Por Red Eco Alternativo
(Puerta E) Los docentes junto al pueblo neuquino consiguieron el martes un primer reconocimiento a un año y cinco meses de sostener con la movilización y el compromiso, el reclamo de justicia por el asesinato público del profesor Carlos Fuentealba. Y ahora exigen el inicio de la causa que juzgue a los responsables políticos y policiales.
Por Red Eco Alternativo
José Darío Poblete fue condenado a cadena perpetua por asesinar a Carlos Fuentealba. “CONDENA TOTAL de PRISIÓN PERPETUA, con más la inhabilitación absoluta perpetua y costas del proceso, por ser autor material penalmente responsable de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO por haber sido cometido por un miembro integrante de las Fuerzas Policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego, agravado por alevosía” Ahora, los docentes neuquinos reclaman la sustanciación de la causa Fuentealba ll. Es decir, el juzgamiento de los responsables políticos y policiales. La esposa de Fuentealba acusa al ex gobernador Jorge Sobisch de ser el responsable de dar la orden de reprimir y de fusilar.
La culpabilidad del cabo primero de la policía neuquina quedó plenamente acreditada por las declaraciones de los compañeros docentes de Fuentealba que reconstruyeron en los 34 días del juicio lo que fue la impresionante represión en el Puente de Arroyito y una cacería humana que se extendió más allá de la ruta. “Hubo una represión exagerada e injustificada, producida, fundamentalmente a través de disparos de gas lacrimógeno y postas de goma, hechos en forma indiscriminada. Esta situación generó, riesgo, confusión, pánico y caos generalizado”, dijo el integrante del tribunal el Dr. Mario Rodríguez Gómez, en la lectura de la sentencia Además, dice la sentencia que para el dictamen de la condena se tomó como agravantes “la juventud de la víctima y su entorno familiar. La conmoción social provocada y los antecedentes penales condenatorios”.
El dictamen de Mario Rodríguez Gómez, Luis María Fernández, Héctor Dedominichi, integrantes del tribunal, fue por unanimidad en las tres cuestiones que se dividió la sentencia: si ¿existió el hecho delictuoso y (si) fue su autor el imputado (Poblete)?, ¿qué calificación legal corresponde dar al hecho probado?, ¿qué sanción debe aplicarse en el caso? Frente a la primera pregunta, Mario Rodríguez Gómez, expuso que “la prueba reunida le permite afirmar con certeza que el cabo primero de la Policía del Neuquén, José Darío Poblete ocasionó lesiones de carácter tal a Carlos Fuentealba que posteriormente le ocasionaron la muerte”. Ante la segunda cuestión Luis María Fernández señaló que corresponde “homicidio calificado por haber sido cometido por un miembro integrante de las fuerzas policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego en carácter de autor”. Asimismo, en respuesta a la tercera cuestión Mario Rodríguez Gómez consideró la calificación de “homicidio calificado por haber sido cometido por un miembro integrante de las Fuerzas Policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia, mediante el empleo de un arma de fuego, agravado por alevosía, en concurso ideal, y en concurso real con el de Vejaciones”.
Marcela Fabiana Roa, Alejandra Meraviglia, Juan Bernardo Uribe, Marcelo Guagliardo, Gabriel Pillado, Carlos Colen Grant, Andrea Rosso, Nilda Beatriz Pérez, Maria Belén Mantilaro, Estela Leonor Sobelvio, Antonio Marucci, Miguel Alejandro Castellar, Gonzalo Arroyo, Fidel Gallo, Gabriel Pillado, Ana María Mayer, Natalia Cantero, Mariana Campos, Luis Gaspar Silva, Hernán Roberto Ulloa, Santiago Fidel Gallo, Alicia Carbalo, Moisés Ricardo Sosa, Marcelo Fernández, Luis Fernando Paredes, Marcelo Marenco, Emilse Bustos, fueron, entre muchos, quienes aportaron su testimonio que permitió el dictamen que muchos consideran histórico. “A Carlos Fuentealba, no le dieron oportunidad de realizar la defensa mas elemental e instintiva, alejarse del peligro, esconderse, escaparse de su agresor, correr, estaba entrampado e indefenso, y el imputado, no dudo en aprovecharse de esta situación y disparó”, señala la sentencia. Mientras tanto en la calle miles de docentes y organizaciones sociales y populares escucharon la lectura de la sentencia y acompañaron con el llanto y la emoción, el sentimiento de haber logrado, en parte, derrotar a la impunidad.
José Darío Poblete fue condenado a cadena perpetua por asesinar a Carlos Fuentealba. “CONDENA TOTAL de PRISIÓN PERPETUA, con más la inhabilitación absoluta perpetua y costas del proceso, por ser autor material penalmente responsable de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO por haber sido cometido por un miembro integrante de las Fuerzas Policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego, agravado por alevosía” Ahora, los docentes neuquinos reclaman la sustanciación de la causa Fuentealba ll. Es decir, el juzgamiento de los responsables políticos y policiales. La esposa de Fuentealba acusa al ex gobernador Jorge Sobisch de ser el responsable de dar la orden de reprimir y de fusilar.
La culpabilidad del cabo primero de la policía neuquina quedó plenamente acreditada por las declaraciones de los compañeros docentes de Fuentealba que reconstruyeron en los 34 días del juicio lo que fue la impresionante represión en el Puente de Arroyito y una cacería humana que se extendió más allá de la ruta. “Hubo una represión exagerada e injustificada, producida, fundamentalmente a través de disparos de gas lacrimógeno y postas de goma, hechos en forma indiscriminada. Esta situación generó, riesgo, confusión, pánico y caos generalizado”, dijo el integrante del tribunal el Dr. Mario Rodríguez Gómez, en la lectura de la sentencia Además, dice la sentencia que para el dictamen de la condena se tomó como agravantes “la juventud de la víctima y su entorno familiar. La conmoción social provocada y los antecedentes penales condenatorios”.
El dictamen de Mario Rodríguez Gómez, Luis María Fernández, Héctor Dedominichi, integrantes del tribunal, fue por unanimidad en las tres cuestiones que se dividió la sentencia: si ¿existió el hecho delictuoso y (si) fue su autor el imputado (Poblete)?, ¿qué calificación legal corresponde dar al hecho probado?, ¿qué sanción debe aplicarse en el caso? Frente a la primera pregunta, Mario Rodríguez Gómez, expuso que “la prueba reunida le permite afirmar con certeza que el cabo primero de la Policía del Neuquén, José Darío Poblete ocasionó lesiones de carácter tal a Carlos Fuentealba que posteriormente le ocasionaron la muerte”. Ante la segunda cuestión Luis María Fernández señaló que corresponde “homicidio calificado por haber sido cometido por un miembro integrante de las fuerzas policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego en carácter de autor”. Asimismo, en respuesta a la tercera cuestión Mario Rodríguez Gómez consideró la calificación de “homicidio calificado por haber sido cometido por un miembro integrante de las Fuerzas Policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia, mediante el empleo de un arma de fuego, agravado por alevosía, en concurso ideal, y en concurso real con el de Vejaciones”.
Marcela Fabiana Roa, Alejandra Meraviglia, Juan Bernardo Uribe, Marcelo Guagliardo, Gabriel Pillado, Carlos Colen Grant, Andrea Rosso, Nilda Beatriz Pérez, Maria Belén Mantilaro, Estela Leonor Sobelvio, Antonio Marucci, Miguel Alejandro Castellar, Gonzalo Arroyo, Fidel Gallo, Gabriel Pillado, Ana María Mayer, Natalia Cantero, Mariana Campos, Luis Gaspar Silva, Hernán Roberto Ulloa, Santiago Fidel Gallo, Alicia Carbalo, Moisés Ricardo Sosa, Marcelo Fernández, Luis Fernando Paredes, Marcelo Marenco, Emilse Bustos, fueron, entre muchos, quienes aportaron su testimonio que permitió el dictamen que muchos consideran histórico. “A Carlos Fuentealba, no le dieron oportunidad de realizar la defensa mas elemental e instintiva, alejarse del peligro, esconderse, escaparse de su agresor, correr, estaba entrampado e indefenso, y el imputado, no dudo en aprovecharse de esta situación y disparó”, señala la sentencia. Mientras tanto en la calle miles de docentes y organizaciones sociales y populares escucharon la lectura de la sentencia y acompañaron con el llanto y la emoción, el sentimiento de haber logrado, en parte, derrotar a la impunidad.
Podés bajar la sentencia completa acá: http://www.8300.com.ar/
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