Por Prensa Fiscalía Esquel
Más de tres horas duró la audiencia en la que se discutió la constitución de querellante por parte de la víctima. Cinco abogados defensores pidieron a la juez de la causa que rechace el pedido verbalizado por el Dr. Marcelo Macayo, patrocinante legal del denunciante. La Fiscalía consideró que es un derecho de la víctima constituirse en parte querellante en esta etapa del proceso. Finalmente la juez rechazó varios planteos de las defensas, aunque compartió con estas que dicha presentación no cumple con todos los requisitos legales. Siguiendo lo previsto por el Código Procesal, la Dra. Carina Estefanía intimó al letrado particular para que en un plazo de tres días subsane esas falencias. Recién entonces se resolverá el pedido de constitución de la querella.
Los defensores ya anticiparon que si la juez acepta la presentación, solicitarán la revisión por un tribunal compuesto por dos jueces.
Una de las cuestiones que recurrentemente fue planteada por los defensores es la falta de una imputación formal, la falta de apertura de una investigación penal y, desde su perspectiva, la imposibilidad de que la víctima se convierta en parte de una causa que formalmente no existe. Además también sostuvieron que sus defendidos no fueron debidamente notificados y por lo tanto no saben de qué deben defenderse.
La víctima
Mientras los defensores encaminaban su argumentación en el sentido antes señalado, Macayo procuró explicar por qué considera que su representado Aldo R. Gérez puede ser considerado víctima en una investigación que el Ministerio Público Fiscal calificó provisoriamente como defraudación a la administración pública provincial. Dicho de modo sintético, el letrado planteó una serie de irregularidades que perjudicaron a su representado quitándole una porción de aproximadamente trescientas hectáreas en tierras sobre las que tiene derechos. La jueza interpretó que existen elementos suficientes para considerar víctima a Gérez y por lo tanto para admitir que se constituya como querellante.
Requisitos
En este aspecto la Dra. Estefanía estuvo de acuerdo con los defensores en que la presentación realizada por el patrocinante de la víctima no cumplió con los requisitos que exige la ley. Uno de esos aspectos fue subsanado en la audiencia con la asistencia de Gérez y su convalidación del pedido. Sin embargo otros aun no fueron subsanados y por ese motivo no pudo aceptarse en esta audiencia la solicitud.
Macayo deberá trabajar en los próximos tres días sobre la descripción clara y concreta del hecho, o los hechos, en infracción con la ley penal que pretende demostrar y la especificación de quién o quiénes son las personas que a su criterio tienen responsabilidad por haberlos cometido.
Cumplido el plazo se realizará una nueva audiencia en la que se analizará si las falencias están subsanadas, y en consecuencia si es aceptada la presentación de la víctima como parte querellante en el proceso.
Nota relacionada: La Justicia investiga negociados de tierras en Cholila
Más de tres horas duró la audiencia en la que se discutió la constitución de querellante por parte de la víctima. Cinco abogados defensores pidieron a la juez de la causa que rechace el pedido verbalizado por el Dr. Marcelo Macayo, patrocinante legal del denunciante. La Fiscalía consideró que es un derecho de la víctima constituirse en parte querellante en esta etapa del proceso. Finalmente la juez rechazó varios planteos de las defensas, aunque compartió con estas que dicha presentación no cumple con todos los requisitos legales. Siguiendo lo previsto por el Código Procesal, la Dra. Carina Estefanía intimó al letrado particular para que en un plazo de tres días subsane esas falencias. Recién entonces se resolverá el pedido de constitución de la querella.
Los defensores ya anticiparon que si la juez acepta la presentación, solicitarán la revisión por un tribunal compuesto por dos jueces.
Una de las cuestiones que recurrentemente fue planteada por los defensores es la falta de una imputación formal, la falta de apertura de una investigación penal y, desde su perspectiva, la imposibilidad de que la víctima se convierta en parte de una causa que formalmente no existe. Además también sostuvieron que sus defendidos no fueron debidamente notificados y por lo tanto no saben de qué deben defenderse.
La víctima
Mientras los defensores encaminaban su argumentación en el sentido antes señalado, Macayo procuró explicar por qué considera que su representado Aldo R. Gérez puede ser considerado víctima en una investigación que el Ministerio Público Fiscal calificó provisoriamente como defraudación a la administración pública provincial. Dicho de modo sintético, el letrado planteó una serie de irregularidades que perjudicaron a su representado quitándole una porción de aproximadamente trescientas hectáreas en tierras sobre las que tiene derechos. La jueza interpretó que existen elementos suficientes para considerar víctima a Gérez y por lo tanto para admitir que se constituya como querellante.
Requisitos
En este aspecto la Dra. Estefanía estuvo de acuerdo con los defensores en que la presentación realizada por el patrocinante de la víctima no cumplió con los requisitos que exige la ley. Uno de esos aspectos fue subsanado en la audiencia con la asistencia de Gérez y su convalidación del pedido. Sin embargo otros aun no fueron subsanados y por ese motivo no pudo aceptarse en esta audiencia la solicitud.
Macayo deberá trabajar en los próximos tres días sobre la descripción clara y concreta del hecho, o los hechos, en infracción con la ley penal que pretende demostrar y la especificación de quién o quiénes son las personas que a su criterio tienen responsabilidad por haberlos cometido.
Cumplido el plazo se realizará una nueva audiencia en la que se analizará si las falencias están subsanadas, y en consecuencia si es aceptada la presentación de la víctima como parte querellante en el proceso.
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