lunes, mayo 10, 2010

Opinión: “Respondiendo a las empresas mineras & asociados”, por Freddy Morado


Por Freddy Morado *

En nombre de la Asociación “ESPACIO ABIERTO para la Defensa del Patrimonio del Chubut” quiero responder a los representantes de Gemera (Grupos de Empresas Mineras Exploradoras de la República Argentina) que el día jueves 29/4 expusieron a quienes quisieron escucharlos y recordarle, lo que ya sabe, a su “socio” que los trajo para que expusieran, y que no es otro que el Gobierno Provincial.

Los Sres Julio Ríos Gómez, Alejandro Rozitchner y Mario Hernández llegaron a Trelew para exponer sobre las “bondades” de la minería y los efectos positivos que quedan en la comunidad donde se desarrolla la actividad minera. A su criterio, todo está bien, no pasa nada, y la sociedad está “confundida” y habla sin conocimientos sobre algo que deja bienestar, trabajo, futuro promisorio y felicidad en los lugares que ellos, las Empresas, realizan su tarea. Nada mas alejado de la verdad.

El Sr Empresario Julio Ríos Gómez expresó: …”se necesitan Políticas de Estado estables, leyes adecuadas, y se debe resguardar la seguridad jurídica, especialmente el tema tributario”.

¿Como no va a pedir esto el Sr Empresario, si ellos, que son inversores en el Proyecto Navidad, si les cambian las reglas de juego dejan de ganar?

Sabe el Sr Ríos Gómez que ellos comenzaron a explorar con la total autorización y permiso de nuestro Gobierno Provincial y con la garantía de que una vez terminada la exploración podían pasar a la siguiente fase (explotación) sin ningún inconveniente. Hoy, no es tan fácil comenzar a explotar y menos cuando hay toda una comunidad que se opone a la destrucción, contaminación y saqueo por parte de las Empresas. Por eso piden políticas de Estado estables, que es lo mismo que pedirle al Gobierno que cumpla con lo pactado.

El Sr. Ríos Gómez pide también Leyes adecuadas. ¿Cuáles son las Leyes adecuadas? ¿Aquellas que se sancionaron y promulgaron en la década del ’90, en el Gobierno menemista, que hoy están vigentes y que favorecen a los explotadores extranjeros? Y si no, veamos:

• Se consagra la inhibición del Estado para explotar. No estamos en condiciones de hacerlo. Deben hacerlo otros.
• Se permite la libre importación de maquinarias, equipos, repuestos e insumos mineros.
• Se devuelve el IVA sobre importaciones de bienes y servicios destinados a la inversión.
• Se les concede exención de impuestos sobre activos.
• Se limitan las regalías a un 3 % en boca de pozo deduciendo costos.

Exenciones y Beneficios:


• Durante los primeros cinco años no pagan otro canon que no sea el vigente según art. 213 CM ( al propietario de la mina). Después comienza un período de exención impositiva que coincide con el registro.
• La Ley 21382 (1993) define el marco legal vigente para inversiones extranjeras ( tienen iguales derechos y obligaciones que inversores nacionales). Si los extranjeros consideran que no se les dio igual trato pueden demandar al Estado.)
• El Art. 5 (Ley 21382) faculta a los inversores extranjeros a transferir al exterior las utilidades líquidas y repatriar su inversión. Leé acá la nota completa

* Espacio Abierto

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