Enviado por CAI Andino
Rinconada Nahuelpan, 17 de mayo de 2008
Ante los hechos que están ocurriendo en el Paraje Cuesta del Ternero y los rumores de que La Comunidad Mapuche Rinconada Nahuelpan se encuentra impidiendo el acceso de los peñi de la comunidad Mapuche Quintupuray, queremos informar lo siguiente:
Algunos de los miembros que impiden el acceso de la Comunidad Quintupuray a su territorio ancestral pertenecen a nuestra Comunidad, pero su participación y presencia en el lugar es como personas individuales y bajo su responsabilidad, no en nombre de nuestra Comunidad.
Que apoyamos el reclamo que esta realizando la Comunidad Mapuche Quintupuray, en la preafirmación de sus derechos sobre el territorio ancestral ocupado por el peñi José del Carmen Quintupuray, a principios del siglo pasado.
Solicitamos al estado Provincial y Nacional que a través de las instituciones que le competen, hagan cumplir las leyes, convenios y todas las normas que rigen sobre el derecho de los pueblos originarios.
Solicitamos además a los peñi del órgano de aplicación de la ley provincial Nº 2287 Ley Integral del Indígena, CO.DE.CI, que es su deber garantizar el cumplimiento de la misma.
Rinconada Nahuelpan, 17 de mayo de 2008
Rinconada Nahuelpan, 17 de mayo de 2008
Ante los hechos que están ocurriendo en el Paraje Cuesta del Ternero y los rumores de que La Comunidad Mapuche Rinconada Nahuelpan se encuentra impidiendo el acceso de los peñi de la comunidad Mapuche Quintupuray, queremos informar lo siguiente:
Algunos de los miembros que impiden el acceso de la Comunidad Quintupuray a su territorio ancestral pertenecen a nuestra Comunidad, pero su participación y presencia en el lugar es como personas individuales y bajo su responsabilidad, no en nombre de nuestra Comunidad.
Que apoyamos el reclamo que esta realizando la Comunidad Mapuche Quintupuray, en la preafirmación de sus derechos sobre el territorio ancestral ocupado por el peñi José del Carmen Quintupuray, a principios del siglo pasado.
Solicitamos al estado Provincial y Nacional que a través de las instituciones que le competen, hagan cumplir las leyes, convenios y todas las normas que rigen sobre el derecho de los pueblos originarios.
Solicitamos además a los peñi del órgano de aplicación de la ley provincial Nº 2287 Ley Integral del Indígena, CO.DE.CI, que es su deber garantizar el cumplimiento de la misma.
Rinconada Nahuelpan, 17 de mayo de 2008
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