Enviado por Ángel Callupil
La resolución 740/2011 del Juez Federal de La Rioja Dr. Daniel Herrera Piedrabuena en el Expte. Angelelli Enrique Ángel s/ HOMICIDIO es un paso importantísimo, largamente esperado, en el camino hacia la condena de los asesinos de Mons. Angelelli. Dicha resolución – del 24 de noviembre/11 - dicta el procesamiento por homicidio calificado en el caso de Mons. Angelelli, tentativa de homicidio en el de su acompañante Arturo Pinto, y asociación ilícita a los militares Jorge Rafael Videla, Albano Eduardo Harguindeguy, Luciano Benjamín Menéndez, Luis Fernando Estrella y al comisario Juan Carlos Romero. A todos se les establece prisión preventiva, aunque salvo Videla, el resto lo hará en el régimen de detención domiciliaria, por razones de salud. Igualmente fue suspendido el proceso al militar Edilio Cristobal Di Cesare, ex jefe de policía de La Rioja, por “incapacidad mental”. Varios más, como el Teniente Coronel Osvaldo Pérez Battaglia, el Coronel Jorge Pedro Malagamba y Comodoro Lázaro Antonio Aguirre, que incluimos en nuestra solicitud como querellantes por su responsabilidad y participación en el atentado criminal son mencionados en la resolución, aunque excluidos del proceso por fallecimiento.
En nuestro carácter de querellantes, tanto María Elena Coseano, sobrina de Monseñor, como Luis Miguel Baronetto, por el Centro Tiempo Latinoamericano, destacamos el hecho porque indica un avance fundamental en la reversión de una larga historia de impunidad no sólo por las maniobras judiciales con las que se buscó ocultar el crimen, sino también de los sectores eclesiásticos, que conociendo la verdad de lo sucedido desde el mismo 4 de agosto de 1976, la negaron por su connivencia y complicidad con el terrorismo de estado. Así lo ha declarado el propio imputado ex general Jorge Rafael Videla en este expediente, al relatar su encuentro con el Nuncio Apostólico Pio Laghi: “…sin hesitar me respondió: Presidente, la Iglesia tiene asumido que el fallecimiento de Mons. Angelelli, fue producto (sic) por un accidente; Ud. puede dormir tranquilo respecto de este asunto”.
Las primeras actuaciones de la justicia riojana fueron archivadas a fines del mismo mes de agosto de 1976, por el juez Vigo, ex auditor de la policía federal, designado en sus funciones pocos días antes del crimen. Reabierta la investigación en 1984, el juez provincial Aldo Morales en 1986, en base a las pruebas acumuladas, resolvió que la muerte de Monseñor Angelelli había sido producto de un “homicidio fríamente premeditado y esperado por la víctima”, como lo sosteníamos tanto los familiares como sus discípulos cordobeses y feligreses riojanos. Esta resolución sufrió sucesivas apelaciones hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y terminó en la Cámara Federal de Córdoba, para ser clausurada por las leyes de punto final y obediencia debida en 1990. No fueron ajenas a estos aspectos jurídicos las presiones del poder político y de la cúpula eclesiástica, según lo señalamos en aquellos años. Y se comprende mejor ahora a la luz de lo expresado en el reciente dictamen, con el testimonio de Aurelio Ortiz, entonces secretario del obispo asesinado, al revelar que el Cardenal Primatesta, ante varios testigos expresó: “Vamos a aceptar la teoría del accidente para que nos dejen investigar tranquilos”. Investigación que nunca se conoció, ni se sabe que se haya realizado…
No fueron casuales las maniobras y presiones eclesiásticas y políticas, hasta que las leyes de impunidad paralizaron el camino judicial. La anulación de esta legislación en el año 2006 posibilitó la reapertura de la causa, que avanzó en nuevas evidencias del atentado criminal, acreditado por el Juez Herrera Piedrabuena como “homicidio por accidente de tránsito provocado”.
Entre las valoraciones efectuadas merecen destacarse las sucesivas declaraciones del único acompañante y sobreviviente el ex sacerdote Arturo Pinto, tantas veces denostado por interesados medios de prensa en manos de los beneficiarios del terrorismo de estado.
El fallo señala las irregularidades del sumario inicial, firmado en forma coactiva por el empleado policial, que ahora ha revelado nuevos detalles. Menciona también en el lugar del hecho, a las pocas horas del “accidente”, la presencia de un “capitán Maggi” y del comisario “La Bruja” Romero, jefe del D2 riojano, ahora procesado, quienes apartaron de las primeras actuaciones a los policías del lugar. Como parte de las maniobras para ocultar el atentado también ha sido considerado el sumario “paralelo” realizado por la policía de la ciudad de La Rioja, ajena al escenario de los hechos, ese mismo día; y que fuera entregado en original por un ex policía – en confesión - a Mons. Carmelo Giaquinta, y aportado a la causa por los querellantes del obispado riojano.
Ha quedado consolidada la prueba para sostener la provocación del atentado criminal mediante la intervención del vehículo color claro que se interpuso a la camioneta que conducía Mons. Angelelli, ocasionando su vuelco fatal. Varios testimonios, incluidos los policías de la zona, ratificaron la existencia del vehículo siempre mencionado por el acompañante Arturo Pinto. Y el chapista que reparó la camioneta de Mons. Angelelli declaró que ésta “de color blanco hielo, tenía una mancha como si hubiese sido rozada por un auto blanco tiza”.
El paso del tiempo y las deliberadas trabas, ocultas o explícitas, impidieron la individualización de otros autores, inmediatos o mediatos, entre ellos los cómplices civiles que alentaron el crimen. Varios de los individualizados no podrán ser juzgados por haber fallecido. A uno de los imputados, el mayor Edilio Di Cesare, entonces jefe de policía, se le suspendió el proceso por “incapacidad mental”. Otros cuatro - Menéndez, Harguindeguy, Estrella y Romero - cumplirán la prisión preventiva en sus domicilios. Sólo Jorge Rafael Videla seguirá detenido en la cárcel de Campo de Mayo (Bs. As.) Estas secuelas de la impunidad pueden agravarse si se demora la elevación juicio, toda vez que las estrategias de las defensas de los imputados se asientan en obstaculizar el proceso mediante cadenas de apelaciones, que les permitan ganar tiempo, mientras los criminales siguen envejeciendo sin las merecidas condenas. No queremos que los principales autores de estos delitos se vayan a la tumba sin pagar sus crímenes. Para que realmente haya justicia, el proceso debe concluir con la inmediata elevación a juicio y la condena en cárcel común. Esa es nuestra exigencia. Y debería ser también de las jerarquías eclesiásticas que siempre se excusaron a la espera de la palabra judicial que ahora ha sido pronunciada.
Córdoba, 5 de diciembre de 2011
Querellantes: Marilé Coseano, sobrina de Mons. Angelelli y Luis Miguel Baronetto, por el Centro Tiempo Latinoamericano.
Nota relacionada: Opinión: “La 'muerte' de Monseñor Angelelli”
La resolución 740/2011 del Juez Federal de La Rioja Dr. Daniel Herrera Piedrabuena en el Expte. Angelelli Enrique Ángel s/ HOMICIDIO es un paso importantísimo, largamente esperado, en el camino hacia la condena de los asesinos de Mons. Angelelli. Dicha resolución – del 24 de noviembre/11 - dicta el procesamiento por homicidio calificado en el caso de Mons. Angelelli, tentativa de homicidio en el de su acompañante Arturo Pinto, y asociación ilícita a los militares Jorge Rafael Videla, Albano Eduardo Harguindeguy, Luciano Benjamín Menéndez, Luis Fernando Estrella y al comisario Juan Carlos Romero. A todos se les establece prisión preventiva, aunque salvo Videla, el resto lo hará en el régimen de detención domiciliaria, por razones de salud. Igualmente fue suspendido el proceso al militar Edilio Cristobal Di Cesare, ex jefe de policía de La Rioja, por “incapacidad mental”. Varios más, como el Teniente Coronel Osvaldo Pérez Battaglia, el Coronel Jorge Pedro Malagamba y Comodoro Lázaro Antonio Aguirre, que incluimos en nuestra solicitud como querellantes por su responsabilidad y participación en el atentado criminal son mencionados en la resolución, aunque excluidos del proceso por fallecimiento.
En nuestro carácter de querellantes, tanto María Elena Coseano, sobrina de Monseñor, como Luis Miguel Baronetto, por el Centro Tiempo Latinoamericano, destacamos el hecho porque indica un avance fundamental en la reversión de una larga historia de impunidad no sólo por las maniobras judiciales con las que se buscó ocultar el crimen, sino también de los sectores eclesiásticos, que conociendo la verdad de lo sucedido desde el mismo 4 de agosto de 1976, la negaron por su connivencia y complicidad con el terrorismo de estado. Así lo ha declarado el propio imputado ex general Jorge Rafael Videla en este expediente, al relatar su encuentro con el Nuncio Apostólico Pio Laghi: “…sin hesitar me respondió: Presidente, la Iglesia tiene asumido que el fallecimiento de Mons. Angelelli, fue producto (sic) por un accidente; Ud. puede dormir tranquilo respecto de este asunto”.
Las primeras actuaciones de la justicia riojana fueron archivadas a fines del mismo mes de agosto de 1976, por el juez Vigo, ex auditor de la policía federal, designado en sus funciones pocos días antes del crimen. Reabierta la investigación en 1984, el juez provincial Aldo Morales en 1986, en base a las pruebas acumuladas, resolvió que la muerte de Monseñor Angelelli había sido producto de un “homicidio fríamente premeditado y esperado por la víctima”, como lo sosteníamos tanto los familiares como sus discípulos cordobeses y feligreses riojanos. Esta resolución sufrió sucesivas apelaciones hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y terminó en la Cámara Federal de Córdoba, para ser clausurada por las leyes de punto final y obediencia debida en 1990. No fueron ajenas a estos aspectos jurídicos las presiones del poder político y de la cúpula eclesiástica, según lo señalamos en aquellos años. Y se comprende mejor ahora a la luz de lo expresado en el reciente dictamen, con el testimonio de Aurelio Ortiz, entonces secretario del obispo asesinado, al revelar que el Cardenal Primatesta, ante varios testigos expresó: “Vamos a aceptar la teoría del accidente para que nos dejen investigar tranquilos”. Investigación que nunca se conoció, ni se sabe que se haya realizado…
No fueron casuales las maniobras y presiones eclesiásticas y políticas, hasta que las leyes de impunidad paralizaron el camino judicial. La anulación de esta legislación en el año 2006 posibilitó la reapertura de la causa, que avanzó en nuevas evidencias del atentado criminal, acreditado por el Juez Herrera Piedrabuena como “homicidio por accidente de tránsito provocado”.
Entre las valoraciones efectuadas merecen destacarse las sucesivas declaraciones del único acompañante y sobreviviente el ex sacerdote Arturo Pinto, tantas veces denostado por interesados medios de prensa en manos de los beneficiarios del terrorismo de estado.
El fallo señala las irregularidades del sumario inicial, firmado en forma coactiva por el empleado policial, que ahora ha revelado nuevos detalles. Menciona también en el lugar del hecho, a las pocas horas del “accidente”, la presencia de un “capitán Maggi” y del comisario “La Bruja” Romero, jefe del D2 riojano, ahora procesado, quienes apartaron de las primeras actuaciones a los policías del lugar. Como parte de las maniobras para ocultar el atentado también ha sido considerado el sumario “paralelo” realizado por la policía de la ciudad de La Rioja, ajena al escenario de los hechos, ese mismo día; y que fuera entregado en original por un ex policía – en confesión - a Mons. Carmelo Giaquinta, y aportado a la causa por los querellantes del obispado riojano.
Ha quedado consolidada la prueba para sostener la provocación del atentado criminal mediante la intervención del vehículo color claro que se interpuso a la camioneta que conducía Mons. Angelelli, ocasionando su vuelco fatal. Varios testimonios, incluidos los policías de la zona, ratificaron la existencia del vehículo siempre mencionado por el acompañante Arturo Pinto. Y el chapista que reparó la camioneta de Mons. Angelelli declaró que ésta “de color blanco hielo, tenía una mancha como si hubiese sido rozada por un auto blanco tiza”.
El paso del tiempo y las deliberadas trabas, ocultas o explícitas, impidieron la individualización de otros autores, inmediatos o mediatos, entre ellos los cómplices civiles que alentaron el crimen. Varios de los individualizados no podrán ser juzgados por haber fallecido. A uno de los imputados, el mayor Edilio Di Cesare, entonces jefe de policía, se le suspendió el proceso por “incapacidad mental”. Otros cuatro - Menéndez, Harguindeguy, Estrella y Romero - cumplirán la prisión preventiva en sus domicilios. Sólo Jorge Rafael Videla seguirá detenido en la cárcel de Campo de Mayo (Bs. As.) Estas secuelas de la impunidad pueden agravarse si se demora la elevación juicio, toda vez que las estrategias de las defensas de los imputados se asientan en obstaculizar el proceso mediante cadenas de apelaciones, que les permitan ganar tiempo, mientras los criminales siguen envejeciendo sin las merecidas condenas. No queremos que los principales autores de estos delitos se vayan a la tumba sin pagar sus crímenes. Para que realmente haya justicia, el proceso debe concluir con la inmediata elevación a juicio y la condena en cárcel común. Esa es nuestra exigencia. Y debería ser también de las jerarquías eclesiásticas que siempre se excusaron a la espera de la palabra judicial que ahora ha sido pronunciada.
Córdoba, 5 de diciembre de 2011
Querellantes: Marilé Coseano, sobrina de Mons. Angelelli y Luis Miguel Baronetto, por el Centro Tiempo Latinoamericano.
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