Por Frente Vecinal Esquel
Aprueban proyecto de González Salinas para reducir Ingresos
Brutos. La iniciativa del Frente Vecinal apunta a la creación de empleo.
El proyecto había sido presentado en junio pasado y aprobado
por unanimidad en la sesión de ayer.
Municipalidad de Esquel
Honorable Concejo Deliberante
FRENTE VECINAL ESQUEL
PROYECTO DE ORDENANZA
TEMA:
POSIBILIDAD DE DEDUCIR EN EL IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS
LOS SUELDOS Y CONTRIBUCIONES PREVISIONALES ABONADOS POR EL CONTRIBUYENTE.
VISTO:
La necesidad de preservar las fuentes de trabajo y de crear
nuevos empleos y:
CONSIDERANDO:
Que la creación de nuevos empleos y la conservación de los
existentes debe constituir una prioridad para el Gobierno Municipal.
Que debe fomentarse el trabajo decente en el marco del
respeto a los derechos de los trabajadores reconocidos por las Constituciones
de la Nación y
de nuestra Provincia así como en los Tratados Internacionales ratificados por
nuestro país.
Que es deber ineludible de los distintos niveles y
organismos del Estado anticiparse a las necesidades públicas mediante una
adecuada planificación y generar las condiciones para el normal desarrollo de
la comunidad, para lo cual la generación de empleo constituye un requisito
esencial.
Que hoy más que nunca desde el Estado deben redoblarse los
esfuerzos para fomentar la creación de empleos y conservación de los
existentes.
Que asimismo deben adoptarse medidas tendientes a reducir el
empleo no registrado, fomentando su regularización.
Que el sector privado de la economía, y particularmente las
pequeñas y medianas empresas (PyMEs) constituyen una importantísima fuente de
creación de empleos en nuestro país y, muy especialmente, en nuestra Ciudad, comprendiéndose
en dicho concepto a toda persona o sociedad que ejerza toda actividad
productiva, comercial, profesional o de servicios lícita y permitida en nuestra
Ciudad.
Que las PyMEs constituyen, además el principal sector de
contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en nuestro Municipio.
Que resulta aconsejable crear incentivos para fomentar la
creación de empleos a través de las PyMEs.
Que la utilización de incentivos tributarios con fines
extrafiscales de promoción de las actividades económicas y de creación de
empleo constituyen herramientas de política pública que el Estado, a todo nivel
(nacional, provincial y municipal) tiene a su alcance para el logro de sus
objetivos.
Que al contratar personal en relación de dependencia las
PyMEs contribuyen tanto a la creación de fuentes de trabajo como a la
distribución del ingreso, al destinar
parte de los ingresos recibidos a sus trabajadores.
Que esos ingresos son la base imponible del Impuesto a los
Ingresos Brutos y por ello se considera aconsejable otorgar una bonificación en
el pago de dicho Impuesto a aquellos contribuyentes que cuenten con personal en
relación de dependencia, en proporción a los sueldos abonados.
Que para cumplir con los objetivos señalados con
anterioridad es necesario que se trate de trabajadores debidamente registrados.
Que la bonificación que se propone, proporcional a los
sueldos y contribuciones abonados por el contribuyente podría perfectamente
reemplazar, en todo o en parte, en términos económicos a la actualmente vigente
para quienes pagan en término el tributo.
Que cumplir con la obligación de pagar los tributos en
término es un deber de todo buen ciudadano y vecino, por lo cual no debiera ser
necesario premiar económicamente a quien así lo hace. En cambio sí resulta
aconsejable incentivar a quien contrata trabajadores, puesto que nadie está
obligado a hacerlo.
Que, por otra parte, el objetivo cobrar en término del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hoy se logra en gran parte por la
existencia de la bonificación referida precedentemente, bien se puedo conseguir
mediante el establecimiento de un interés por mora cuyo importe sea lo
suficientemente significativo para desalentar los atrasos.
Que para fijar la medida de la bonificación resulta
necesario un estudio de factibilidad técnica y económica que deberá realizar la Secretaría de Hacienda.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso
de las atribuciones que le confiere la Ley XVI – Nº 46 (antes ley 3098) y artículo 77º
del Reglamento del Cuerpo, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º: ENCOMENDAR a la Secretaría de Hacienda
la realización de un estudio de factibilidad técnica y económica de la
siguiente modificación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos: El
contribuyente podrá deducir de la base imponible lo abonado en concepto de
sueldos y contribuciones previsionales, en su totalidad o en el porcentaje que
surja de una tabla por actividades a elaborarse: la tabla deberá contener
distintos porcentajes para cada actividad según la proporción de la masa
salarial en relación con los ingresos brutos que sea propia en dicha actividad.
Art. 2º: El Departamento Ejecutivo informará a este Concejo,
en el término de treinta (30) corridos de la fecha de la presente Ordenanza,
cuál será el plazo de duración del estudio que se le encomienda por el artículo
1º, debiendo presentarlo ante este Cuerpo antes del vencimiento de dicho plazo.
Art. 3º: De forma.
Esquel, 28 de junio
de 2012.
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