viernes, enero 07, 2011

Indoamericano: informe sobre los discursos discriminatorios en las coberturas periodísticas

Por INADI

El objetivo general de este estudio consistió en determinar si el tratamiento informativo sobre la toma del Parque Indoamericano entre los días 7 y 11 de diciembre de 2010, efectuado por distintos medios radiales y televisivos, involucró prácticas discursivas discriminatorias.

1. Introducción


Este informe surge de la labor conjunta de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación audiovisual (AFSCA), el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Consejo Nacional de las Mujeres (CNM) que conforman el Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión desde el año 2005 (1). El objetivo general del mismo es examinar si el tratamiento informativo sobre la toma del Parque Indoamericano entre los días 7 y 11 de diciembre de 2010 efectuado por distintos medios radiales y televisivos involucró prácticas discursivas discriminatorias.

2. Metodología de análisis

La selección del corpus incluyó el relevamiento de las coberturas televisivas respectivas a los días 7, 8, 9 10, 11 de diciembre. Se observaron las transmisiones de los canales América, 7, 9, 11 y 13 de televisión abierta y 5 (cinco) señales de continuidad informativa de televisión paga, América 24, Crónica TV, Canal 5 Noticias (C5N), Canal 26 y Todo Noticias (TN). En cuanto a la radio se hizo un relevamiento general de lo transmitido en esos días y se focalizó en emisoras que recibieron denuncias en el INADI y en este observatorio.

A partir del material seleccionado, se observó la articulación entre texto verbal y texto visual y las recurrencias en el tratamiento de la información prestando atención a:
a. Las expresiones discursivas

b. La caracterización de las/os actoras/es (cómo aparecen representadas/os a partir de su
denominación y a qué atributos y/o acciones se los/as asocia); y

c. Los elementos utilizados en la construcción de la noticia respecto a la creación, reproducción y difusión de estereotipos.

Para ello se tuvieron en cuenta especialmente cómo se construyeron los títulos y zócalos; el rol de los/as conductores/as, reporteros/as, presentadores/as y especialistas, las repeticiones de las imágenes, etc.

3. Discriminación en los medios de comunicación

Los medios de comunicación tienen un lugar central en la construcción de prácticas y representaciones. Son formadores de opinión y constituyen uno de los agentes de socialización más poderosos. En consecuencia, pueden producir y reproducir miradas discriminatorias. Bourdieu señala que “la televisión (y la radio), que pretenden ser un instrumento que refleja la realidad, acaba convirtiéndose en un instrumento que crea una realidad” (2).

El Plan Nacional contra la Discriminación (PNcD) declara que “Entendemos como práctica social discriminatoria a cualesquiera de las siguientes acciones:

a) crear y/o colaborar en la difusión de estereotipos de cualquier grupo humano por características reales o imaginarias, sean éstas del tipo que fueren, sean éstas positivas o negativas y se vinculen a características innatas o adquiridas;

b) hostigar, maltratar, aislar, agredir, segregar, excluir y/o marginar a cualquier miembro de un grupo humano del tipo que fuere por su carácter de miembro de dicho grupo;

c) establecer cualquier distinción legal, económica, laboral, de libertad de movimiento o acceso a determinados ámbitos o en la prestación de servicios sanitarios y/o educativos a un miembro de un grupo humano del tipo que fuere, con el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos o libertades fundamentales” (PNcD, 2005).

Asimismo, la Ley sobre Actos Discriminatorios, Nº 23.592, establece que se practica un acto de tal naturaleza cuando arbitrariamente se impide, obstruye, restringe o se menoscaba de cualquier forma el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales de las personas, reconocidos en la Constitución Nacional.

También resulta fundamental destacar que “las prácticas sociales discriminatorias no se explican por ninguna característica que posea la víctima de dichas prácticas, sino por las características del grupo social, sociedad o Estado que lleva a cabo el proceso discriminatorio” (PNcD, 2005).

A su vez todo proceso discriminatorio es un proceso de vulneración de derechos. De esta forma, toda situación de vulnerabilidad de un grupo responde a los problemas de una sociedad que discrimina, que lo hace víctima al negarle el ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos de los que toda persona es titular.

En consecuencia, es fundamental desentrañar el rol que en esa operación cumplen los estereotipos que se instalan como la forma natural de pensar, que sin embargo, tienen una carga valorativa, como la única posibilidad de percibir el rol que determinado sujeto o grupo social debe ocupar en una sociedad histórica. Asimismo, configuran modelos, formas y tipos de vínculos entre los miembros de la sociedad. En nuestra sociedad, con el objetivo de comunicar un mensaje claro y sintético en un lapso muy breve de tiempo, el estereotipo resulta un recurso esencial del discurso mediático. Nota completa

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