Por Asamblea en Defensa del Agua y de la Tierra
Mallín Ahogado, 24 de Febrero de 2012.
Gobernador
Provincia de Río Negro
Sr. Alberto Weretilneck:
De nuestra mayor consideración:
Queremos plantear a Ud. cinco temas principales a tener en
cuenta al momento de evaluar el PROYECTO LADERAS:
1- Que las tierras del proyecto conforme se pensó
inicialmente en 606 has. que la provincia donó mediante la Ley 3358 al CAP con la
prohibición expresa de tercerizar, que contó con la anuencia de la población.
Años después, al momento de la licitación, se incrementa la superficie afectada
a 5055 has. (ver anexo I) en absoluto desconocimiento de la población. De
éstas, las 850 has. que involucran la
Pampa de Ludden están en proceso de investigación penal a
raíz de las denuncias de los Legisladores Bardeggia y Bonardo,
2- La
Licitación del llamado desarrollo integral del Cerro Perito
Moreno, adolece de nulidad absoluta atento a las numerosas irregularidades que
contiene su proceso (ver anexo II):
1-Se concesionaron 2100 has. dentro de zona roja de bosque
de Lenga (ley 26331) y en zona peri-glaciar
2-Incumplimiento del objeto de la licitación.
3-Falsedades en el pliego
4-Direccionalidad a favor de Maximiliano Mazza
3- Actuación del CODEMA: Nos vimos compelidos a iniciar
Mandamus ante el Superior Tribunal de Justicia, ante la violación de la Ley 3266 por parte del CODEMA,
por carecer de audiencia pública y por haberse violado el procedimiento de
Evaluación de Impacto Ambiental, en la pretensión de la construcción de una
nueva planta urbana de dimensiones mayores que la ciudad de El Bolsón.
4-Reserva de la Biosfera Andino Nor-Patagónica (declarada por la UNESCO en el 2007): Toda el
área se encuentra en zona de amortiguación, lo cual impide urbanizaciones. El
accionar del CODEMA pone en riesgo la existencia misma de la reserva como tal.
5- Fuente de agua: La Pampa de Ludden es un acuífero que nutre de agua
a los Arroyos Bartolo, Negro, del Medio y la red de canales de Mallín ahogado,
que sería drenada y contaminada por la urbanización que se pretende. Estas
aguas son las que estamos tomando 3000 pobladores rurales y con ellas regamos
nuestras chacras.
6- Zona Rural: Adherimos en lo dispuesto en el art 10 de la
carta orgánica de El Bolsón cuando dice:
“En la localización de las actividades antrópicas y en el
desarrollo de asentamientos humanos se deberá considerar en forma prioritaria
la vocación de cada zona o región en función de los recursos ambientales y la
sustentabilidad social económica y ecológica. En innumerables oportunidades nos
hemos manifestado siempre a favor de la ruralidad como modo de vida.
GARANTIZAR EL DERECHO AL AGUA COMO UN DERECHO HUMANO
INALIENABLE PARA LA VIDA ES
GOBERNAR PARA TODOS
Nota relacionada: Mallín Ahogado: Club Andino Piltriquitrón vs. Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra
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