Por Fernando Urbano *
A propósito de la desfinanciación de la Obra Social
Provincial, que ha obligado al gobierno a considerar un aumento de los aportes
que realiza la patronal y empleados públicos, considero que es oportuno
recordar la forma de como se liquidan las dietas los diputados provinciales,
los mismos que definitiva tendrán que actuar para el dictado de normas para
sanear dicha Institución.
Una parte de la dieta la continúan cobrando “en negro”
esquivando el pago de aportes a la caja de jubilación, y obra social, a través
de una figura inventada llamada “gastos de bloque”. Hay que observar que no han
cesado con esta práctica ilegal sino que
además que, por voto de la mayoría, la han fortalecido a través de la Resolución 62/2012, por
la cual se decidió incrementar los “gastos de bloque” de 9.120$ a 12.000$
(31,5% de aumento). Este dinero lo reciben cada uno de los 27 legisladores,
vicegobernador, secretario legislativo y secretario habilitado.
Si bien esta práctica data de muchos años atrás no significa
que por ello sea legal. Tampoco sirve la excusa de un fallo judicial del año
1.992 por el cual se avaló que este
adicional no fuera remunerativo ya que el mismo se realizó con anterioridad a
la actual Ley de Previsión Social Nº: 3923 sancionada en el año 1994. Al mismo
tiempo se debería repasar las recientes sentencias emitidas por la Suprema Corte de
Justicia, que dejan claro que debe considerarse remuneración todo ingreso que
percibiere el empleado por cualquier concepto. Obsérvese que este nuevo
criterio judicial deja el camino libre a quienes en el futuro realicen juicios
al ISSYS, reclamando por sus derechos.
Afortunadamente hay nuevos aires en la composición del
cuerpo legislativo actual ya que son muchos
los legisladores que ya se han manifestado en contra de dicho pago “en
negro”. Es que no hay justificativos para seguir sosteniendo este vergonzoso
ardid, defendido por algunos, con la excusa de que el dinero que reciben lo
destinan para el funcionamiento de su bloque.
Estas son algunas de
las razones por las cuales no tiene asidero argumento esgrimido:
A) la
Legislatura provee de todos los elementos necesarios para el
funcionamiento adecuado de cada uno de los bloques B) el dinero se entrega en
forma personal C) no se exige, en cumplimiento de normas que así lo disponen,
la presentación de comprobantes que avalen los gastos efectuados por tal
concepto (es el único caso permitido en los tres poderes), D) Se hace extensivo
los “gastos de bloque” al Vicegobernador, secretario legislativo y el
secretario habilitado siendo que estos tres funcionarios obviamente no
pertenecen a ningún bloque legislativo.
Se puede aducir que la denominación no es correcta y en
realidad el adicional en cuestión corresponde a “gastos de representación”, en
ese caso, también debería ser remunerativo, sujetos a descuentos, así lo marca la C.P. Art. 128 referido a
la dieta de los diputados donde expresa “….está sujeta a los aportes
previsionales y de seguridad social, a los tributos en general…”.
También la Ley
3923, de Previsión Social, en su Art. 27 establece que se considerarse
remuneración a la compensación por… “ desempeño de cargos electivos……gastos de
representación y toda otra suma, sea de monto fijo o variable que tenga
carácter habitual y regular…..”
Debo aclarar que cuando fui a cobrar mi primera dieta como
diputado provincial recién ahí tomé conocimiento de que la misma se encontraba
desdoblada en dos partes: una a través de un recibo de sueldo en donde constaba
las asignaciones y descuentos correspondientes, como el que se realiza a
cualquier trabajador y por otro lado recibí un monto destinado a “gastos de
bloque” el cual consistía en dinero en efectivo, contenido en un sobre, sin
documentación ni registro de ningún tipo.
No teniendo dudas que ese dinero era un sobresueldo pagado
en negro para evitar impuestos y contribuciones estipuladas por Ley, decidí llamar a la reflexión de mis pares
utilizando la Hora
de Preferencia, esto lo hice en varias oportunidades sin lograr que se
retornara a la legalidad, también presenté un proyecto de resolución en el
mismo sentido, sin embargo todo fue en vano. Siempre el PJ y PROVECH decidían
con total discrecionalidad, hasta inclusive en casos como este, considerado
contrario al derecho.
Ante esta negativa cerrada y con la convicción de que debía
corregir esta irregularidad (aunque fuese individualmente) decidí depositar en
el ISSyS mes a mes mis aportes faltantes, utilizando las planillas de depósito
creadas para tal finalidad. Grande fue mi sorpresa cuando la misma Institución
perjudicada por esta maniobra engañosa (el ISSyS) no aceptaba mis aportes y las
fue devolviendo en la misma medida que era depositada por mí, para ello
utilizaba mi cuenta personal del Banco del Chubut.
Debe quedar claro que los diputados no deben utilizar el
cargo para la obtención de privilegios de ningún tipo, por ello deben pagar los
impuestos, aportes previsionales y de seguridad social como cualquier otro
ciudadano.
* Ex diputado provincial por Chubut
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