Por FES Andina
Hemos recibido el proyecto de Ordenanza, elaborada por la Concejal Teresa Hube, para declarar la "emergencia educativa y edilicia del CEM 30 y del CEM 48 de El Bolsón".
PROYECTO n º 71 /2011 de DECLARACION
VISTO: El art. 101, inciso 3 de la C.O.M. que dice: “Deberes y Atribuciones del Poder Legislativo: …3) dictar declaraciones”, el art. 18 que dice: “Es obligación del Estado remover todos los obstáculos que limiten los derechos de cualquier índole e impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación de los habitantes en la vida política, económica o social de la comunidad- El Municipio, mediante acciones positivas, garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso y goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales” , el art. la Comunicación nº 25/11 y la nota presentada bajo el número de ingreso 657 y
CONSIDERANDO:
Que se peticiona el acompañamiento de los Estudiantes Secundarios de las escuelas CEM 30 y CEM 48 respecto de las dificultades que arrastran por lo menos desde el año 2008 en torno a necesidades insatisfechas para un normal y buen dictado de clases
Que el conflicto se prolonga en el tiempo, con promesas de arreglos que no se producen, quedando pendientes soluciones estructurales reclamadas por la comunidad educativa
Que desde Supervisión Escolar se dispuso suspender el dictado de clases, lo que lleva una semana, supuestamente para realizar los arreglos requeridos
Que nos preocupa que la situación permanezca en una meseta en el tiempo, sin llegarse a acertar ni a arreglar el edificio, ni a buscar ámbitos idóneos para el dictado de clases
Que el Municipio está presente en la medida de sus posibilidades, y una vez más habremos de acompañar al alumnado requirente, agradeciendo que tengamos una juventud que puede, quiere y elije expresarse.
Que es función del Estado provincial el asegurar la educación y el dictado de clases, entendiendo este Concejo Deliberante que se están produciendo hechos que exigen un tratamiento excepcional para con la situación planteada
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE El BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION:
Artículo 1º: DECLARASE la emergencia educativa y edilicia del CEM 30 y del CEM 48 de El Bolsón.-
Artículo 2º: SOLICITESE al Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios para el cumplimiento de las obligaciones del dictado de clases en condiciones de seguridad y salubridad de los jóvenes que concurren a los CEM citados.-
Artículo 3º: REGISTRESE, promúlguese, comuníquese al Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro, a la Federación de Estudiantes Secundarios de El Bolsón, y a la UNTER, publíquese y cumplido, archívese.
Nota relacionada: CHARLA DEBATE: EN DEFENSA DEL BOSQUE Y LA TIERRA
Hemos recibido el proyecto de Ordenanza, elaborada por la Concejal Teresa Hube, para declarar la "emergencia educativa y edilicia del CEM 30 y del CEM 48 de El Bolsón".
PROYECTO n º 71 /2011 de DECLARACION
VISTO: El art. 101, inciso 3 de la C.O.M. que dice: “Deberes y Atribuciones del Poder Legislativo: …3) dictar declaraciones”, el art. 18 que dice: “Es obligación del Estado remover todos los obstáculos que limiten los derechos de cualquier índole e impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación de los habitantes en la vida política, económica o social de la comunidad- El Municipio, mediante acciones positivas, garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso y goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales” , el art. la Comunicación nº 25/11 y la nota presentada bajo el número de ingreso 657 y
CONSIDERANDO:
Que se peticiona el acompañamiento de los Estudiantes Secundarios de las escuelas CEM 30 y CEM 48 respecto de las dificultades que arrastran por lo menos desde el año 2008 en torno a necesidades insatisfechas para un normal y buen dictado de clases
Que el conflicto se prolonga en el tiempo, con promesas de arreglos que no se producen, quedando pendientes soluciones estructurales reclamadas por la comunidad educativa
Que desde Supervisión Escolar se dispuso suspender el dictado de clases, lo que lleva una semana, supuestamente para realizar los arreglos requeridos
Que nos preocupa que la situación permanezca en una meseta en el tiempo, sin llegarse a acertar ni a arreglar el edificio, ni a buscar ámbitos idóneos para el dictado de clases
Que el Municipio está presente en la medida de sus posibilidades, y una vez más habremos de acompañar al alumnado requirente, agradeciendo que tengamos una juventud que puede, quiere y elije expresarse.
Que es función del Estado provincial el asegurar la educación y el dictado de clases, entendiendo este Concejo Deliberante que se están produciendo hechos que exigen un tratamiento excepcional para con la situación planteada
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE El BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION:
Artículo 1º: DECLARASE la emergencia educativa y edilicia del CEM 30 y del CEM 48 de El Bolsón.-
Artículo 2º: SOLICITESE al Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios para el cumplimiento de las obligaciones del dictado de clases en condiciones de seguridad y salubridad de los jóvenes que concurren a los CEM citados.-
Artículo 3º: REGISTRESE, promúlguese, comuníquese al Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro, a la Federación de Estudiantes Secundarios de El Bolsón, y a la UNTER, publíquese y cumplido, archívese.
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