Por La Vaca
Mujeres madres. Mujeres pobres. Mujeres jóvenes. Mujeres migrantes. Mujeres en prisión. Una realidad en formato de libro que lleva por título Mujeres en prisión. Los alcances del castigo. Se trata de un recorrido por siete penales federales donde fueron encuestadas 150 mujeres que carecen de su libertad. Esta investigación fue desarrollada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Ministerio Público de la Defensa (MPD) y la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). ¿Quiénes son ellas? “El 85 por ciento son madres, en su mayoría jefas de hogar. El 48 por ciento son extranjeras. El 80 por ciento no había sido detenida antes. Solo el 33 por ciento finalizó la secundaria. La mayoría estaba empleada en tareas de alta informalidad. El 64 por ciento no tiene educación formal en prisión porque no quiere perder su trabajo porque siguen manteniendo sus hogares”, enumera María Santos, de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Todos los datos indican cómo el contexto de pobreza y de búsqueda de sustento para las familias las lleva a cometer los delitos.
El proceso como condena
El aumento de la población penitenciaria femenina se produjo en el marco de procesos de empobrecimiento y desempleo propios de la década de 1990, que tuvieron un impacto diferenciado en las mujeres y coincidieron con transformaciones de las estructuras familiares que significaron mayores responsabilidades para ellas como cabeza de familia. Las investigadoras afirman que estas situaciones debieron de influir en la búsqueda de nuevas estrategias de supervivencia, en especial por parte de las mujeres de escasos recursos, quienes comúnmente atraviesan las fronteras entre lo formal y lo informal, lo legal y lo ilegal.
En esa línea, este libro subraya como las mujeres detenidas están procesadas o condenadas en su gran mayoría por delitos no violentos. Se trata de una población penitenciaria primaria (es decir, sin experiencia previa en el sistema penal), con importantes responsabilidades familiares, ya que son madres y el único sostén económico en hogares monoparentales.
También ese libro indica, con relación a la situación procesal, que más de la mitad de las encuestadas están privadas de su libertad en forma preventiva (55,4%). La prisión preventiva constituye una medida cautelar de carácter excepcional, ya que su aplicación afecta los derechos de rango constitucional. El alto porcentaje de mujeres presas en esas condiciones parece señalar una utilización abusiva del instituto, no sólo incompatible con los fines procesales que admiten su procedencia, sino también excesiva si se tiene en cuenta que se trata de una población penitenciaria que, en términos generales, es primaria.
Reinventarse para reinsertarse
“Hay casos registrados de violación que ni siquiera tuvieron atención médica”, relata Anabella Museri ,del CELS, sobre uno de los testimonios que ella misma capturó en la Unidad N 3 de Ezeiza. “La violencia física en las cárceles federales es silenciada -sentencia- Se trata de una violencia sistemática, de un suplemento punitivo”. Se da en dos formas: una, con el ejercicio de la violencia explícita por parte del Servicio Penitenciario Federal y, por otro lado, con el “dejar hacer”. Un ejemplo “Una interna golpeó a otra, la obligó a que le practique sexo oral y una vez reducida, la convirtió en su esclava. Esta situación duró un año. Eran compañeras de celda. Las celadoras escuchaban y se reían.”.
El objetivo del libro es el de indagar y hacer visible las condiciones de detención de las mujeres presas en las unidades federales del país, a partir de un enfoque de género y derechos humanos. También pretende ser una herramienta que promueva acciones para mejorar su situación, favorezca la discusión sobre la necesidad de implementar políticas criminales y penitenciarias desde una perspectiva de género y obligue a plantear alternativas al encierro como pena hegemónica. “La violencia deja marcas subjetivas irreparables. Las mujeres tienen que reinventarse para reinsertarse”, sintetiza Museri.
Alternativas
A la crítica y denuncia, también este trabajo expone propuestas. “Las instituciones involucradas en la investigación apoyaríamos propuestas legislativas destinadas a suspender el encierro de las mujeres primarias condenadas por delitos no violentos, como es el caso de trafico de drogas a pequeña escala. Hemos dicho que 7 de cada 10 mujeres en los penales federales están por esos delitos”, indica Marta Monclús Masó desde la Procuración Penitenciaria de la Nación.
En segundo lugar, otra alternativa al encierro es la detención domiciliaria. “En diciembre de 2008 se aprobó una modificación del presupuesto que permite el arresto domiciliario, además de los casos de las mujeres embarazadas y madres de hijos de hasta 5 años. Esto ha tenido un impacto en cuanto a la reducción de los chicos en los penales federales. En 2009 había 81 niños y ahora hay 42. No obstante, sigue habiendo niños, por lo tanto, hay una necesidad de profundización de la aplicación del arresto domiciliario. Es necesario que los jueces tomen conciencia de los daños que produce el encierro en las mujeres”, enfatiza Monclus.
La tercera alternativa es la morigeración del encierro. “La ley de ejecución prevé unos institutos que permiten atenuar la cárcel, como es el caso de la semilibertad que permite trabajar fuera de la cárcel e ir a pernoctar a la unidad y las salidas transitorias que permiten salir dos o tres días. Estas instituciones son absolutamente sub utilizadas en la Argentina en el ámbito federal. Hasta marzo de 2011, solo el 10 por ciento de las mujeres condenadas tienen salidas transitorias, por lo tanto no se están utilizando las posibilidades que tiene el régimen penitenciario. Si se utilizara ese recurso, disminuirían los efectos nocivos de la cárcel en cuanto a la vinculación familiar”, finaliza Monclus.
Mujeres madres. Mujeres pobres. Mujeres jóvenes. Mujeres migrantes. Mujeres en prisión. Una realidad en formato de libro que lleva por título Mujeres en prisión. Los alcances del castigo. Se trata de un recorrido por siete penales federales donde fueron encuestadas 150 mujeres que carecen de su libertad. Esta investigación fue desarrollada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Ministerio Público de la Defensa (MPD) y la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). ¿Quiénes son ellas? “El 85 por ciento son madres, en su mayoría jefas de hogar. El 48 por ciento son extranjeras. El 80 por ciento no había sido detenida antes. Solo el 33 por ciento finalizó la secundaria. La mayoría estaba empleada en tareas de alta informalidad. El 64 por ciento no tiene educación formal en prisión porque no quiere perder su trabajo porque siguen manteniendo sus hogares”, enumera María Santos, de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Todos los datos indican cómo el contexto de pobreza y de búsqueda de sustento para las familias las lleva a cometer los delitos.
El proceso como condena
El aumento de la población penitenciaria femenina se produjo en el marco de procesos de empobrecimiento y desempleo propios de la década de 1990, que tuvieron un impacto diferenciado en las mujeres y coincidieron con transformaciones de las estructuras familiares que significaron mayores responsabilidades para ellas como cabeza de familia. Las investigadoras afirman que estas situaciones debieron de influir en la búsqueda de nuevas estrategias de supervivencia, en especial por parte de las mujeres de escasos recursos, quienes comúnmente atraviesan las fronteras entre lo formal y lo informal, lo legal y lo ilegal.
En esa línea, este libro subraya como las mujeres detenidas están procesadas o condenadas en su gran mayoría por delitos no violentos. Se trata de una población penitenciaria primaria (es decir, sin experiencia previa en el sistema penal), con importantes responsabilidades familiares, ya que son madres y el único sostén económico en hogares monoparentales.
También ese libro indica, con relación a la situación procesal, que más de la mitad de las encuestadas están privadas de su libertad en forma preventiva (55,4%). La prisión preventiva constituye una medida cautelar de carácter excepcional, ya que su aplicación afecta los derechos de rango constitucional. El alto porcentaje de mujeres presas en esas condiciones parece señalar una utilización abusiva del instituto, no sólo incompatible con los fines procesales que admiten su procedencia, sino también excesiva si se tiene en cuenta que se trata de una población penitenciaria que, en términos generales, es primaria.
Reinventarse para reinsertarse
“Hay casos registrados de violación que ni siquiera tuvieron atención médica”, relata Anabella Museri ,del CELS, sobre uno de los testimonios que ella misma capturó en la Unidad N 3 de Ezeiza. “La violencia física en las cárceles federales es silenciada -sentencia- Se trata de una violencia sistemática, de un suplemento punitivo”. Se da en dos formas: una, con el ejercicio de la violencia explícita por parte del Servicio Penitenciario Federal y, por otro lado, con el “dejar hacer”. Un ejemplo “Una interna golpeó a otra, la obligó a que le practique sexo oral y una vez reducida, la convirtió en su esclava. Esta situación duró un año. Eran compañeras de celda. Las celadoras escuchaban y se reían.”.
El objetivo del libro es el de indagar y hacer visible las condiciones de detención de las mujeres presas en las unidades federales del país, a partir de un enfoque de género y derechos humanos. También pretende ser una herramienta que promueva acciones para mejorar su situación, favorezca la discusión sobre la necesidad de implementar políticas criminales y penitenciarias desde una perspectiva de género y obligue a plantear alternativas al encierro como pena hegemónica. “La violencia deja marcas subjetivas irreparables. Las mujeres tienen que reinventarse para reinsertarse”, sintetiza Museri.
Alternativas
A la crítica y denuncia, también este trabajo expone propuestas. “Las instituciones involucradas en la investigación apoyaríamos propuestas legislativas destinadas a suspender el encierro de las mujeres primarias condenadas por delitos no violentos, como es el caso de trafico de drogas a pequeña escala. Hemos dicho que 7 de cada 10 mujeres en los penales federales están por esos delitos”, indica Marta Monclús Masó desde la Procuración Penitenciaria de la Nación.
En segundo lugar, otra alternativa al encierro es la detención domiciliaria. “En diciembre de 2008 se aprobó una modificación del presupuesto que permite el arresto domiciliario, además de los casos de las mujeres embarazadas y madres de hijos de hasta 5 años. Esto ha tenido un impacto en cuanto a la reducción de los chicos en los penales federales. En 2009 había 81 niños y ahora hay 42. No obstante, sigue habiendo niños, por lo tanto, hay una necesidad de profundización de la aplicación del arresto domiciliario. Es necesario que los jueces tomen conciencia de los daños que produce el encierro en las mujeres”, enfatiza Monclus.
La tercera alternativa es la morigeración del encierro. “La ley de ejecución prevé unos institutos que permiten atenuar la cárcel, como es el caso de la semilibertad que permite trabajar fuera de la cárcel e ir a pernoctar a la unidad y las salidas transitorias que permiten salir dos o tres días. Estas instituciones son absolutamente sub utilizadas en la Argentina en el ámbito federal. Hasta marzo de 2011, solo el 10 por ciento de las mujeres condenadas tienen salidas transitorias, por lo tanto no se están utilizando las posibilidades que tiene el régimen penitenciario. Si se utilizara ese recurso, disminuirían los efectos nocivos de la cárcel en cuanto a la vinculación familiar”, finaliza Monclus.
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