domingo, diciembre 20, 2009

Daniel Toledo: pese a estar condenado, la Provincia le paga más de 6 mil pesos por mes

Fuente: Infochubut

El gobierno de Chubut que conduce Mario Das Neves destina cada mes 6.400 pesos para pagarle un sueldo de director general al ex intendente de Corcovado, Horacio Daniel Toledo, condenado por la Justicia a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua por el delito de peculado de bienes y servicios.

Según la información a la que accedió Infochubut, en marzo de 2008 Toledo fue designado como personal de Gabinete del ministerio que tiene a su cargo Pablo Korn. La liquidación oficial de los sueldos de la administración pública de Chubut del mes de noviembre consultada por Infochubut incluye a Toledo entre la nómina de asalariados estatales.

RATIFICACIÓN DE LA CONDENA. Este jueves el Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena dictada por un tribunal de Esquel y en la que también se castiga al ex jefe de la carpintería municipal, Juan Alberto Masaccese. La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, rechazó el recurso presentado por los defensores de Daniel Toledo y Juan Alberto Massacesse, confirmando la sentencia del Tribunal Colegiado que los condenó como coautores del delito de Peculado de bienes y servicios.

El ex intendente de Corcovado y el ex encargado de la carpintería municipal fueron encontrados culpables de sustraer tirantes de lenga de aquella carpintería y disponer su transporte a la casa de Toledo en Playa Unión, valiéndose de la autoridad funcional que detentaban en beneficio del entonces intendente.

Un informe de prensa de la fiscalía de Esquel precisó que los tres integrantes de la Sala penal votaron por unanimidad confirmando plenamente la sentencia del tribunal integrado por las Dras. Anabel Rodríguez, Nelly García y Jorge Eyo, básicamente los fundamentos de los votos de las dos primeras, ya que el Dr. Eyo había votado en disidencia. Los defensores particulares de ambos imputados recurrieron la sentencia por varios argumentos, todos fueron rechazados de la misma manera por los Ministros.

YO NO FUI. En la audiencia, Toledo intentó quitarse responsabilidad en el hecho indicando que no fue él quien dio la orden a los trabajadores para que prepararan los tirantes y luego los enviaran a su casa en Playa Unión.

El fallo sostiene que la sentencia de primera instancia fue muy clara: “En primer lugar remarcó que era el titular del interés privado, y seguidamente que era la persona a la que se le había confiado, como intendente de la localidad de Corcovado, responsabilidades en el Convenio Marco para el Programa de Micro emprendimientos Proveedores del Estado.

Quedó acreditado que Horacio Daniel Toledo, como principal responsable del emprendimiento y administración de los fondos enviados por MIPROE, determinó a las personas que habían sido por él contratadas para el Programa de referencia, la elaboración de tirantería y, una vez manufacturado el pedido, ordenó, en forma mancomunada con Juan Alberto Massacese, el traslado de la madera en cuestión al inmueble de su propiedad situado en Playa Unión. La intencionalidad de Toledo ha quedado evidenciada claramente, observándose en su accionar los dos requisitos que exige el tipo; conocimiento – respecto del carácter de la madera y de su relación con el emprendimiento- y voluntad –de sustraerla, sacándola de la esfera de custodia de la administración pública-.”

La Defensa de Massacesse, entre otros aspectos cuestionó su calidad de funcionario público por tratarse de una persona contratada. El planteo fue una vez más rechazado. Las características de su cargo, la responsabilidad que se le había impuesto, el rol dentro de la carpintería, lo obligan a responder por las decisiones tomadas en materia de manejo de recursos del Estado puestos a su cargo. Leer más

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