viernes, agosto 13, 2010

Profesores de audición, voz y lenguaje salen en defensa de su campo laboral y profesional

Enviado por Vicente Calvo

Los abajo firmantes, nucleados en la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut y la Asociación de Profesores de Discapacitados Audición, Voz y Lenguaje / Perturbados del Lenguaje, luego de analizar y evaluar la nota remitida al Ministerio de Educación de la Pcia. del Chubut de fecha 08-06-10 por parte de un grupo de Fonoaudiólogos de la ciudad de Esquel y Trevelin, en la que se manifiesta que no poseemos “Título Habilitante para ejercer la evaluación, el diagnóstico y el tratamiento de trastornos específicos del lenguaje” y que no contamos con el “ejercicio legal de la profesión para llevar a cabo el Proyecto del Centro de Atención para niños con Trastornos Específicos del Lenguaje”, nos sentimos en la necesidad y obligación de hacer público lo siguiente:

- Los profesionales egresados como Profesores de Discapacitados de Audición, Voz y Lenguaje / Perturbados del Lenguaje - actúan dentro del marco referencial de un Decreto, es decir una norma legal institucional de carácter nacional.

No existiendo ninguna disposición legal que limite su quehacer profesional se afirma que toda interpretación a los alcances del título citado que no concuerde con lo expresado en el Artículo 7° del Decreto N°7528/56 y su concordante el Decreto N°2537/60 carece de toda validez.

Subsidiariamente, debe tenerse presente que de la denominación del título de Profesor de Discapacitados de Audición, Voz y Lenguaje, se deducen sus alcances que están claramente subsumidos en el Artículo 101 del Decreto-Ley N°17132/67. De ahí pues, que, en tanto ratio legis del Artículo 101 del Decreto-Ley N°17132/67, coincide en un todo con el alcance, y contenido.

En el año 1979 el mismo Ministerio acorde con la evolución de la logopedia y foniatría, modifica los planes de estudios y amplia los alcances del título con el de Profesor de Discapacitados de Audición, voz y Lenguaje (anexando el Título de Perturbados del Lenguaje) para ejercer la Fonologopedia y la Psicopedagogía Fonoaudiológica en todos los ámbitos.-

- La atención integral de los problemas del lenguaje implica la intervención de un equipo inter/transdisciplinario donde el aspecto reeducativo es encarado por la Fonologopedia o la Psicopedagogía fonoaudiológica
-
La sólida formación en lenguaje y psicopedagogía fonoaudiológica de los profesores de discapacitados de la Audición, Voz y Lenguaje/ Perturbados del Lenguaje, les permite abordar integral y eficazmente la educación, reeducación y/o rehabilitación de los distintos cuadros de perturbaciones del lenguaje en su faz semántica, sintáctica y fonoaudiológica.

Se deja claramente establecido que la reeducación de las patologías audiógenas, como cualquier otra perturbación del lenguaje comprensivo-expresivo en sus aspectos semánticos y/o sintácticos y/o fonológicos y perturbaciones de la Voz y la Palabra, son inherentes al quehacer profesional del Profesor de Discapacitados de la Audición, Voz y Lenguaje como pedagogos por antonomasia.

Los Profesores de Discapacitados de la Audición, Voz y Lenguaje/ Perturbados del Lenguaje, por su formación específica se encuentran habilitados para efectuar Estudios Diferenciales, Estimulación Temprana y Terapia Reeducativa.

- Asimismo informamos, que el Proyecto del Centro de Atención para niños con Trastornos Específicos del Lenguaje” (CEATEL) al que hace alusión dicha Nota:

- está debidamente avalado por las máximas autoridades del Ministerio de Educación de la Pcia. del Chubut

- contempla la conformación de un equipo inter-transdisciplinario para la atención de alumnos

- se encuentra en ejecución desde hace cuatro ciclos lectivos en la escuela Nº 518, sede Esquel – Trevelin, la cual es pública y GRATUITA, habiendo atendido y dado respuesta en el Ciclo Lectivo 2009 a más de 60 alumnos del Sistema educativo (en la zona del Valle del Chubut, se ejecuta desde hace más de una década).

- la propiedad intelectual del proyecto pertenece a profesionales de esa institución.

- en esta circunstancia, sin ninguna autorización y en ausencia de todo código ético y profesional, se eleva una mera copia parcial del proyecto al Ministerio de Educación, para efectuar la denuncia.

Desde hace más de treinta años los Profesores de Discapacitados de Audición, Voz y Lenguaje / Perturbados del Lenguaje, ejercemos nuestra Profesión en la Provincia del Chubut, en Equipos Técnicos, Servicios Educativos, Gabinetes de Lenguaje/Articulación, Supervisiones Escolares, ONG, etc. y desde el año 1905 en todo el territorio nacional, cuyo Título es claro y preciso para determinar el accionar profesional de quienes lo poseen.

Por lo expuesto; lo solicitado por éste grupo de Fonoaudiólogos resulta lesivo para los derechos constitucionales y para la libertad de ejercer la profesión de acuerdo con la formación y al título que el estado le ha conferido. Por ello, iniciaremos las acciones que consideremos pertinentes en defensa de nuestro campo laboral y profesional.-

Prof. Rey, María Alejandra
DNI 23473371

Prof. Banello, Liliana
DNI 20423320

Prof. Calvo, Vicente
DNI 12454478

Prof. Mackern, Cristina
DNI 21563714

Prof. Rodríguez, Natalia
DNI 29691331

Prof. Scataglini, Alejandra
DNI 14070363

Prof. Avila Aviles, Mónica
DNI 18618786

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