miércoles, noviembre 16, 2011

Educación semipresencial: alumnos y docentes piden que no se cierre la escuela de Aldea Sepaucal

Por Escuela Abierta Semipresencial Nº 908

Es preciso cuestionar la efectividad de los modelos focalizados, así como prevenir cierta tendencia a identificar “universalidad” con “estrategias homogéneas” y desconsiderar las particularidades locales

Aldea Sepaucal se encuentra ubicada en la meseta centro norte de la provincia del Chubut, en el departamento Telsen, a 60 Km. de la localidad de Telsen, cabecera del departamento homónimo; y a 250 Km. aproximadamente del centro urbano más poblado, (Puerto Madryn, Trelew, Rawson). A la misma se accede por la ruta provincial N° 4, a unos 17 Km. de la misma hacia el norte, (latitud 42° 16’, longitud 67° 24’ y 734 metros de altura sobre el nivel del mar) , Sección A I, Fracción B del distrito Telsen.
Según Casamiquela. R. “Se trata de un topónimo tehuelche septentrional, referido a una caliza blanca (sëpáu-qël(é)” . Para los pobladores del lugar el nombre hace referencia a Lugar de lana/s . Sepaucal se caracteriza por estar ubicada en un mallín con vertientes naturales que confluyen en un pequeño arroyo que desemboca en una laguna de alto contenido de sal, denominada Laguna Sepaucal.

Origen de la Escuela Abierta Semipresencial del Chubut

A mediados de 1994, la población de jóvenes sin posibilidad de acceder a los estudios de nivel medio superaban los 15, fue por iniciativa de los pobladores y del actual coordinador, que se presentó ante las autoridades del Ministerio de Educación un proyecto para que se abriera un núcleo en Aldea Sepaucal, como anexo del núcleo de Telsen.

En abril de 1995 se dio inicio, de manera formal, el dictado de clases para los jóvenes con una matrícula de 10 alumnos, bajo el Proyecto Educación y Trabajo. Después de sufrir cambios de horarios, cambios de períodos, de directores que no aprobaban el sistema semipresencial, de no contar con un aula para trabajar en forma estable, problemas que nos hicieron perder prácticamente más de un año, el núcleo consiguió consolidarse institucionalmente. En el año 2000 se aprobó el Polimodal para escuelas rurales y en el 2003 tuvimos nuestros primeros egresados.

Los primeros egresados fueron tres hermanos, Vilma, Sandra y Daniel Curaqueo. Todos descendientes de los pueblos originarios. En la actualidad, gracias a que pudieron tener acceso a la educación secundaria:

 Daniel se desempeña en la planta estable de ALUAR S.A. luego de concursar y aprobar el examen, por demás riguroso de la empresa privada; “si no fuera porque terminé el poli no entraba, competí contra egresados de escuelas técnicas y salí segundo” . Vive en Pto. Madryn, está casado y tiene una hija de un año.

 Vilma contrajo matrimonio en la localidad de Telsen y hasta el año pasado fue presidente de la cooperadora escolar. En la actualidad es vicepresidente de la cooperativa eléctrica y candidata a juez de paz de la localidad de Telsen.

 Sandra trabaja en la escuela Nº 92 de Aldea Sepaucal realizando distintas labores, entre ellas tareas administrativas.

Estos tres alumnos al acceder al nivel medio adquirieron conocimientos, habilidades y nuevas herramientas que les permitieron desenvolverse en el ámbito urbano y ser lo que son en la actualidad. Se podría seguir nombrando el resto de los alumnos que pasaron y terminaron. Todos con buenos empleos, y con una vida digna, tanto familiar como social.

Una aldea orgullosa

Para la comunidad de Aldea Sepaucal, los últimos egresados son motivo de orgullo: Sergio Alejandro Monteros (Promoción 2009) está cursando Ciencias Políticas a distancia en la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco y lo hace desde la aldea a través de Internet. Pero no sólo estudia, también es un gran promotor social ya que con la aprobación de un proyecto de intervención comunitaria de tercer año, logró la concreción de un invernáculo comunitario, con el asesoramiento del INTA. Mariana Jatib (Promoción 2010) se encuentra estudiando abogacía en Trelew, también en la UNPSJB, y realiza clase de apoyo en el barrio Tiro Federal de Trelew para costear sus estudios.

En la actualidad el núcleo tiene una matrícula de seis alumnos que asisten en forma semipresencial de lunes a viernes, de los cuales uno concurre a primer año, tres a segundo y dos en tercero. Entre las dos alumnas que terminan en el presente ciclo lectivo, Jackelín tiene pensado estudiar en la escuela de cadetes de policía y Manuela, maestra jardinera. Demás está decirlo, casi todos trabajan; con sólo acercarse a la aldea se puede comprobar.

Todos estos alumnos y los que no se nombran son motivo de orgullo para la comunidad de Aldea Sepaucal, porque de otra manera ninguno de ellos podría seguir con estudios superiores u obtener mejores empleos. Si la aldea no contaba con la EAS y con todas las posibilidades que le brinda al alumno a través de la Modalidad Semipresencial para que culminen el secundario, jamás hubieran estudiado y por ende mejorado su calidad de vida.

Defender nuestros derechos

Si se cierra la escuela, los actuales alumnos y los futuros no podrán continuar sus estudios de nivel medio por más que sea obligatorio, ya que no lo harán por razones económicas. Y por ende, en nuestra provincia vamos a tener ciudadanos de primera y de segunda siendo el interior provincial, obviamente, de segunda.

Nos preguntamos qué pasa con la escuela inclusiva, el arraigo, con el conocimiento como bien público. La decisión de cerrar un núcleo realizada por DECRETO, dejan entrever el sesgo autoritario de la misma, no respeta la Carta Magna Nacional, la Constitución Provincial ni la ley Nº VIII Nº 91, de la Ley de Educación de la Provincia del Chubut. De la misma podemos extraer distintos artículos que hablan de la inclusión, un derecho personal y social garantizado por el Estado Provincial, del conocimiento como bien social, etc., pero nos quedamos con el Art. 6º.- El Estado Provincial tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos los habitantes, asegurando la igualdad, gratuidad, equidad y justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias.

Dado que la Escuela Abierta Semipresencial desde hace tiempo ha dado respuesta pedagógica a nuestra aldea no queremos que se cierre el núcleo, ni se transforme en otra cosa, ni menos aún cambie su nombre. Existe una fuerte identidad basada en la semipresencialidad y en el logro concreto de la igualdad de oportunidades que tanto promueve el gobierno provincial. Por último, creemos que el derecho a la educación en nuestra legislación nacional y provincial es abarcador y actual. Detallamos a continuación una lista que avala nuestro derecho a recibir una educación de calidad, inclusiva, que respete el arraigo, la pertenencia y la integración familiar y social. A saber:

- 1853, Constitución de la Nación Argentina, Primera Parte, Capítulo Primero, Declaraciones, derechos y garantías, Art. 14.-, sostiene que todos los habitantes de la nación gozan –entre otros- del derecho a enseñar y aprender, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio.

- 1884, Ley de Educación Común Nº 1.420, Consagra la instrucción primaria obligatoria, gratuita y gradual.

- 1905, Ley Nº 4.874, denominada Ley Láinez, establece la creación de escuelas primarias nacionales en las provincias.

- 1938, Ley 12.558, Ley Palacios, otorga asistencia médico-social a la niñez en edad escolar.

- 1991, Ley de Transferencia de los servicios educativos nacionales a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires, Nº 24.049.

- 1993, Ley Federal de Educación Nº 24.195.

- 1994, Reforma constitucional (Art 75. Inciso 19): otorga al Congreso Nacional la responsabilidad de sancionar leyes que organicen la educación, asegurando la responsabilidad indelegable del Estado, garantizando los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal.

- 1995, Ley Nº 24.521 de Educación Superior.

- 2004, Ley Nº 25.864, Ley de garantía de duración del ciclo lectivo.

- 2005, Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional.

- 2005, Ley Nº 26.075 de Financiamiento Educativo.
2005, Ley Nº 24.016 de Jubilación Docente.
- 2005, Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

- Ley de Educación Nacional Nº 26.206.
- ley Nº VIII Nº 91, de la Ley de Educación de la Provincia del Chubut

Firman los alumnos y docente de EAS Nº 908/2 de Aldea Sepaucal. SERA JUSTICIA

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