Por Frente Vecinal Esquel
Presentamos un pedido al presidente del Concejo Deliberante
para convocar a Sesión Especial con el objeto de interpelar al Secretario de
Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de
Esquel.
BLOQUE FRENTE VECINAL ESQUEL
PROYECTO
DECRETO /13
VISTO:
Los artículos Nº 161 al 164 del Reglamento de funcionamiento
de este Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO
Que el 23 de noviembre de 2012 este Concejo Deliberante
sancionó la Ordenanza Nº
228/12 mediante la cual se estableció agregar al Código Tributario Municipal el
articulo 166º Bis, que establece que «no se otorgará Habilitación Comercial
para el ejercicio de actividades accesorias, complementarias o conexas de
actividades que se encuentren prohibidas o de cualquier forma no permitidas por
la legislación municipal”.
Que el Código Tributario Municipal aprobado por Ordenanza
235/12 incorporó el art. 166 bis con el texto citado.
Que el día lunes 13 de mayo del corriente año se dictó la Resolución Nº 1118/13
mediante la cual no se hace lugar al pedido de habilitación comercial a la
empresa Minas Argentinas S.A., en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza citada
precedentemente. Dicha Resolución fue firmada por el Sr. Intendente Municipal y
varios Secretarios del D.E.M., entre ellos el de Planeamiento Urbano, Obras y
Servicios Públicos Arq. Pablo Schulz.
Que, según trascendió por medios periodísticos, durante la
mañana de ese mismo día agentes de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de
la mencionada Secretaría, realizaron una inspección en las oficinas de la
empresa Minas Argentinas S.A. labrándose un acta mediante la cual le
otorgan sesenta (60) días para dar cumplimiento a requisitos faltantes para el
otorgamiento de la habilitación definitiva.
Que lo señalado precedentemente fue confirmado por el propio
Secretario en el curso de una entrevista telefónica realizada por el canal
local de televisión.
Que, ante la requisitoria periodística, el funcionario
intentó explicar la situación con el argumento de que a las 10.25 (hora en que
se hizo la inspección) desconocía la existencia de la Resolución que lleva su
firma, porque esta se confeccionó algunas horas después.
Que, sin perjuicio de tal argumento, el Sr. Secretario no
podía desconocer la existencia de las Ordenanzas Nº 228/12 y 235/12, ambas
promulgadas oportunamente y en plena vigencia, que impedían el otorgamiento de
la habilitación solicitada por la empresa, tal como finalmente quedó
patentizado en la
Resolución Municipal.
Que la actitud adoptada por el Sr. Secretario resulta por lo
menos contradictoria con la decisión suscripta ese mismo día por el Sr.
Intendente Municipal y refrendada, entre otros, por el mismo funcionario.
Que la existencia de dicha contradicción, además de
constituir una grave irregularidad administrativa, podría tener entidad
suficiente para generar un reclamo por parte la empresa contra el Municipio
que, por un lado le prorroga la habilitación provisoria y le requiere la
realización de mejoramientos en el local como paso previo al otorgamiento de la
definitiva y, por el otro, en la misma fecha, le deniega la habilitación
definitiva.
Que el artículo 109 y concordantes de la Ley Provincial XVI
Nº 46, en consonancia con lo prescripto por el artículo 69 de la Constitución Provincial,
establecen claramente la responsabilidad de los funcionarios que, con su
accionar causan perjuicio patrimonial al Municipio.
Que resulta necesario que el Sr. Secretario de Planeamiento
Urbano, Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de
Esquel, Arq. Pablo Schulz comparezca ante este Honorable Concejo Deliberante a
fin de aclarar los motivos de su accionar.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso
de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, Nº 46, sanciona el presente
DECRETO
Art.1°: CONVOCASE a Sesión Especial con el objeto de hacer
comparecer al Señor Secretario de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios
Públicos de la
Municipalidad de Esquel, Arq. Pablo Schulz a fin de informar
acerca de la inspección realizada por agentes del área a su cargo, a las
oficinas del la empresa Minas Argentinas S.A. el pasado lunes 13 de mayo de
2013.
Art. 2º: FACÚLTASE al Sr. Presidente del Cuerpo para fijar
la fecha y hora de la sesión especial y citar al funcionario convocado.
Art. 3º: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese
Nota relacionada: Schulz habló sobre la inspección realizada a Minas Argentinas
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