Fuente: FARCO
El Juez de Instrucción de El Calafate, Carlos Navarte,
resolvió que no es judicializable el caso de una chica violada que pidió
hacerse un aborto y exhortó al Ministerio de Salud de Santa Cruz que reglamente
el protocolo para casos de abortos no punibles. El caso llegó a la justicia por
una presentación del Hospital Formenti después que la familia de la nena
abusada, junto con autoridades del área de niñez, pidieran que se realice esa
práctica autorizada para casos de violaciones. En diálogo con Informativo FARCO el juez
explicó que en el fallo “simplemente exhorto al Ministerio de Salud y el
hospital local haciéndoles saber que hay un fallo (de la Corte), que esto no es
punible, no se trata de un delito, o sea el Código Penal los ha dejado fuera de
sanción”.
El magistrado santacruceño interpretó que el caso de la
chica, menos de 18 años, entra dentro de los casos de aborto no punible que
establece el Código Penal, interpretación que confirmó la Corte Suprema de
Justicia hace dos meses.
“Estoy
exhortando, tampoco estoy obligando o imponiendo. Simplemente exhorto al
Ministerio de Salud y el hospital local haciéndoles saber que hay un fallo, que
esto no es punible, no se trata de un delito, o sea el Código Penal los ha
dejado fuera de sanción. Con lo cual les digo, ‘miren señores, es una cuestión
de salud. Yo no me puedo meter con esto que es una cuestión de salud’”, explicó
Navarte entrevistado por Informativo FARCO.
El magistrado continuó diciendo que estos casos no deben
llegar a la justicia, porque está claro en el fallo de la Corte que un aborto por una
violación no es punible, pero aseguró que “por ahí se trata de una cuestión que
no se ha trabajado, porque seguramente este caso sorprendió. Que no han
completado el protocolo. Los ha sorprendido (a los médicos), obviamente,
proceder a una práctica que no es una cuestión de todos los días. Es una
cuestión que hay que analizarla, que seguramente tiene que trabajar el equipo
médico, el equipo de psicólogos, equipo de abogados que tendrá cada Ministerio
de Salud y ahí establecer cuáles serían las cuestiones que definen necesarias
para proceder a este tipo de interrupción que está afuera de la competencia de
la justicia”.
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