Enviado por APDH Bariloche
Si bien el concepto de renta diferencial del suelo, o “plusvalía urbana” tiene su origen en los países socialistas, se viene aplicando en los últimos tiempos, aunque con diferentes nombres, en la gran mayoría de los países industrializados de Europa y América, tales como Inglaterra, Francia, Alemania, Canadá, y hasta en los mismos Estados Unidos, donde en ciudades como Aspen ponen en funcionamiento idénticas herramientas de planeamiento urbano, a través de las cuales el estado va achicando la brecha existente entre los sectores de mayores y menores recursos, a la vez que generando una efectiva protección ambiental y redistribución de los recursos existentes.
La necesidad de acentuar en la ciudad de Bariloche los lazos de vecindad, hoy particularmente desarticulados, nos denota la importancia de llevar adelante un desarrollo social y urbanístico armónico en donde prevalezca la finalidad de implementar una sociedad justa, ordenada, equitativa, así como consiente del cuidado del medio ambiente.
El concepto de “plusvalía urbana” implica que, en tanto la intervención estatal provoque un incremento en el valor inmobiliario de las distintas tierras del ejido, el mismo debe verse reflejado en el correspondiente aporte del beneficiario que repercuta en favor de todos.
Es sabido que el desarrollo económico impacta fuertemente sobre el territorio, dado que gran parte de las actividades productivas motoras del crecimiento económico en una ciudad como San Carlos de Bariloche se encuentran directamente vinculadas con el suelo. Tanto el desarrollo tecnológico como el del turismo, o el de la industria de la construcción, tienen en el suelo su insumo básico para continuar con su despliegue y expansión.
El establecimiento de derechos sobre la renta diferencial de la tierra en favor del estado municipal constituye un mecanismo que apuntará a corregir uno de los fenómenos más inequitativos de nuestra ciudad: el funcionamiento espontáneo y sin regulación alguna del mercado de la tierra que, con el aporte de importantes recursos fiscales, genera incrementos considerables en los precios de ciertos terrenos.
Un proyecto del oficialismo reconoce que en Bariloche “Fue principalmente la inversión privada, de particulares o instituciones, con o sin fines de lucro, fundamentalmente ligadas a la actividad turística, la que fue conformando la imagen, el equipamiento y la infraestructura de la ciudad. Esta característica de su desarrollo, condicionó fuertemente su estructura actual, al dejar en manos del mercado las principales herramientas de planificación y desarrollo territorial y al privar al Estado de la posibilidad de orientar los recursos de la inversión con un sentido social”
Resulta evidente que el estado cuenta con la innegable capacidad de recuperar para la comunidad una importante porción de los incrementos en los valores inmobiliarios que se encuentren íntimamente ligados a decisiones estatales, rescatando de esta manera para el conjunto de los ciudadanos una parte de los frutos del esfuerzo colectivo.
En este sentido, podemos citar como ejemplo de acciones urbanísticas que brindan un mayor valor a la tierra y que, a la vez, resultan ajenas a las acciones realizadas por el propietario a: la construcción de obras públicas municipales; la apertura de calles; el otorgamiento de parámetros urbanísticos y el cambio en las zonificaciones; la ampliación del ejido urbano y determinación de áreas de preservación urbanas; los cambios de circulación de las calles; el desarrollo de nuevos recorridos sobre el transporte público de pasajeros; la habilitación de áreas de servicios, centros turísticos, comerciales, culturales, deportivos, o sociales, etc.
Todos estos actos político-administrativos revisten vital importancia para la ciudad, al tiempo que dan lugar a ganancias adicionales a los propietarios, rentas diferenciales que resultan apropiadas por los titulares de los distintos predios y proyectos de desarrollo sin ningún tipo de contraprestación en favor del estado ni de la comunidad.
Resulta imprescindible que el estado municipal participe de ese mayor valor que adquieren los inmuebles una vez que éste realiza, y cumple, con los fines y objetivos que le son propios en beneficio de la comunidad toda, más allá de las acciones que pueda efectuar el propietario sobre cada parcela en su favor.
El Estado, en sus diferentes niveles y de acuerdo con la distribución de competencias, ejerce la función pública del urbanismo. La participación en la renta urbana diferencial es un instrumento que debe ser puesto en marcha en Bariloche por la autoridad municipal, quien debe tener asignadas las competencias sobre los actos urbanísticos de cambios de uso, o aprovechamiento de suelo, a que den lugar los mayores valores del suelo urbano, de modo que se encuentra plenamente legitimado para imponer el cobro de un derecho por este concepto y de disponer la inversión de esos fondos en infraestructuras de carácter social.
Dr. Darío Rodríguez Duch
Concejal Bloque ARI
Pte. Com. Obras y Planeamiento del Concejo Municipal
Si bien el concepto de renta diferencial del suelo, o “plusvalía urbana” tiene su origen en los países socialistas, se viene aplicando en los últimos tiempos, aunque con diferentes nombres, en la gran mayoría de los países industrializados de Europa y América, tales como Inglaterra, Francia, Alemania, Canadá, y hasta en los mismos Estados Unidos, donde en ciudades como Aspen ponen en funcionamiento idénticas herramientas de planeamiento urbano, a través de las cuales el estado va achicando la brecha existente entre los sectores de mayores y menores recursos, a la vez que generando una efectiva protección ambiental y redistribución de los recursos existentes.
La necesidad de acentuar en la ciudad de Bariloche los lazos de vecindad, hoy particularmente desarticulados, nos denota la importancia de llevar adelante un desarrollo social y urbanístico armónico en donde prevalezca la finalidad de implementar una sociedad justa, ordenada, equitativa, así como consiente del cuidado del medio ambiente.
El concepto de “plusvalía urbana” implica que, en tanto la intervención estatal provoque un incremento en el valor inmobiliario de las distintas tierras del ejido, el mismo debe verse reflejado en el correspondiente aporte del beneficiario que repercuta en favor de todos.
Es sabido que el desarrollo económico impacta fuertemente sobre el territorio, dado que gran parte de las actividades productivas motoras del crecimiento económico en una ciudad como San Carlos de Bariloche se encuentran directamente vinculadas con el suelo. Tanto el desarrollo tecnológico como el del turismo, o el de la industria de la construcción, tienen en el suelo su insumo básico para continuar con su despliegue y expansión.
El establecimiento de derechos sobre la renta diferencial de la tierra en favor del estado municipal constituye un mecanismo que apuntará a corregir uno de los fenómenos más inequitativos de nuestra ciudad: el funcionamiento espontáneo y sin regulación alguna del mercado de la tierra que, con el aporte de importantes recursos fiscales, genera incrementos considerables en los precios de ciertos terrenos.
Un proyecto del oficialismo reconoce que en Bariloche “Fue principalmente la inversión privada, de particulares o instituciones, con o sin fines de lucro, fundamentalmente ligadas a la actividad turística, la que fue conformando la imagen, el equipamiento y la infraestructura de la ciudad. Esta característica de su desarrollo, condicionó fuertemente su estructura actual, al dejar en manos del mercado las principales herramientas de planificación y desarrollo territorial y al privar al Estado de la posibilidad de orientar los recursos de la inversión con un sentido social”
Resulta evidente que el estado cuenta con la innegable capacidad de recuperar para la comunidad una importante porción de los incrementos en los valores inmobiliarios que se encuentren íntimamente ligados a decisiones estatales, rescatando de esta manera para el conjunto de los ciudadanos una parte de los frutos del esfuerzo colectivo.
En este sentido, podemos citar como ejemplo de acciones urbanísticas que brindan un mayor valor a la tierra y que, a la vez, resultan ajenas a las acciones realizadas por el propietario a: la construcción de obras públicas municipales; la apertura de calles; el otorgamiento de parámetros urbanísticos y el cambio en las zonificaciones; la ampliación del ejido urbano y determinación de áreas de preservación urbanas; los cambios de circulación de las calles; el desarrollo de nuevos recorridos sobre el transporte público de pasajeros; la habilitación de áreas de servicios, centros turísticos, comerciales, culturales, deportivos, o sociales, etc.
Todos estos actos político-administrativos revisten vital importancia para la ciudad, al tiempo que dan lugar a ganancias adicionales a los propietarios, rentas diferenciales que resultan apropiadas por los titulares de los distintos predios y proyectos de desarrollo sin ningún tipo de contraprestación en favor del estado ni de la comunidad.
Resulta imprescindible que el estado municipal participe de ese mayor valor que adquieren los inmuebles una vez que éste realiza, y cumple, con los fines y objetivos que le son propios en beneficio de la comunidad toda, más allá de las acciones que pueda efectuar el propietario sobre cada parcela en su favor.
El Estado, en sus diferentes niveles y de acuerdo con la distribución de competencias, ejerce la función pública del urbanismo. La participación en la renta urbana diferencial es un instrumento que debe ser puesto en marcha en Bariloche por la autoridad municipal, quien debe tener asignadas las competencias sobre los actos urbanísticos de cambios de uso, o aprovechamiento de suelo, a que den lugar los mayores valores del suelo urbano, de modo que se encuentra plenamente legitimado para imponer el cobro de un derecho por este concepto y de disponer la inversión de esos fondos en infraestructuras de carácter social.
Dr. Darío Rodríguez Duch
Concejal Bloque ARI
Pte. Com. Obras y Planeamiento del Concejo Municipal
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