Enviado por Ivonne Orellana *
El Panel de discusión acerca del Decreto Provincial 268, se llevó a cabo en un marco de absoluto respeto y ejemplo de civismo y ejercicio de la democracia, asistieron alrededor de 180 personas. Comenzó con palabras de bienvenida de la comisión organizadora, y a continuación se cedió la palabra a los panelistas invitados. Con posterioridad y en función de la sesión de preguntas de los asistentes y respuestas de los panelistas, se avanzó en la comprensión de los alcances del Decreto 268, así como sobre otros aspectos ambientales y sociales relacionados al uso de los bosques. Hubo consenso acerca de hacer un pedido a la legislatura de la Provincia del Chubut para el tratamiento de estas problemáticas.
Sesión de Preguntas y Respuestas
Con la derogación del Decreto Nº 1530 (por Decreto Nº 268), quedarían excluidas en su calidad de reservas: Cerro Currumahuida, Lago Cholila, Lago Puelo, Lote 105 en Los Cipreses, Lago Guacho, Las Horquetas y Río Hielo. El Decreto 268 fue SUSPENDIDO por presión de la opinión pública. Este Decreto está “suspendido hasta el 06 de julio”, de no derogarse para esa fecha entra en vigencia el 07 de julio.
La Ley Nacional de Presupuestos Mínimos es obligatoria para todas las provincias, Chubut ya hizo su ordenamiento. En el marco de la Ley de Presupuestos Mínimos, actualmente hay 150.000 has de Reservas Provinciales en las cuales se trabaja sobre zonificación para el uso.
En toda la provincia, al igual que en otras provincias patagónicas hace falta profundizar en estudios sobre la determinación de superficies mínimas para el fraccionamiento de la tierra en cada uno de los ambientes que puedan ser afectados.
La provincia y los municipios deberían definir Zonas de Reserva, en las cuales se incluyan áreas estratégicas que deben permanecer bajo dominio del estado (altas cumbres, cabeceras de cuenca, bosques de protección). Este tema debería tener tratamiento prioritario en la legislatura. Luego se debería discutir sobre los problemas de uso de Suelo y Vuelo. Las áreas bajas podrían ser de mayor importancia para la producción. Resulta de importancia y valor estratégico el definir una cota de altitud por encima de la cual los bosques deberían ser de dominio del estado.
La Municipalidad de Epuyen, constituye un ejemplo sobre el cuidado del ambiente y protección de los bosques. Disponen de un plan de ordenamiento desde 1991. Hay un área urbana y una zona de ampliación de zona urbana a 20-30 años.
Se dejo planteada la inquietante pregunta sobre la posible entrega de títulos de propiedad durante la vigencia del Decreto N º 268. El Diputado Lorenzo (presente en el panel) aclaró que el decreto Nº 268 es inconstitucional, y por ello un grupo de legisladores trabaja en el planteo de inconstitucionalidad del mismo.
Panelistas
Ing. Rozados
Inició su ponencia explicando el problema asociado a los “títulos de propiedad imperfectos”, otorgados con posterioridad a la provincialización del Territorio Nacional de Chubut en 1955, en los cuales se separa la tenencia de la tierra y de los bosques. En este caso se habría violado el derecho a la propiedad según lo establece el Código Civil Argentino, en pos de la conservación de un recurso que se consideraba valioso. Paralelamente se generó un problema de jurisdicción: la autoridad qua administra la tierra es el Instituto Autárquico de Colonización, mientras que la autoridad que regula el uso de los bosques es la Dirección General de Bosques y Parques. Esta modalidad genera una serie de problemas y desigualdades entre los propietarios. También se refirió a la definición histórica de “ bosque”. El decreto 268 deroga el Decreto 1530 y libera las reservas actualmente bajo jurisdicción de la Dirección de Bosques, las cuales pasarían a manos de los municipios. Se refirió especialmente a la presión inmobiliaria, que profundiza la fragmentación de los bosques nativos. Estos negocios inmobiliarios son legítimos y legales pero, en muchas ocasiones se efectúan subdivisiones sin un criterio técnico y causando graves problemas ambientales sobre los bosques.
Señaló también que la venta de tierras, en manos de unos pocos, causa problemas políticos como el descuido y liberación de la tenencia de recursos estratégicos como las cabeceras de cuencas. Además, remarcó que con anterioridad “La Provincia del Chubut creó una serie de reservas de tierra a favor de la Dirección de Bosques” en el marco de un decreto, el cual ahora está derogado por el polémico decreto N° 268 y expresó que habría que lograr que estas reservas entren en un estatus de Ley. “Esas tierras son las que tienen gran valor para la sociedad y deberían quedar bajo dominio del Estado provincial”. Finalmente resumió la importancia de estas reservas y su estructuración como un corredor ecológico.
Dra. Orellana
Apuntó a explicar en que consiste la fragmentación de los bosques y cuales son los principales factores que contribuyen a la este proceso de degradación de los bosques nativos (incendios, talas, caminos, subdivisión de predios). Por otro lado se esbozaron los alcances de la Ley de Presupuestos Mínimos Nº 26.331, mediante la cual se regula y promueve el ordenamiento del territorio nacional, con el objetivo de promover la conservación del ambiente. Además se fundamento la importancia de mantener la conexión entre áreas protegidas a través de una Red de Reservas, en la cual se garanticen áreas mínimas para mantener poblaciones de especies viables en el tiempo. Por ejemplo los huemules (en peligro de extinción) son muy sensibles a los cambios en el paisaje y un solo individuo requiere una superficie mínima de alrededor de 5 has. Además se destaco la relevancia de los bosques como protectores de las cuencas hídricas, de las cuales dependen la mayoría de las ciudades de la provincia.
Ing. Mattio
Explicó cómo puede llevarse a cabo el manejo de las Reservas Forestales Provinciales a través de un consejo consultivo (conformado por actores estatales, privados, ONGs y vecinos en general), tomando como ejemplo el de la Reserva Provincial de usos Múltiples Lago Epuyén. Además analizó como enfrenta el municipio de Epuyen el crecimiento poblacional de manera organizada, uno de los desafíos más importantes de los municipios cordilleranos. El crecimiento demográfico ocasiona una demanda de mayores superficies de tierra. La ley de presupuestos mínimos contempla el ordenamiento del territorio y regula los cambios de uso, entre estos las urbanizaciones y ampliaciones de los municipios. La Constitución Provincial mediante el Artículo 233 estipula la competencia de los municipios, para la enajenación de bienes que se encuentren dentro del dominio de los mismos.
Nota relacionada: Invitan a un panel de discusión sobre “El decreto provincial 268/11 y el bosque nativo”
El Panel de discusión acerca del Decreto Provincial 268, se llevó a cabo en un marco de absoluto respeto y ejemplo de civismo y ejercicio de la democracia, asistieron alrededor de 180 personas. Comenzó con palabras de bienvenida de la comisión organizadora, y a continuación se cedió la palabra a los panelistas invitados. Con posterioridad y en función de la sesión de preguntas de los asistentes y respuestas de los panelistas, se avanzó en la comprensión de los alcances del Decreto 268, así como sobre otros aspectos ambientales y sociales relacionados al uso de los bosques. Hubo consenso acerca de hacer un pedido a la legislatura de la Provincia del Chubut para el tratamiento de estas problemáticas.
Sesión de Preguntas y Respuestas
Con la derogación del Decreto Nº 1530 (por Decreto Nº 268), quedarían excluidas en su calidad de reservas: Cerro Currumahuida, Lago Cholila, Lago Puelo, Lote 105 en Los Cipreses, Lago Guacho, Las Horquetas y Río Hielo. El Decreto 268 fue SUSPENDIDO por presión de la opinión pública. Este Decreto está “suspendido hasta el 06 de julio”, de no derogarse para esa fecha entra en vigencia el 07 de julio.
La Ley Nacional de Presupuestos Mínimos es obligatoria para todas las provincias, Chubut ya hizo su ordenamiento. En el marco de la Ley de Presupuestos Mínimos, actualmente hay 150.000 has de Reservas Provinciales en las cuales se trabaja sobre zonificación para el uso.
En toda la provincia, al igual que en otras provincias patagónicas hace falta profundizar en estudios sobre la determinación de superficies mínimas para el fraccionamiento de la tierra en cada uno de los ambientes que puedan ser afectados.
La provincia y los municipios deberían definir Zonas de Reserva, en las cuales se incluyan áreas estratégicas que deben permanecer bajo dominio del estado (altas cumbres, cabeceras de cuenca, bosques de protección). Este tema debería tener tratamiento prioritario en la legislatura. Luego se debería discutir sobre los problemas de uso de Suelo y Vuelo. Las áreas bajas podrían ser de mayor importancia para la producción. Resulta de importancia y valor estratégico el definir una cota de altitud por encima de la cual los bosques deberían ser de dominio del estado.
La Municipalidad de Epuyen, constituye un ejemplo sobre el cuidado del ambiente y protección de los bosques. Disponen de un plan de ordenamiento desde 1991. Hay un área urbana y una zona de ampliación de zona urbana a 20-30 años.
Se dejo planteada la inquietante pregunta sobre la posible entrega de títulos de propiedad durante la vigencia del Decreto N º 268. El Diputado Lorenzo (presente en el panel) aclaró que el decreto Nº 268 es inconstitucional, y por ello un grupo de legisladores trabaja en el planteo de inconstitucionalidad del mismo.
Panelistas
Ing. Rozados
Inició su ponencia explicando el problema asociado a los “títulos de propiedad imperfectos”, otorgados con posterioridad a la provincialización del Territorio Nacional de Chubut en 1955, en los cuales se separa la tenencia de la tierra y de los bosques. En este caso se habría violado el derecho a la propiedad según lo establece el Código Civil Argentino, en pos de la conservación de un recurso que se consideraba valioso. Paralelamente se generó un problema de jurisdicción: la autoridad qua administra la tierra es el Instituto Autárquico de Colonización, mientras que la autoridad que regula el uso de los bosques es la Dirección General de Bosques y Parques. Esta modalidad genera una serie de problemas y desigualdades entre los propietarios. También se refirió a la definición histórica de “ bosque”. El decreto 268 deroga el Decreto 1530 y libera las reservas actualmente bajo jurisdicción de la Dirección de Bosques, las cuales pasarían a manos de los municipios. Se refirió especialmente a la presión inmobiliaria, que profundiza la fragmentación de los bosques nativos. Estos negocios inmobiliarios son legítimos y legales pero, en muchas ocasiones se efectúan subdivisiones sin un criterio técnico y causando graves problemas ambientales sobre los bosques.
Señaló también que la venta de tierras, en manos de unos pocos, causa problemas políticos como el descuido y liberación de la tenencia de recursos estratégicos como las cabeceras de cuencas. Además, remarcó que con anterioridad “La Provincia del Chubut creó una serie de reservas de tierra a favor de la Dirección de Bosques” en el marco de un decreto, el cual ahora está derogado por el polémico decreto N° 268 y expresó que habría que lograr que estas reservas entren en un estatus de Ley. “Esas tierras son las que tienen gran valor para la sociedad y deberían quedar bajo dominio del Estado provincial”. Finalmente resumió la importancia de estas reservas y su estructuración como un corredor ecológico.
Dra. Orellana
Apuntó a explicar en que consiste la fragmentación de los bosques y cuales son los principales factores que contribuyen a la este proceso de degradación de los bosques nativos (incendios, talas, caminos, subdivisión de predios). Por otro lado se esbozaron los alcances de la Ley de Presupuestos Mínimos Nº 26.331, mediante la cual se regula y promueve el ordenamiento del territorio nacional, con el objetivo de promover la conservación del ambiente. Además se fundamento la importancia de mantener la conexión entre áreas protegidas a través de una Red de Reservas, en la cual se garanticen áreas mínimas para mantener poblaciones de especies viables en el tiempo. Por ejemplo los huemules (en peligro de extinción) son muy sensibles a los cambios en el paisaje y un solo individuo requiere una superficie mínima de alrededor de 5 has. Además se destaco la relevancia de los bosques como protectores de las cuencas hídricas, de las cuales dependen la mayoría de las ciudades de la provincia.
Ing. Mattio
Explicó cómo puede llevarse a cabo el manejo de las Reservas Forestales Provinciales a través de un consejo consultivo (conformado por actores estatales, privados, ONGs y vecinos en general), tomando como ejemplo el de la Reserva Provincial de usos Múltiples Lago Epuyén. Además analizó como enfrenta el municipio de Epuyen el crecimiento poblacional de manera organizada, uno de los desafíos más importantes de los municipios cordilleranos. El crecimiento demográfico ocasiona una demanda de mayores superficies de tierra. La ley de presupuestos mínimos contempla el ordenamiento del territorio y regula los cambios de uso, entre estos las urbanizaciones y ampliaciones de los municipios. La Constitución Provincial mediante el Artículo 233 estipula la competencia de los municipios, para la enajenación de bienes que se encuentren dentro del dominio de los mismos.
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