucciones que expida el Tribunal de Cuentas”. Leer más
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