Por Asamblea en Defensa del bosque y la tierra
Ponemos en conocimiento de la comunidad que el día 1 de diciembre se presentó una RECURSO DE AMPARO AMBIENTAL COLECTIVO en relación a la venta del bosque comunal, lote 41 de Cerro Radal.
El mismo está suscripto por un grupo de vecinos de Lago Puelo, quienes nos vemos impulsados a recurrir a la justicia ante la falta de respuesta a la presentación administrativa que realizamos en octubre de este año, sin respuesta a la fecha, pese al compromiso expresado por el intendente Iván Fernández de responder por escrito a la solicitud de los vecinos.
En el escrito presentado se solicita se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 67/2011 , y se articule como medida cautelar, una petición de NO INNOVAR, tendiente a requerir al Ejecutivo y al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Lago Puelo, se abstenga de realizar cualquier tipo de Actos que alteren y/o modifiquen el estado actual del Predio (Lote 41) y su bosque Nativo, tanto en su titularidad, de bien Público (fiscal), como en su manejo y/o explotación, en cualquier modalidad.
Nota relacionada: Lago Puelo: la CTA-Chubut adhiere al reclamo estudiantil por el polémico Lote 41
Ponemos en conocimiento de la comunidad que el día 1 de diciembre se presentó una RECURSO DE AMPARO AMBIENTAL COLECTIVO en relación a la venta del bosque comunal, lote 41 de Cerro Radal.
El mismo está suscripto por un grupo de vecinos de Lago Puelo, quienes nos vemos impulsados a recurrir a la justicia ante la falta de respuesta a la presentación administrativa que realizamos en octubre de este año, sin respuesta a la fecha, pese al compromiso expresado por el intendente Iván Fernández de responder por escrito a la solicitud de los vecinos.
En el escrito presentado se solicita se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 67/2011 , y se articule como medida cautelar, una petición de NO INNOVAR, tendiente a requerir al Ejecutivo y al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Lago Puelo, se abstenga de realizar cualquier tipo de Actos que alteren y/o modifiquen el estado actual del Predio (Lote 41) y su bosque Nativo, tanto en su titularidad, de bien Público (fiscal), como en su manejo y/o explotación, en cualquier modalidad.
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