Son cada vez más las tierras que se concentran en menos manos en la Provincia de Río Negro. Burlando las prohibiciones legales que lo impiden, la única explicación posible es su falta de aplicación. Desde Belgrano 544, Viedma, donde hasta el 10 de diciembre viene operando la usura y especulación inmobiliaria del tándem Saiz-Accatino-Belacín & Co refugiada en el Ministerio de Producción, Dirección de Tierras, desde donde se facilitaron cientos de operaciones truchas, destrozando el espíritu del Artículo 75 de la Constitución provincial: “La Provincia considera la tierra como instrumento de producción que debe estar en manos de quien la trabaja, evitando la especulación, el desarraigo y la concentración de la propiedad. Es legítima la propiedad privada del suelo y constituye un derecho para TODOS los habitantes acceder a ella. Propende a mantener la unidad productiva óptima, la ejecución de planes de colonización, el asentamiento de familias campesinas, con apoyo crediticio y técnico, y de fomento. La ley establece las condiciones de su manejo como recurso renovable, desalienta la explotación irracional, así como la especulación en su tenencia libre de mejoras, a través de impuestos generales. En materia agraria la Provincia expropia los latifundios inexplotados o explotados irracionalmente y las tierras sin derecho a aguas que con motivo de obras que realice el Estado puedan beneficiarse”.
La eliminación de la democratización del organismo encargado de las tierras fiscales que, en su concepción en el año 1961, preveía la participación de los productores como medida para transparentar y prevenir desvíos de poder ha sido uno de los factores clave para que, en la práctica, sea una Dictadura de Tierras que sirve al mandamás de turno. La Dirección de la “Dictadura” de Tierras garantizó la concentración de tierras a nivel provincial.
La Dictadura y la Concentración nacional
Lejos de los proyectos de estímulo a la democratización del acceso a la tierra como el Proyecto Giberti (1973), a nivel Nacional se promocionó como una medida revolucionaria la tibia limitación a la cantidad de superficie que puede estar en manos de los extranjeros.
Lógicamente, que esta medida no revierte ni amenaza mínimamente al impresionante proceso de concentración de tierras que se viene produciendo desde entonces y que debería verse reflejado en el Registro de Propietarios de tierras rurales –medida necesaria pero insuficiente- que la misma ley creó. Si bien los sujetos extranjeros quedarán limitados y vigilados, pero ni los pueblos indígenas ni los campesinos quedaron a salvo de la voracidad concentradora de la burguesía agraria nacional, gran beneficiaria de las metas del Plan
Agrolimentario Nacional 2010-2016 que devastará bosques para sembrar soja o grandes extensiones.
Sin tomar ejemplos de verdaderas redistribuciones como la que – no exenta de problemas y complicaciones propias de toda redistribución de riquezas- se lleva adelante Bolivia tenemos una referencia muy cercana al modelo argentino: Uruguay aprobó también en diciembre de 2011 una medida con real capacidad de desincentivar, económicamente, la concentración a través de la creación del Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR) que gravará a los medianos y grandes tenedores en forma progresiva: el que más tiene, más paga (1).
Según el presidente Mujica, el fundamento de la ley es que "la valorización de la tierra en Uruguay no se ha reflejado fiscalmente" y además ha provocado el desplazamiento de pequeños productores".
Recolonización del territorio: Río Negro, denuncias y final abierto
Volviendo a Río Negro, si bien –lamentablemente- la constitución provincial no prohíbe el latifundio, expropia al improductivo o el “explotado irracionalmente” y “desalienta la explotación irracional, así como la especulación en su tenencia libre de mejoras, a través de impuestos generales”. La actual estructura impositiva provincial es totalmente regresiva. El que menos tiene paga –proporcionalmente mucho más que el que más tiene. No se desincentiva la concentración.
El flamante Ministro de Producción, César Bardeggia, denunció la violación de la ley de tierras por concentración del Grupo Tavistock que lidera Lewis y encabezan el inmobiliario Van Ditmar en la meseta de Somuncura a precios irrisorios facilitados por sus predecesores, denuncia que se suma a la formulada por tierras en la cordillera en zonas de El Foyel, Los Repollos, El Bolsón aledañas al Lago Escondido, que involucran al abogado Martínez Pérez y a su socia-esposa Trianes que según explica el informe “La recolonización del territorio” integra alguna de las sociedades controladas por el Grupo2. La ley 279 de tierras fiscales de la provincia prohíbe otorgar a la misma persona más de una unidad económica, es burlada mediante la triangulación: el estado provincial le transfiere a un particular que tiene de antemano realizada la venta a un pulpo inmobiliario. Pero las tierras tienen un pacto de preferencia (art. 67 inc. d), cuando comprador quiera venderlas, debe informarlo fehacientemente a la Provincia para permitirle su recompra al valor fiscal “bajo apercibimiento de revocabilidad del título de dominio a favor del Estado Provincial”. Esta opción estatal –control de la vigencia de la ley- es una obligación para cumplir con los objetivos de la ley y evitar que se frustre el derecho de otros de acceder a la tierra de muchas familias que esperan un lugar para radicarse y desarrollar su vida campesina e incluso de indígenas que precisan otras tierras “aptas y suficientes” (art. 75 inc. 17 CN). La opción es una obligación porque la constitución lo impone “la tierra es para quien la trabaja” y la misma ley (art. 1 y 2) tiene como objetivo y principio fundamental, el fomentar la radicación de la familia agraria y que se trabaje con capital propio y directo (o sea, no el capital no puede ser tercerizado).
Pero además la ley 2287 “integral del indígena” dispone “la adjudicación en propiedad de la tierra cuya actual posesión detentan los pobladores y/o comunidades indígenas existentes en la Provincia” (art. 11) y a investigar despojos de “los derechos vinculados a la tradicional posesión previos a la provincialización . En caso de detectar anormalidades arbitrará los medios para realizar las gestiones judiciales correspondientes” (art. 12).
Digo esto porque casualmente en la meseta de Somuncura y en la Cordillera existe una fuerte presencia de comunidades Mapuche. De hecho, en el Ministerio de Producción y en el de Gobierno hoy tramitan reclamos a la Provincia por –la omisión de investigar las denuncias de despojos – como las de la Comunidad Mapuche José Manuel Pichún, la Comunidad Las Huaytekas por despojos de la Dirección de Bosques o de Trianes y Martínez Pérez, usando a la empresa ENFOR S.A.. Mientras tanto, la Provincia se encarga de “incentivar” los reclamos indígenas criminalizándolos e impulsando desalojos prohibidos por la ley 26.160, como correlato a la falta del reconocimiento y determinación de los territorios y de los recursos que imponen el Convenio 169 de la OIT y la Constitución de la Nación (3).
Además de las denuncias sería importante saber ¿Qué medidas harán efectivas las prohibición del concentración de tierras y la restitución de territorios? ¿Se normalizará y democratizarán los organismos estatales para el acceso a la tierra? ¿ Alguna vez se hará uso del pacto de preferencia ? ¿De qué forma se va a favorecer a las decenas de miles de pequeños productores que sin seguridad jurídica vienen siendo perseguidos con impuestos regresivos y hoy además son castigados por la ceniza?
* Abogado – GAJAT - El Bolsón.
1 - Quienes posean de 2.000 a 5.000 hectáreas (índice Coneat 100) deberán pagar US$ 8 por hectárea al año; entre 5.000 y 10.000 abonarán US$ 12, y por extensiones superiores a 10.000 hectáreas pagarán US$ 16. Según previsiones, el impuesto dejaría una recaudación de US$ 60 millones para el Estado, la que será utilizada casi en su totalidad para la refacción de la caminería rural que se encuentra en mal estado
2 Lara, Susana, Informe “Recolonización del territorio” 30 de diciembre de 2011,
Nahuel Huapi. Grupo Tavistock, propietario de Hidden Like Holdings SA, firma que controla las propiedades rurales en la zona andina, publicó en su sitio web http://www.tavistock.com/team/
3 INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN ARGENTINA PARA EL RELATOR DE PUEBLOS INDÍGENAS JAMES ANAYA 2011: LA AGENDA PENDIENTE. En el período 2006 y 2011, sólo en la zona correspondiente a la IIIa Circ. Judicial, ariloche, el estado provincial ordenó los desalojos contra las siguientes Comunidades Pedraza Melivilo (2006), Lof Lleiful Cayumil* (2007), Lof Ponce-Luengo (2007), Lof Loncón (2008), Lof Seguel-Montiel (2010)*, Lof Palma-Villablanca-Comunidad Las Huaytekas (2010), Comunidad José Manuel Pichún (2011), Lof Ñancunao-Barría-Comunidad Las Huaytekas3 (2011), Comunidad Newen Twain Kom (2011). *Ordenados por la Dirección de Tierras de la Provincia. Impugnados en sede administrativa.
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