Enviado por Marta Sahores
Impuso a las autoridades un plazo de tres días para que precisen cuál es el porcentaje de lo avanzado en la descontaminación
La Corte Suprema de la Nación consideró insuficientes las respuestas del Gobierno sobre el saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo, en su último informe presentado a fines de mes pasado y volvió a intimarlo para que cumpla con lo requerido por el Máximo Tribunal a principios de abril.
Los ministros consideraron que la Autoridad de Cuenca (Acumar) no precisó, "mediante el concreto porcentaje correspondiente a cada uno de los contenidos", las "pautas cuantitativas" oportunamente exigidas por la Justicia a principios de abril pasado.
En ese fallo, la Corte había determinado que las autoridades debían presentar "un informe circunstanciado sobre el íntegro y fiel cumplimiento llevado a cabo de todos los mandatos impuestos en la sentencia del 8 de julio de 2008" en referencia a la orden del organismo de sanear la Cuenca.
Es que el requerimiento judicial había estipulado que las autoridades debían "señalar separadamente para cada uno de los objetivos y resultados establecidos, en forma sinóptica, con rigurosa precisión y mediante la utilización de pautas cuantitativas, el grado en que han sido alcanzados ?al 31 de marzo de 2010- cada uno de los objetivos y resultados que integraron el programa de ejecución obligatoria impuesta en el fallo".
Impuso a las autoridades un plazo de tres días para que precisen cuál es el porcentaje de lo avanzado en la descontaminación
La Corte Suprema de la Nación consideró insuficientes las respuestas del Gobierno sobre el saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo, en su último informe presentado a fines de mes pasado y volvió a intimarlo para que cumpla con lo requerido por el Máximo Tribunal a principios de abril.
Los ministros consideraron que la Autoridad de Cuenca (Acumar) no precisó, "mediante el concreto porcentaje correspondiente a cada uno de los contenidos", las "pautas cuantitativas" oportunamente exigidas por la Justicia a principios de abril pasado.
En ese fallo, la Corte había determinado que las autoridades debían presentar "un informe circunstanciado sobre el íntegro y fiel cumplimiento llevado a cabo de todos los mandatos impuestos en la sentencia del 8 de julio de 2008" en referencia a la orden del organismo de sanear la Cuenca.
Es que el requerimiento judicial había estipulado que las autoridades debían "señalar separadamente para cada uno de los objetivos y resultados establecidos, en forma sinóptica, con rigurosa precisión y mediante la utilización de pautas cuantitativas, el grado en que han sido alcanzados ?al 31 de marzo de 2010- cada uno de los objetivos y resultados que integraron el programa de ejecución obligatoria impuesta en el fallo".
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