Por Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra
LAS ORGANIZACIONES DE COMARCA DE PIE,
RATIFICAMOS la decisión de continuar las acciones para
obtener la revocatoria de mandato de los concejales Sanna-Tejeiro y García.
MANIFESTAMOS que la revocatoria es una figura de la Carta Orgánica
Municipal votada en el año 2006, que se encuentra en el artículo 50, el cual
reza: “Los Electores municipales pueden peticionar la revocatoria del mandato
del Intendente Municipal, Concejales y demás funcionarios previstos por esta
Carta Orgánica, por mal desempeño de sus funciones o por delitos dolosos.
El derecho de revocatoria se ejerce por no menos del veinte
por ciento (20%) del cuerpo electoral mediante Registro de Adhesiones en el que
se suscribirá la adhesión y se certificará la firma ante Escribano, Juez de Paz
o Junta Electoral Municipal.(….)
Para que la revocatoria prospere es necesario la mayoría
simple de los votos válidos emitidos y que haya participado más del cincuenta
por ciento (50%) del padrón electoral. El voto es obligatorio.”
INFORMAMOS que los vecinos domiciliados en El Bolsón pueden
firmar con su DNI la adhesión al pedido de revocatoria en el Juzgado de Paz de 8 a 13 horas y en la Oficina de la Junta Electoral
Municipal en el corralón municipal sito en calle Pueyrredón y Moreno de 16 a 18 horas.
EXPRESAMOS que puede confundirse la soberanía popular con la
representación política como si el representante político fuera el depositario
y administrador de la soberanía popular, que es la propia expresión del pueblo.
Cuando los problemas de la representatividad no son resueltos mediante los
mecanismos propuestos por la propia representación, como por ejemplo el juicio
político, la soberanía popular recobra su carácter constitutivo, reasume la
iniciativa política y recuerda que la representación es un instrumento
democrático que cuando no responde a sus mandantes, los ciudadanos, se impulsa
la revocatoria popular
RECORDAMOS que el Artículo 10º de la Carta Orgánica
municipal, bajo el subtítulo Organización institucional. Soberanía popular,
expresa: “El Municipio organiza su gobierno conforme a los principios del
régimen republicano, la democracia representativa y la participación ciudadana
activa.”
ASI LA
REVOCATORIA es un mecanismo democrático para resolver un
conflicto y en nuestro caso, posibilitar que tengamos concejales que estén
dispuestos a oír, a dialogar, a cumplir con lo que asumieron cumplir.
Grupos y Organizaciones sociales y políticas en Comarca de
Pie
Nota relacionada: El Bolsón: comenzó la certificación de firmas para la revocatoria de los ediles Sanna, Tejeiro y García
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