Por Fernando Kosovsky *
Lamentablemente, es normal que los Tribunales de Esquel desconozcan el derecho indígena.
Casualmente, ninguno de los jueces que dictaron sentencia participó de capacitación alguna en la materia organizada recientemente por el Ministerio Público de la Defensa o por la Asociación de Abogados y Abogadas de Derecho Indígena. Este desconocimiento se refleja naturalmente en las sentencias.
Ojalá que, si como se indica en el informe del Dr. Macayo las constancias del expediente -cuya consideración fue omitida en el fallo- prueban que el hecho de la afectación a la posesión comunitaria y a la medida de protección sucedió, entonces los tribunales que deberán intervenir en el recurso, podrán revertir la triste imagen del Poder Judicial ante los Pueblos Indígenas y ante el respeto por los derechos humanos, revocando este fallo en aplicación de la protección especial que impone los arts. 4, 17 y 18 que el Convenio 169 de la OIT para resguardar los bienes y personas y evitar y sancionar sus despojos abusivos.
* Abogado - GAJAT
Nota relacionada: Juicio a estancieros: la Justicia de Esquel falló contra la comunidad mapuche Sepúlveda
Lamentablemente, es normal que los Tribunales de Esquel desconozcan el derecho indígena.
Casualmente, ninguno de los jueces que dictaron sentencia participó de capacitación alguna en la materia organizada recientemente por el Ministerio Público de la Defensa o por la Asociación de Abogados y Abogadas de Derecho Indígena. Este desconocimiento se refleja naturalmente en las sentencias.
Ojalá que, si como se indica en el informe del Dr. Macayo las constancias del expediente -cuya consideración fue omitida en el fallo- prueban que el hecho de la afectación a la posesión comunitaria y a la medida de protección sucedió, entonces los tribunales que deberán intervenir en el recurso, podrán revertir la triste imagen del Poder Judicial ante los Pueblos Indígenas y ante el respeto por los derechos humanos, revocando este fallo en aplicación de la protección especial que impone los arts. 4, 17 y 18 que el Convenio 169 de la OIT para resguardar los bienes y personas y evitar y sancionar sus despojos abusivos.
* Abogado - GAJAT
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disculpa fernando y vos donde trabajas? y cunato cobras por ello?
me parece que deberias ser mas respetuoso no? o hace algo al respecto...
juan
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