lunes, marzo 15, 2010

Caso Larenas: la Justicia resolverá esta tarde sobre un recurso presentado por la defensa

Inés Larenas acompañada por Deias y Pérez Galimberti

Por Vecinos y Organizaciones Movilizados en Solidaridad con Inés Larenas

Hoy 15 de marzo a partir de las 16 horas en los tribunales de Esquel, los jueces que entienden en la causa Chubut-Korn contra Inés Larenas contestarán el recurso presentado por la defensa pública. Si la causa "caduca", es decir, si se declara vencido el plazo razonable para el proceso, conforme lo solicitó la defensa, la causa penal se cierra. Si lo jueces resuelven no dar lugar a este pedido, comienza la apelación al fallo de 2008 por el delito de usurpación.

El recurso presentado por la defensa, el pasado lunes 8 de marzo, expresa que se debe dar por finalizado el juicio al haber superado el plazo máximo de resolución de un proceso. “Al estudiar el caso hemos advertido que han pasado los tres años de plazo máximo de duración del proceso que se cuenta entre el acto de apertura de la investigación y la finalización del recurso ordinario” así expresó el doctor Alfredo Pérez Galimberti -abogado de Inés Larenas, designado por la defensa pública-

El doctor Pérez Galimberti explica que, formalmente, la audiencia de comienzo de la investigación se inició el 28 de marzo de el año 2006 por lo que se completó el 28 de marzo de 2009 el plazo máximo de duración de proceso. “Pero además, lo que sostenemos es que la investigación de este caso comenzó en 2005, en aquel momento se inició el requerimiento de investigación y la notificación a los involucrados, de modo tal que los plazos ya están vencidos”. Por otro lado y en consecuencia, “si esta posición se descarta se debe contar a partir del 15 de noviembre de 2006 que vence el plazo del artículo que le impone a la fiscalía pronunciarse o no para ir a juicio”. Como el código procesal comenzó a regir el 31 de octubre de 2006, el 15 de noviembre de ese año debería haberse manifestado la fiscalía, con lo cual el plazo máximo de duración del proceso venció el 15 de noviembre de 2009. Esto significa que el tribunal ya no puede imponer una sentencia, ya no puede entrar a ver la cuestión de fondo porque ya el poder del Estado para aplicar coerción penal terminó. Para el doctor Pérez Galimberti el Estado “si no puede castigar debe decir ‘esto se terminó y sobreseer a los acusados y el conflicto que subyace en la cuestión penal tiene que ser resuelto en otro estamento. Eventualmente en la justicia civil si la mediación no prospera” La querella: José Luis Colabelli y Enrique Alejandro Korn

La fiscalía, a través del Dr. Rivarola, cuestionó el pedido de la defensa centrando su exposición en la imposibilidad de organizar un alegato respecto a este pedido en tan solo 48hs. Además, expresó que durante los años en que se inició este caso la provincia de Chubut modificó su código procesal penal y debido a ello se originaron demoras en el tratamiento de las causas, también remarcó que la presencia de organizaciones sociales y vecinos movilizados “no hicieron más que entorpecer el proceso”. El abogado querellante, José Luís Colabelli, se limitó, sucintamente, a marcar que sería inapropiado dar lugar a la solicitud de la defensa en perjuicio de los derechos de su representado. Por su parte. El querellante Enrique Alejandro Korn aseguró sentirse desamparado por este nuevo código procesal penal.-

VECINOS Y ORGANIZACIONES MOVILIZADOS EN SOLIDARIDAD CON INES LARENAS

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