Por Asamblea en Defensa del Bosque y la Tierra
Enviado por Nora Corvalan
Ponemos en conocimiento de la comunidad de Lago Puelo que el
día 15 de marzo tuvimos la primera respuesta favorable en relación al recurso
de Amparo interpuesto en defensa del Bosque comunal, lote 41.
El mismo fue presentado ante el Juzgado Civil, Comercial y
Laboral del Dr. Marcelo Peral, quien
aceptó el amparo presentado por los vecinos, encontrando elementos meritorios
para el cuidado del bosque en virtud de la documentación presentada.
Así se establece…… “surgiendo prima facie acreditados, con
la documentación acompañada y de la posible afectación de bosques alegada, los
requisitos de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora.”
Además, mientras se resuelve la cuestión de fondo, dispuso
dictar una medida cautelar por la cual… “se dispone que la Municipalidad de
Lago Puelo, durante la vigencia de la presente medida, deberá abstenerse de
ejecutar la
Ordenanza Municipal Nº 67/2011 MLP, y asimismo deberá
abstenerse de ofrecer en venta y adjudicar en todo o en parte el inmueble
fiscal designado como lote 41 del paraje Cerro Radal.-“
Ahora el Municipio y la Fiscalía de Estado, en su carácter de órgano de
control, tiene un plazo legal de 5 días para responder a la demanda, ofreciendo
su versión de los hechos.
Recordamos a los vecinos que por ordenanza 67/2011 se
dispuso autorizar la adjudicación en venta del lote 41, predio que tiene cerca
de un 80% de bosque nativo. El sector de bosque implantado fue el que se quemó
en el incendio de marzo del año pasado, y en él alumnos, padres y docentes de las escuelas de la zona
llevaron a cabo un proyecto de reforestación con especies nativas. El lote 41
es clasificado como sector amarillo, clase II sustentable, esto es, sectores de
mediano valor de conservación. Su manejo debe realizarse mediando planes de
manejo sustentable o planes de conservación con financiamiento de la ley de
Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos.
Confiamos plenamente que la justicia decidirá en beneficio
del interés general de la comunidad de Lago Puelo, en la preservación del
bosque nativo y su carácter público y comunitario.
Nota relacionada: Lago Puelo: presentaron un amparo ambiental colectivo contra la venta del bosque comunal





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