Por Nelson Ávalos
Difícil situación legal e institucional en la Municipalidad de El Hoyo. Una ordenanza impositiva provoca rechazo masivo. Piden su nulidad ante la Justicia. Nulidades, absurdos varios. Comienza una semana decisiva en un pueblito – a veces - disparatado...
Crónica de una norma y su ¿muerte? anunciada
El 16 de enero – en sesión extraordinaria – el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de El Hoyo aprobó la Ordenanza 001/09. Ésta aprobaba la Ordenanza Tributaria de la localidad. Pero recién en las primeras semanas de febrero la población comenzó a enterarse del contenido de tal norma y a poco andar, fue conocida como el “impuestazo”.
No era para menos el bautizar así a la primera Ordenanza del año. Aumentos de tasas que iban de un 300 a un 800 por ciento le valieron el apodo. Dos ejemplos de un ajuste descabellado: una despensa- quiosco rural que pagaba 100 pesos, pasaba a abonar 800 (800 % de aumento); un restorán – parrilla que pagaba 300, debía pagar 1000 (340 %).
El sorpresivo engorde de los impuestos provocó el inmediato descontento de los contribuyentes. Éste se reflejó en la creciente presencia ciudadana en las sesiones del HCD, que las convirtió en verdaderas asambleas populares. La movilización tuvo su punto máximo la del 4 de marzo, con un centenar de vecinos amuchados en edificio del Legislativo. Exigían la derogación lisa y llana de la Ordenanza; y acompañaban su pedido con 571 firmas recolectadas en unos cuantos días.
La postura del bloque oficialista fue intransigente hasta el final: no derogarían la ley. Sólo aceptarían rever algunos puntos. Luego de cuatro horas de discusiones y presión de la gente, y ante el recalentamiento de la rechifla, aceptaron votar la derogación. Había dos propuestas: la del oficialismo, derogar la 001 y aplicar un 100 % de aumento general. Por la oposición, derogar simplemente y trabajar en una nueva norma, escuchando a la vecindad. Sorpresivamente, Ernesto Mellado, uno de los ediles del partido de gobierno, levantó su diestra junto a la oposición y la polémica tributaria quedó derogada.
Hasta aquí, una apretada crónica de los hechos. Esta semana el intendente Mario Breide debe vetar o promulgar la ordenanza que derogó la 001. … Pero, mejor, lea hasta el final…
Hecha la ley… De trampas, denuncias, etc.
La Ordenanza 001/09 fue aprobada en sesión extraordinaria, el 16 de enero, con la presencia del bloque oficialista. La oposición denunció su nulidad ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Provincia. Basó su pedido en el hecho de que la norma fue aprobada por sólo los cuatro votos del Partido Vecinal El Hoyo (PVEH). Los argumentos son que la aprobación de una normativa sobre impuestos y tasas debe hacerse por mayoría absoluta y que en el caso del HCD de El Hoyo, de siete miembros, la mayoría absoluta es de cinco votos.
¿Y entonces…? Usted preguntará… La 3098, de Corporaciones Municipales, dice en su artículo 35: “Todo aumento o creación de impuestos, contribuciones de mejoras y tasas, será sancionada por mayoría absoluta y del total de los miembros del Concejo”.
Otra Ley provincial, la 3893/93 de Quórum y régimen de mayorías, dice qué se debe entender por mayoría absoluta. En su artículo 2, reza: “Cuando la norma haga mención a la ‘mayoría absoluta’, o a la ‘mitad más uno’ del total de los miembros, de los presentes o de los votos emitidos, deberá entenderse como ‘más de la mitad’ de la cantidad considerada”; y agrega en el párrafo 4: “Cuando de la aplicación de una expresión fraccionaria o porcentual resultara una cantidad de miembros no entera, deberá completarse al entero siguiente.”
¿Y entonces…? (volverá a preguntar usted). El bloque oficial, comandado por el inefable José “Pepe” Bondel, arguye que la mayoría absoluta son cuatro. Es decir: la mitad (3,5) más… medio (0,5), igual a 4.
La resolución del disparate debe pasar por un dictamen del STJ que – a esta altura – sufre una inexplicable demora.
Ay, Gabo… Si Usted supiera…
El 4 de marzo, en medio de la indignación popular, el CD derogó la ordenanza 001/09. Lo hizo con los votos de Paul Huisman, de Proyección Vecinal del Chubut (ProVeCh); Silvia Larenas y Jonatan Cristh, del Frente para la Victoria (FPV); y el repentino opositor Mellado, del PVEH.
Pero la derogación de una Ordenanza también debe contar con la mayoría absoluta o “mitad más uno”. ¡¡¡¿¿¿Y entonces???!!! Acertó. La derogatoria de la nula 001 también sería nula… Y el absurdo se completará cuando Breide vete o promulgue una Ordenanza nula que derogó otra, también nula ¡promulgada por él! ¿No entiende? No se preocupe. Al igual que en aquella novela de García Márquez, aquí, a veces, los hechos se salen de cualquier lógica.
Comienza una semana decisiva en El Hoyo, un pueblito cordillerano que – a pasos firmes – va pa’ ser el Macondo de la Comarca…
Fuentes:
- Ordenanza 001/9
- Semanario Noticias de la Comarca. Edición de la 2º semana de febrero de 2009
- Ley provincial 3098. De Corporaciones Municipales
- Ley 3893. De Quórum – Régimen de mayorías
- Cien años de soledad. Gabriel García Márquez
- Vivencias propias
* DNI 18.000.947
Difícil situación legal e institucional en la Municipalidad de El Hoyo. Una ordenanza impositiva provoca rechazo masivo. Piden su nulidad ante la Justicia. Nulidades, absurdos varios. Comienza una semana decisiva en un pueblito – a veces - disparatado...
Crónica de una norma y su ¿muerte? anunciada
El 16 de enero – en sesión extraordinaria – el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de El Hoyo aprobó la Ordenanza 001/09. Ésta aprobaba la Ordenanza Tributaria de la localidad. Pero recién en las primeras semanas de febrero la población comenzó a enterarse del contenido de tal norma y a poco andar, fue conocida como el “impuestazo”.
No era para menos el bautizar así a la primera Ordenanza del año. Aumentos de tasas que iban de un 300 a un 800 por ciento le valieron el apodo. Dos ejemplos de un ajuste descabellado: una despensa- quiosco rural que pagaba 100 pesos, pasaba a abonar 800 (800 % de aumento); un restorán – parrilla que pagaba 300, debía pagar 1000 (340 %).
El sorpresivo engorde de los impuestos provocó el inmediato descontento de los contribuyentes. Éste se reflejó en la creciente presencia ciudadana en las sesiones del HCD, que las convirtió en verdaderas asambleas populares. La movilización tuvo su punto máximo la del 4 de marzo, con un centenar de vecinos amuchados en edificio del Legislativo. Exigían la derogación lisa y llana de la Ordenanza; y acompañaban su pedido con 571 firmas recolectadas en unos cuantos días.
La postura del bloque oficialista fue intransigente hasta el final: no derogarían la ley. Sólo aceptarían rever algunos puntos. Luego de cuatro horas de discusiones y presión de la gente, y ante el recalentamiento de la rechifla, aceptaron votar la derogación. Había dos propuestas: la del oficialismo, derogar la 001 y aplicar un 100 % de aumento general. Por la oposición, derogar simplemente y trabajar en una nueva norma, escuchando a la vecindad. Sorpresivamente, Ernesto Mellado, uno de los ediles del partido de gobierno, levantó su diestra junto a la oposición y la polémica tributaria quedó derogada.
Hasta aquí, una apretada crónica de los hechos. Esta semana el intendente Mario Breide debe vetar o promulgar la ordenanza que derogó la 001. … Pero, mejor, lea hasta el final…
Hecha la ley… De trampas, denuncias, etc.
La Ordenanza 001/09 fue aprobada en sesión extraordinaria, el 16 de enero, con la presencia del bloque oficialista. La oposición denunció su nulidad ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Provincia. Basó su pedido en el hecho de que la norma fue aprobada por sólo los cuatro votos del Partido Vecinal El Hoyo (PVEH). Los argumentos son que la aprobación de una normativa sobre impuestos y tasas debe hacerse por mayoría absoluta y que en el caso del HCD de El Hoyo, de siete miembros, la mayoría absoluta es de cinco votos.
¿Y entonces…? Usted preguntará… La 3098, de Corporaciones Municipales, dice en su artículo 35: “Todo aumento o creación de impuestos, contribuciones de mejoras y tasas, será sancionada por mayoría absoluta y del total de los miembros del Concejo”.
Otra Ley provincial, la 3893/93 de Quórum y régimen de mayorías, dice qué se debe entender por mayoría absoluta. En su artículo 2, reza: “Cuando la norma haga mención a la ‘mayoría absoluta’, o a la ‘mitad más uno’ del total de los miembros, de los presentes o de los votos emitidos, deberá entenderse como ‘más de la mitad’ de la cantidad considerada”; y agrega en el párrafo 4: “Cuando de la aplicación de una expresión fraccionaria o porcentual resultara una cantidad de miembros no entera, deberá completarse al entero siguiente.”
¿Y entonces…? (volverá a preguntar usted). El bloque oficial, comandado por el inefable José “Pepe” Bondel, arguye que la mayoría absoluta son cuatro. Es decir: la mitad (3,5) más… medio (0,5), igual a 4.
La resolución del disparate debe pasar por un dictamen del STJ que – a esta altura – sufre una inexplicable demora.
Ay, Gabo… Si Usted supiera…
El 4 de marzo, en medio de la indignación popular, el CD derogó la ordenanza 001/09. Lo hizo con los votos de Paul Huisman, de Proyección Vecinal del Chubut (ProVeCh); Silvia Larenas y Jonatan Cristh, del Frente para la Victoria (FPV); y el repentino opositor Mellado, del PVEH.
Pero la derogación de una Ordenanza también debe contar con la mayoría absoluta o “mitad más uno”. ¡¡¡¿¿¿Y entonces???!!! Acertó. La derogatoria de la nula 001 también sería nula… Y el absurdo se completará cuando Breide vete o promulgue una Ordenanza nula que derogó otra, también nula ¡promulgada por él! ¿No entiende? No se preocupe. Al igual que en aquella novela de García Márquez, aquí, a veces, los hechos se salen de cualquier lógica.
Comienza una semana decisiva en El Hoyo, un pueblito cordillerano que – a pasos firmes – va pa’ ser el Macondo de la Comarca…
Fuentes:
- Ordenanza 001/9
- Semanario Noticias de la Comarca. Edición de la 2º semana de febrero de 2009
- Ley provincial 3098. De Corporaciones Municipales
- Ley 3893. De Quórum – Régimen de mayorías
- Cien años de soledad. Gabriel García Márquez
- Vivencias propias
* DNI 18.000.947
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