Enviado por Gustavo Macayo
Con ocasión de la reciente
celebración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) hace un llamado a los Estados miembros de la OEA a velar por el respeto y
garantía de los derechos humanos de los pueblos indígenas, en especial sus
derechos a la protección de las tierras que han ocupado históricamente y los
recursos naturales de esos territorios, así como su derecho a la consulta
previa, libre e informada con respecto a las decisiones que puedan afectarlos.
Asimismo, la CIDH
manifiesta su preocupación por la situación de pobreza y pobreza extrema en la
que se encuentra un alto porcentaje de la población indígena en el continente,
expresada particularmente en la desnutrición crónica de niñas y niños
indígenas.
La protección del derecho a la
propiedad de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales es un
asunto de especial importancia para la CIDH. Esto se debe a que el goce efectivo de este
derecho implica no sólo la protección de una unidad económica sino de los
derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y
cultural en la relación con la tierra.
La CIDH
considera que para el goce efectivo del derecho a la propiedad comunal de los
pueblos indígenas y tribales sobre las tierras que han usado y ocupado
tradicionalmente, resulta fundamental que los Estados garanticen el derecho de
los pueblos indígenas y tribales a la consulta previa, libre e informada con
respecto a las medidas administrativas o legislativas susceptibles de
afectarlos, implementada de acuerdo a sus costumbres y tradiciones. Como ha
explicado la CIDH
en su Informe sobre Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus
tierras ancestrales y recursos naturales, el derecho a la consulta se vincula
con múltiples derechos humanos individuales y colectivos, como el derecho a la
participación e identidad cultural.
De otro lado, la CIDH observa con preocupación
los diversos conflictos sociales que surgen por intereses de terceros en los
recursos naturales que se encuentran en territorios indígenas. La CIDH nota que tales
situaciones, expresadas con frecuencia en actos de protesta social, se
encontrarían vinculadas a la falta de medidas adecuadas que permitan hacer
efectivos los derechos de los pueblos indígenas.
La CIDH
llama a los Estados de las Américas a poner en vigencia mecanismos legales e
institucionales que permitan proteger efectivamente los territorios y recursos
naturales ocupados históricamente por los pueblos indígenas, a través del
reconocimiento, titulación, demarcación y delimitación de tierras de su
propiedad colectiva. Asimismo, exhorta a dar cumplimiento efectivo a los
estándares del sistema interamericano de derechos humanos relativos al derecho
a la consulta previa, libre e informada con relación a decisiones que les
afecten, a través de procedimientos culturalmente adecuados, y teniendo en
cuenta sus métodos tradicionales de toma de decisión. La CIDH insta además a los
Estados a terminar con el flagelo de la desnutrición de niñas y niños indígenas.
La CIDH
es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA),
cuyo mandato surge de la Carta
de la OEA y de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de
promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como
órgano consultivo de la OEA
en la materia. La CIDH
está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General
de la OEA a
título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Nota relacionada: Denunciaron ante la CIDH los incumplimientos del Estado argentino para con los pueblos indígenas
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