Por César Javier Ayala *
Trelew Chubut 20 de Julio de 2011
Promoción de juicio político ante el Concejo Deliberante de Trelew contra miembros del Tribunal Electoral Municipal de Trelew ante graves irregularidades que ameritan su remoción.
En el día de la fecha he presentado ante el Concejo Deliberante de Trelew una denuncia promoviendo juicio político contra los miembros del Tribunal Electoral Municipal (TEM). Dicha denuncia tiene sustento en una serie de graves hechos e irregularidades en que ha incurrido el TEM a lo largo del proceso electoral vecinal.
Con fecha 6 de Junio de 2011 en la primera reunión en que tuve oportunidad de expresarme recuse a los miembros del TEM a los que había denunciado penalmente en el año: 2009 entre otras cuestiones por la desaparición de más de 5000 fichas de empadronamiento, además por su comportamiento apreciaba una perdida total de la imparcialidad. De esta recusación hasta el día de hoy no se nos notifico lo resuelto si se resolvió. Como transcurría el tiempo con fecha 1 de julio de 2011 entre otros planteos solicitamos se resuelva la recusación y como dijimos hasta hoy nada. Y mas grave aun que esto el TEM sigue interviniendo en el proceso electoral, cuestión que nos enteramos por los medios de difusión que hasta dicen que nos dieron la baja de la lista pero no nos notifican a los fines que podamos saber por que y por supuesto apelarlo al Poder Judicial en busca de un control judicial suficiente de las graves irregularidades que advertimos.
Otra grave irregularidad consiste en el invento de un padrón a voluntad y sin sustento de fichas de empadronamiento como marca la norma ARTICULO 4 REPAV.
Existiendo un mecanismo expreso como es el REPAV articulo 4 donde se indica claramente como debe hacerse el padrón electoral provisorio, elige como dijimos inventar uno supuestamente basado en el padrón electoral del 20 de Marzo de 2011. Siendo tal el desprecio por la norma que hasta lo dijeron públicamente véase: diario El Chubut de fecha lunes 23 de mayo de 2011 donde Villarroel expresa “…Nosotros estamos trabajando con una base del padrón electoral que emitió la justicia para las elecciones del 20 de marzo…” Y casi burlonamente manifestaba “…pero Ayala sostiene que el padrón debe estar respaldado por fichas..”. Y por supuesto que eso decía por que surge así del artículo 4 del REPAV.
Falta de publicidad suficiente del acto eleccionario-incumplimiento de mandas expresas respecto a publicidad que debe darse del padrón provisorio atento que no se exhibieron los padrones provisorios en establecimientos escolares y/o en otros organismos públicos en franco incumplimiento del ARTICULO 5 DEL REPAV.
Violación de la libertad de asociación – uso indebido del nombre y del domicilio de personas que no prestaron conformidad ni para ser miembros de la asociación vecinal ni para que ser incluidos en un padrón no obligatorio- todo esto generando la posibilidad de que se inicien juicios contra la Municipalidad de Trelew.
No puedo y no podemos los vecinos seguir soportando las irregularidades que se repiten elección tras elección vecinal. Hace falta que actúen las instituciones y depuren el sistema de funcionarios que se repiten en querer ser el centro de atracción de las elecciones y cometiendo violaciones de las normas más que evidentes. Esperemos que el Concejo Deliberante y los demás Organismos Municipales hagan cumplir las normas que hoy no se cumplen.
* DNI 21661112 - Presidente de la Asociación Vecinal de Trelew
Nota relacionada: Trelew: la Asociación Vecinal Centro afirma que el padrón barrial tiene menos de 30 personas
Trelew Chubut 20 de Julio de 2011
Promoción de juicio político ante el Concejo Deliberante de Trelew contra miembros del Tribunal Electoral Municipal de Trelew ante graves irregularidades que ameritan su remoción.
En el día de la fecha he presentado ante el Concejo Deliberante de Trelew una denuncia promoviendo juicio político contra los miembros del Tribunal Electoral Municipal (TEM). Dicha denuncia tiene sustento en una serie de graves hechos e irregularidades en que ha incurrido el TEM a lo largo del proceso electoral vecinal.
Con fecha 6 de Junio de 2011 en la primera reunión en que tuve oportunidad de expresarme recuse a los miembros del TEM a los que había denunciado penalmente en el año: 2009 entre otras cuestiones por la desaparición de más de 5000 fichas de empadronamiento, además por su comportamiento apreciaba una perdida total de la imparcialidad. De esta recusación hasta el día de hoy no se nos notifico lo resuelto si se resolvió. Como transcurría el tiempo con fecha 1 de julio de 2011 entre otros planteos solicitamos se resuelva la recusación y como dijimos hasta hoy nada. Y mas grave aun que esto el TEM sigue interviniendo en el proceso electoral, cuestión que nos enteramos por los medios de difusión que hasta dicen que nos dieron la baja de la lista pero no nos notifican a los fines que podamos saber por que y por supuesto apelarlo al Poder Judicial en busca de un control judicial suficiente de las graves irregularidades que advertimos.
Otra grave irregularidad consiste en el invento de un padrón a voluntad y sin sustento de fichas de empadronamiento como marca la norma ARTICULO 4 REPAV.
Existiendo un mecanismo expreso como es el REPAV articulo 4 donde se indica claramente como debe hacerse el padrón electoral provisorio, elige como dijimos inventar uno supuestamente basado en el padrón electoral del 20 de Marzo de 2011. Siendo tal el desprecio por la norma que hasta lo dijeron públicamente véase: diario El Chubut de fecha lunes 23 de mayo de 2011 donde Villarroel expresa “…Nosotros estamos trabajando con una base del padrón electoral que emitió la justicia para las elecciones del 20 de marzo…” Y casi burlonamente manifestaba “…pero Ayala sostiene que el padrón debe estar respaldado por fichas..”. Y por supuesto que eso decía por que surge así del artículo 4 del REPAV.
Falta de publicidad suficiente del acto eleccionario-incumplimiento de mandas expresas respecto a publicidad que debe darse del padrón provisorio atento que no se exhibieron los padrones provisorios en establecimientos escolares y/o en otros organismos públicos en franco incumplimiento del ARTICULO 5 DEL REPAV.
Violación de la libertad de asociación – uso indebido del nombre y del domicilio de personas que no prestaron conformidad ni para ser miembros de la asociación vecinal ni para que ser incluidos en un padrón no obligatorio- todo esto generando la posibilidad de que se inicien juicios contra la Municipalidad de Trelew.
No puedo y no podemos los vecinos seguir soportando las irregularidades que se repiten elección tras elección vecinal. Hace falta que actúen las instituciones y depuren el sistema de funcionarios que se repiten en querer ser el centro de atracción de las elecciones y cometiendo violaciones de las normas más que evidentes. Esperemos que el Concejo Deliberante y los demás Organismos Municipales hagan cumplir las normas que hoy no se cumplen.
* DNI 21661112 - Presidente de la Asociación Vecinal de Trelew
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