Por Carlos Enrique Zuoza *
Esta es una carta abierta al público en general y a las autoridades del Parque Nacional Los Alerces con el motivo de exponer algunas inquietudes respecto al servicio de Guardavidas y Rescatistas en los espejos de agua que corresponden a su jurisdicción, que se desempeñan cada temporada en los meses de enero y febrero de cada año.
Para hablar de este tema primero quisiera aclarar que tengo amplia experiencia y capacitación en la profesión, por lo cual me han surgido unas cuantas preguntas y cuestiones que quizás al publico en general le puedan pasar desapercibidas, y que siempre estoy dispuesto a dialogar, responder y asesorar sobre cualquier duda que surja de estas cuestiones en pos de encontrar respuestas que nos acrecienten como personas y profesionales.
Cada Guardavidas y Rescatista durante los meses de trabajo debe exponerse a diferentes situaciones, que de alguna manera ponen en riesgo su salud y su vida para cuidar la de los demás. Estar expuestos, al sol, al viento y al frío por varias horas todos los días. En un rescate la situación es impredecible en sus consecuencias personales y de terceros por lo que esta en riesgo la vida.
No son héroes ni súper hombres, trabajan en ello y perciben un “sueldo”, pero al fin y al cabo protegen nuestras vidas y velan por nuestra seguridad y hasta le confiamos el resguardo de nuestros hijos en el ámbito acuático.
Desde hace años estoy intentando a través del diálogo y notas ser escuchado para que todos podamos entender la importancia del rol que deben cumplir estos trabajadores que también se hallan bajo la presión de responsabilidades civiles y penales que los comprometen en el quehacer diario.
Si un Guardavidas o Rescatista es imprudente, negligente o actúa con impericia, a la hora de socorrer a una víctima, será el primero en ser juzgado.
Negligencia:, del latín negligencia, es la falta de cuidado o el descuido. Una conducta negligente, por lo general, implica un riesgo para uno mismo o para terceros y se produce por la omisión del cálculo de las consecuencias previsibles y posibles de la propia acción.
Impericia: hace referencia a la falta de habilidad que muestra una persona, y que puede ser, quizá, por falta de experiencia.
Esta es una carta abierta al público en general y a las autoridades del Parque Nacional Los Alerces con el motivo de exponer algunas inquietudes respecto al servicio de Guardavidas y Rescatistas en los espejos de agua que corresponden a su jurisdicción, que se desempeñan cada temporada en los meses de enero y febrero de cada año.
Para hablar de este tema primero quisiera aclarar que tengo amplia experiencia y capacitación en la profesión, por lo cual me han surgido unas cuantas preguntas y cuestiones que quizás al publico en general le puedan pasar desapercibidas, y que siempre estoy dispuesto a dialogar, responder y asesorar sobre cualquier duda que surja de estas cuestiones en pos de encontrar respuestas que nos acrecienten como personas y profesionales.
Cada Guardavidas y Rescatista durante los meses de trabajo debe exponerse a diferentes situaciones, que de alguna manera ponen en riesgo su salud y su vida para cuidar la de los demás. Estar expuestos, al sol, al viento y al frío por varias horas todos los días. En un rescate la situación es impredecible en sus consecuencias personales y de terceros por lo que esta en riesgo la vida.
No son héroes ni súper hombres, trabajan en ello y perciben un “sueldo”, pero al fin y al cabo protegen nuestras vidas y velan por nuestra seguridad y hasta le confiamos el resguardo de nuestros hijos en el ámbito acuático.
Desde hace años estoy intentando a través del diálogo y notas ser escuchado para que todos podamos entender la importancia del rol que deben cumplir estos trabajadores que también se hallan bajo la presión de responsabilidades civiles y penales que los comprometen en el quehacer diario.
Si un Guardavidas o Rescatista es imprudente, negligente o actúa con impericia, a la hora de socorrer a una víctima, será el primero en ser juzgado.
Negligencia:, del latín negligencia, es la falta de cuidado o el descuido. Una conducta negligente, por lo general, implica un riesgo para uno mismo o para terceros y se produce por la omisión del cálculo de las consecuencias previsibles y posibles de la propia acción.
Impericia: hace referencia a la falta de habilidad que muestra una persona, y que puede ser, quizá, por falta de experiencia.
Falta de practica y/o experiencia adecuadas para la labor que se realiza.
Imprudencia: Delito que comete una persona cuando por sus acciones pone en peligro la vida o la seguridad de otros.
Acción que se realiza con esta falta de juicio, sensatez y cuidado.
Mientras parece “que no pasa nada”, quizás creamos que están tomando sol y hasta se llega a deslizar algún comentario malicioso que dice “...y para eso le pagan, yo tambien quiero ser Guardavidas…”, pero la verdad es que se esta tenso tratando de vigilar a una multitud.
Siempre comparé esta situación, más allá de las obvias diferencias, a la de un matafuegos en una pared, esta ahí, quizás sin usar por años, pero cuando se necesita debe estar en óptimas condiciones, y el Guardavidas o Rescatista debe estar óptimo para cada momento en que deba socorrer a una víctima y salvar una vida.
¿Por qué hago referencia a todo lo expuesto anteriormente?
Porque en el año 2010 acepté trabajar como Guardavidas junto al equipo de Rescatistas que se desempeñan en el Parque Nacional Los Alerces, que ya estaba formado hace unos años.
Las condiciones de contratación de ese momento no me parecieron a mi entender justas, siempre que he trabajado de Guardavidas en otros lugares, lo he hecho en la forma legal que corresponde a una contratación del tipo temporario, con prestaciones discontínuas pero por tiempo indeterminado, pero en este caso tuve que aceptar debido a las necesidades económicas personales, lo que me hace creer también que varios de estos trabajadores y compañeros estaban en la misma situación.
Tener que facturar como si fuera una locación de servicio me daba la idea que se estaban vulnerando mis derechos como trabajador bajo dependencia y hasta incluso se estaba poniendo en riesgo mi responsabilidad en lo civil.
¿Qué significa esto?
Que “el carácter permanente del contrato excluye que éste se extinga al finalizar cada temporada, manteniéndose latente y presto a reiniciarse al comienzo de la nueva temporada” (Etala, Carlos Alberto “Contrato de Trabajo”, Editorial Astrea, 1998, pag.221. Extracto del Dictamen nº 514 emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos).
Por lo cual la contratación que me hicieron distaba mucho en varias cuestiones, incluso debía facturar, pero como me negué a sacar el monotributo me terminaron pagando “en negro”. Cero aportes, cero jubilación, cero obra social, cero derechos laborales.
Respecto a la facturación que exigen en este contrato que debe realizar el Guardavidas o Rescatista expongo la siguiente opinión basada en argumentos que se pueden ratificar en las leyes de contratación laboral, por lo siguiente creo, que los Guardavidas y Rescatistas están ante un contrato eventual, pero de ninguna manera ante una locación de servicios regidas por el Código Civil, toda vez que las prestaciones transitorias también se encuentran dentro de las previsiones de la Ley nº 20.744, cuando en la relación se dan las notas típicas que definen el trabajo en relación de dependencia.
Por lo tanto a esta altura creo que ya las cosas no habían empezado a ir bien, pero la necesidad económica hace que tengas que cerrar los ojos, morder los dientes y seguir adelante como sea.
Cuando me enteré que en la temporada 2011 las condiciones de contratación eran iguales o peores, no tomé el puesto porque con el poco dinero que se iba a pagar, me parecía injusto, inconveniente y no acorde a las leyes laborales.
Pero volviendo al tema principal y título de esta nota quiero escribir sobre mi experiencia personal en la temporada que trabajé y así también mis compañeros.
Teníamos puestos de trabajo, que no ofrecían resguardo del viento, del frío y escasamente del sol a través de una pobre media sombra; a la vista del turista quizás sean muy lindos, muy rústicos y de acorde al paisaje, pero a la vista del trabajador se sufre mucho, bastante, estar muchas horas todos los días expuestos a las inclemencias del tiempo sin el resguardo apropiado.
Indumentaria. Si alguno llega a leer el CCT del sindicato de Guardavidas, explicita muy bien que el empleador debe proveer al trabajador de los elementos y ropa adecuada para el trabajo. Que yo recuerde, tuve que pagar voluntariamente a una persona privada que oficiaba de Jefe por dos remeras con la inscripción identificatoria de “Rescatista”, y no muy barata a mí entender.
Pero camperas, buzos, anteojos, etc. NUNCA.
¿Sabe el público en general y las autoridades que el trabajador Guardavidas y Rescatista debe estar bien protegido, y se tiene que comprar, buenos anteojos de sol (no truchos) porque el reflejo mismo del agua potencia sus efectos?, ¿que gastan fortuna en protectores solares (que todos sabemos que los factores altos son muy caros), que deben estar adecuadamente abrigados con camperas, buzos y pantalones de buena calidad y con la inscripción que los identifique para que el publico pueda acudir a ellos en caso de una emergencia?
Y todo esto y muchas cosas más se pagan y se ponen del bolsillo del trabajador.
¿Sabe el público en general y las autoridades que un trabajador Guardavidas o Rescatista está sometido diariamente a un montón de factores y presiones que favorecen el cansancio y la desatención si no son debidamente cuidados?
Cuando los Guardavidas y Rescatistas no tienen la ropa adecuada (que debe proveer el empleador), sus puestos de trabajo no ofrecen suficiente resguardo del clima cambiante y extremo y se lo desatiende en sus derechos de ejercer digna y eficazmente la profesión, su atención de vigilancia disminuye y pone en riesgo la salud y la vida propia y la de los terceros que concurren al agua confiando en ellos.
Cuando el trabajador Guardavidas o Rescatista no percibe un sueldo justo y digno, tiene que facturar o trabajar en negro, y se vulneran sus derechos por parte del empleador, él mismo debe empezar a buscar otras oportunidades laborales dejando a un lado quizás, la profesión que eligió para ganarse el sustento; y así se irán yendo los Rescatistas y Guardavidas que se formaron en la región o en otras provincias, siendo ocupados sus puestos por nuevos trabajadores llenos de esperanza pero que al tiempo caen en la decepción.
¿De qué sirvió tanto esfuerzo y dinero en formar a los Rescatistas si luego no se los cuida en su desempeño y no se valoriza su actividad?
¿Tiene que haber otra víctima para acordarnos que son necesarios?
¿Y todo por qué?
Si alguno tiene la respuesta por favor dígamela. Por mi parte entiendo muy bien lo que veo de esta situación pero prefiero dejar esta pregunta al público en general, a las autoridades y a los turistas que cada año nos visitan y confían en un servicio de resguardo y seguridad optimo.
Es difícil creer que no se aprenda nunca de los errores del pasado.
El trabajador Guardavidas o Rescatista tiene la obligación de:
- Formarse adecuamente en conocimientos y título de su profesión.
- Actualizarse constantemente (eso tiene costo económico personal).
- Entrenar físicamente y en 1º auxilios constantemente.
- Velar por la seguridad de terceros.
- Actuar eficazmente ante el socorro de víctimas:
a) Antes: con la prevención.
b) Durante: en el rescate o socorro de víctimas.
c) Después: saber auxiliar con los 1º auxilios hasta la llegada del médico.
d) Y agrego un punto d) recuperarse física y psíquicamente de lo acontecido para estar presto a otro rescate que pueda suceder.
Y para ello debe tener derecho a:
- Una contratación justa, digna y en relación de dependencia.
- Un sueldo justo y acorde al CCT y escala salarial vigente homologada por el Ministerio de Trabajo y que hoy ronda en un sueldo de $5.538 por un trabajador que recién comienza y un 3% anual del básico por año o temporada de antigüedad trabajada, cumpliendo una jornada de 6hs durante 6 días a la semana y un franco obligatorio.
- Un puesto de trabajo (casilla) que lo proteja y resguarde para cumplir eficazmente su labor de vigilancia y le permita estar en condiciones aptas.
- Ropa de trabajo con identificación.
- Elementos para la comunicación, el rescate y la atención de 1º auxilios en perfectas condiciones de funcionamiento.
- Garantizar la estabilidad laboral.
- Otros.
Creo, a mi entender, que la institución de la cual depende la jurisdicción de playas para el operativo de seguridad en las mismas, terceriza el servicio de “Seguridad en Playas” a manos privadas, y que debe hacerlo mediante la licitación de pliegos que se deben publicar con la suficiente antelación para un claro acto público (he leído que en la web que este año se hizo en otros Parques Nacionales) y ofrecerlo a personas, instituciones o empresas que garanticen idoneidad, aval económico y estar sujetos a las reglamentaciones de contratación laboral vigente.
En resguardo y defensa de los derechos laborales, civiles y penales del Personal Guardavidas y Rescatistas de la Región, la Provincia y la Nación,
En resguardo de dignificar la profesión del Rescate Acuático Profesional en pos de prevenir y salvar vidas,
Es que solicito se tenga en cuenta y se reflexione acerca de:
- Verificar las contrataciones pasadas y actuales de los Guardavidas y Rescatistas.
- Verificar los pliegos de tercerización del servicio de seguridad en playas.
- Responder a un salario digno y justo para el trabajador Guardavidas y Rescatista.
La vida de nuestros ciudadanos, vecinos, amigos y turistas que visitan la zona y utilizan los espejos de agua debe estar resguardada por estos trabajadores.
¿Cuál es el costo que se debe pagar para que las cosas se hagan correctamente?
¿Otra vida, otras víctimas?
¿Cuando vamos a aprender?
Exijamos como ciudadanos que estos trabajadores Guardavidas y Rescatistas estén en condiciones dignas porque de alguna manera, estamos en sus manos, en sus ojos y les confiamos nuestra seguridad y la vida.
Cuando se piensa solo en números y presupuestos, ¿no es mas útil prevenir que gastar luego en operativos mas costosos para la atención de las víctimas, indemnizaciones, juicios y etc.?
Prioricemos LA VIDA, luego vendrán los números, y todos ganamos.
Mientras parece “que no pasa nada”, quizás creamos que están tomando sol y hasta se llega a deslizar algún comentario malicioso que dice “...y para eso le pagan, yo tambien quiero ser Guardavidas…”, pero la verdad es que se esta tenso tratando de vigilar a una multitud.
Siempre comparé esta situación, más allá de las obvias diferencias, a la de un matafuegos en una pared, esta ahí, quizás sin usar por años, pero cuando se necesita debe estar en óptimas condiciones, y el Guardavidas o Rescatista debe estar óptimo para cada momento en que deba socorrer a una víctima y salvar una vida.
¿Por qué hago referencia a todo lo expuesto anteriormente?
Porque en el año 2010 acepté trabajar como Guardavidas junto al equipo de Rescatistas que se desempeñan en el Parque Nacional Los Alerces, que ya estaba formado hace unos años.
Las condiciones de contratación de ese momento no me parecieron a mi entender justas, siempre que he trabajado de Guardavidas en otros lugares, lo he hecho en la forma legal que corresponde a una contratación del tipo temporario, con prestaciones discontínuas pero por tiempo indeterminado, pero en este caso tuve que aceptar debido a las necesidades económicas personales, lo que me hace creer también que varios de estos trabajadores y compañeros estaban en la misma situación.
Tener que facturar como si fuera una locación de servicio me daba la idea que se estaban vulnerando mis derechos como trabajador bajo dependencia y hasta incluso se estaba poniendo en riesgo mi responsabilidad en lo civil.
¿Qué significa esto?
Que “el carácter permanente del contrato excluye que éste se extinga al finalizar cada temporada, manteniéndose latente y presto a reiniciarse al comienzo de la nueva temporada” (Etala, Carlos Alberto “Contrato de Trabajo”, Editorial Astrea, 1998, pag.221. Extracto del Dictamen nº 514 emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos).
Por lo cual la contratación que me hicieron distaba mucho en varias cuestiones, incluso debía facturar, pero como me negué a sacar el monotributo me terminaron pagando “en negro”. Cero aportes, cero jubilación, cero obra social, cero derechos laborales.
Respecto a la facturación que exigen en este contrato que debe realizar el Guardavidas o Rescatista expongo la siguiente opinión basada en argumentos que se pueden ratificar en las leyes de contratación laboral, por lo siguiente creo, que los Guardavidas y Rescatistas están ante un contrato eventual, pero de ninguna manera ante una locación de servicios regidas por el Código Civil, toda vez que las prestaciones transitorias también se encuentran dentro de las previsiones de la Ley nº 20.744, cuando en la relación se dan las notas típicas que definen el trabajo en relación de dependencia.
Por lo tanto a esta altura creo que ya las cosas no habían empezado a ir bien, pero la necesidad económica hace que tengas que cerrar los ojos, morder los dientes y seguir adelante como sea.
Cuando me enteré que en la temporada 2011 las condiciones de contratación eran iguales o peores, no tomé el puesto porque con el poco dinero que se iba a pagar, me parecía injusto, inconveniente y no acorde a las leyes laborales.
Pero volviendo al tema principal y título de esta nota quiero escribir sobre mi experiencia personal en la temporada que trabajé y así también mis compañeros.
Teníamos puestos de trabajo, que no ofrecían resguardo del viento, del frío y escasamente del sol a través de una pobre media sombra; a la vista del turista quizás sean muy lindos, muy rústicos y de acorde al paisaje, pero a la vista del trabajador se sufre mucho, bastante, estar muchas horas todos los días expuestos a las inclemencias del tiempo sin el resguardo apropiado.
Indumentaria. Si alguno llega a leer el CCT del sindicato de Guardavidas, explicita muy bien que el empleador debe proveer al trabajador de los elementos y ropa adecuada para el trabajo. Que yo recuerde, tuve que pagar voluntariamente a una persona privada que oficiaba de Jefe por dos remeras con la inscripción identificatoria de “Rescatista”, y no muy barata a mí entender.
Pero camperas, buzos, anteojos, etc. NUNCA.
¿Sabe el público en general y las autoridades que el trabajador Guardavidas y Rescatista debe estar bien protegido, y se tiene que comprar, buenos anteojos de sol (no truchos) porque el reflejo mismo del agua potencia sus efectos?, ¿que gastan fortuna en protectores solares (que todos sabemos que los factores altos son muy caros), que deben estar adecuadamente abrigados con camperas, buzos y pantalones de buena calidad y con la inscripción que los identifique para que el publico pueda acudir a ellos en caso de una emergencia?
Y todo esto y muchas cosas más se pagan y se ponen del bolsillo del trabajador.
¿Sabe el público en general y las autoridades que un trabajador Guardavidas o Rescatista está sometido diariamente a un montón de factores y presiones que favorecen el cansancio y la desatención si no son debidamente cuidados?
Cuando los Guardavidas y Rescatistas no tienen la ropa adecuada (que debe proveer el empleador), sus puestos de trabajo no ofrecen suficiente resguardo del clima cambiante y extremo y se lo desatiende en sus derechos de ejercer digna y eficazmente la profesión, su atención de vigilancia disminuye y pone en riesgo la salud y la vida propia y la de los terceros que concurren al agua confiando en ellos.
Cuando el trabajador Guardavidas o Rescatista no percibe un sueldo justo y digno, tiene que facturar o trabajar en negro, y se vulneran sus derechos por parte del empleador, él mismo debe empezar a buscar otras oportunidades laborales dejando a un lado quizás, la profesión que eligió para ganarse el sustento; y así se irán yendo los Rescatistas y Guardavidas que se formaron en la región o en otras provincias, siendo ocupados sus puestos por nuevos trabajadores llenos de esperanza pero que al tiempo caen en la decepción.
¿De qué sirvió tanto esfuerzo y dinero en formar a los Rescatistas si luego no se los cuida en su desempeño y no se valoriza su actividad?
¿Tiene que haber otra víctima para acordarnos que son necesarios?
¿Y todo por qué?
Si alguno tiene la respuesta por favor dígamela. Por mi parte entiendo muy bien lo que veo de esta situación pero prefiero dejar esta pregunta al público en general, a las autoridades y a los turistas que cada año nos visitan y confían en un servicio de resguardo y seguridad optimo.
Es difícil creer que no se aprenda nunca de los errores del pasado.
El trabajador Guardavidas o Rescatista tiene la obligación de:
- Formarse adecuamente en conocimientos y título de su profesión.
- Actualizarse constantemente (eso tiene costo económico personal).
- Entrenar físicamente y en 1º auxilios constantemente.
- Velar por la seguridad de terceros.
- Actuar eficazmente ante el socorro de víctimas:
a) Antes: con la prevención.
b) Durante: en el rescate o socorro de víctimas.
c) Después: saber auxiliar con los 1º auxilios hasta la llegada del médico.
d) Y agrego un punto d) recuperarse física y psíquicamente de lo acontecido para estar presto a otro rescate que pueda suceder.
Y para ello debe tener derecho a:
- Una contratación justa, digna y en relación de dependencia.
- Un sueldo justo y acorde al CCT y escala salarial vigente homologada por el Ministerio de Trabajo y que hoy ronda en un sueldo de $5.538 por un trabajador que recién comienza y un 3% anual del básico por año o temporada de antigüedad trabajada, cumpliendo una jornada de 6hs durante 6 días a la semana y un franco obligatorio.
- Un puesto de trabajo (casilla) que lo proteja y resguarde para cumplir eficazmente su labor de vigilancia y le permita estar en condiciones aptas.
- Ropa de trabajo con identificación.
- Elementos para la comunicación, el rescate y la atención de 1º auxilios en perfectas condiciones de funcionamiento.
- Garantizar la estabilidad laboral.
- Otros.
Creo, a mi entender, que la institución de la cual depende la jurisdicción de playas para el operativo de seguridad en las mismas, terceriza el servicio de “Seguridad en Playas” a manos privadas, y que debe hacerlo mediante la licitación de pliegos que se deben publicar con la suficiente antelación para un claro acto público (he leído que en la web que este año se hizo en otros Parques Nacionales) y ofrecerlo a personas, instituciones o empresas que garanticen idoneidad, aval económico y estar sujetos a las reglamentaciones de contratación laboral vigente.
En resguardo y defensa de los derechos laborales, civiles y penales del Personal Guardavidas y Rescatistas de la Región, la Provincia y la Nación,
En resguardo de dignificar la profesión del Rescate Acuático Profesional en pos de prevenir y salvar vidas,
Es que solicito se tenga en cuenta y se reflexione acerca de:
- Verificar las contrataciones pasadas y actuales de los Guardavidas y Rescatistas.
- Verificar los pliegos de tercerización del servicio de seguridad en playas.
- Responder a un salario digno y justo para el trabajador Guardavidas y Rescatista.
La vida de nuestros ciudadanos, vecinos, amigos y turistas que visitan la zona y utilizan los espejos de agua debe estar resguardada por estos trabajadores.
¿Cuál es el costo que se debe pagar para que las cosas se hagan correctamente?
¿Otra vida, otras víctimas?
¿Cuando vamos a aprender?
Exijamos como ciudadanos que estos trabajadores Guardavidas y Rescatistas estén en condiciones dignas porque de alguna manera, estamos en sus manos, en sus ojos y les confiamos nuestra seguridad y la vida.
Cuando se piensa solo en números y presupuestos, ¿no es mas útil prevenir que gastar luego en operativos mas costosos para la atención de las víctimas, indemnizaciones, juicios y etc.?
Prioricemos LA VIDA, luego vendrán los números, y todos ganamos.
* DNI 18.619.303
Guardavidas y Rescatista
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excelente nota y es la verdad pura
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