El miércoles se realizó la segunda
parte de la audiencia
preliminar en la investigación seguida por la Fiscalía donde se
investigaban conductas que cuadrarían en figuras penales tales como
defraudación cometida contra la administración pública provincial en función de
administración fraudulenta en grado de tentativa, falsedad ideológica de
instrumento público y violación de los deberes de funcionario público. Sin
embargo para el juez de la audiencia preliminar se trataría de cuestiones que
deben resolverse en sede administrativa y en consecuencia dictó el
sobreseimiento de todos los imputados. La fiscalía analiza la presentación de
un recurso para que el Superior Tribunal de Justicia analice lo resuelto.
La principal crítica de los fiscales es que el juez habría
fundamentado su decisión valorando la prueba, en una instancia donde la prueba
aun no fue producida porque esto recién sucede en el debate y ante un juez
diferente del de la etapa preliminar. “No he advertido que el MPF haya
contestado de forma acertada a los puntos que fueran objetados en la audiencia
del 28 de noviembre”, sostuvo el juez en relación al pedido de sobreseimiento
llevado a cabo por los abogados defensores de los imputados.
La fiscalía acusó a dos funcionarios del IAC como coautores
del delito de administración fraudulenta en grado de tentativa, en concurso
ideal con falsedad ideológica de instrumento público en concurso ideal con
violación de los deberes de funcionario público. A otros dos imputados se los
acusó de partícipes necesarios en el primero de los delitos, en tanto que a los
demás imputados les achaca el mismo delito en carácter de partícipes
necesarios, imputándoles además falsedad ideológica de instrumento público, uno
en relación al plano, otro a la escritura.
Los hechos en cuestión habrían ocurrido en el distrito
Cholila en fecha ubicable entre el 2 de mayo de 2008 y hasta el 5 de enero de
2011. Un agrimensor, a instancias de otro de los imputados y con colaboración
de este, procedió a efectuar trabajos de campo para mensurar un predio de tierra fiscal en una
zona próxima a la confluencia del Río Tigre y Río Alerzal, de acuerdo a una
autorización de mensura del IAC, extendiéndose 288 hectáreas más
allá de lo autorizado y avanzando sobre otra ocupación también reconocida por
el Instituto provincial.
Martín Zacchino sostiene que con esto tuvo inicio de
ejecución la maniobra defraudatoria, a partir de lo que el entonces Secretario
General y el presidente del IAC, favorecieran con su intervención y firma el
dictado de la resolución N º 46/IAC del 8 de febrero de 2010 en el expediente
administrativo nº 17.826/82 y acumulado 34.429/09. En ella se autorizaba al
permisionario a vender, ceder y transferir a favor de otra de las personas
imputadas en esta investigación. Esta última sería un prestanombre del
verdadero inversor que no reunía los requisitos exigidos por el IAC para
acceder a esta operación.
El fiscal sostiene que no se aplicó la normativa específica
de tierras fiscales y que sabían que la mensuración realizada vulneraba
derechos de una ocupación lindera, pese a lo cual comprometieron el patrimonio
provincial (las tierras fiscales) cuya administración tenían a cargo los
funcionarios.
En esta línea Zacchino sostiene que el perjuicio patrimonial
quedó en grado de tentativa ya que el 5 de enero de 2011, a instancias del
Ministerio Público Fiscal y en base a la denuncia presentada en el mes de
diciembre de 2010 se procedió a la incautación de los expedientes por lo que no
pudo continuarse con el trámite.
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