martes, julio 31, 2012

Paro judicial: el Colegio de Abogados de Esquel le pidió al STJ que resuelva el conflicto


Por Colegio de Abogados de Esquel

Nota Nro. 85/2012
Esquel, 30 de julio de 2012.-

Señor:
Presidente del
Excmo. Superior Tribunal de Justicia
de la Provincia del Chubut
S                  /                  D

De nuestra mayor consideración:
                                              
Tenemos el agrado de dirigirnos a V.E. en virtud de las medidas de fuerza adoptadas por los empleados judiciales, que han prácticamente paralizado la actividad de los Tribunales.

Hemos de destacar, en tal sentido, que si bien somos conscientes de la situación que motiva tales medidas, los abogados somos ajenos a la disputa que ha originado el conflicto, el cual, por su parte, entendemos que se podría haber evitado si se hubiese privilegiado el diálogo y el respeto al marco institucional y legal vigente.

Sin embargo, esa situación ajena nos afecta gravemente en el ejercicio profesional y, lo que es peor aún, ella también determina que se vean comprometidos los derechos e intereses de nuestros clientes y de todos los justiciables.

Y ello es así por cuanto, si bien es cierto que se ha establecido en todos los Juzgados afectados una guardia para garantizar los servicios mínimos, tal circunstancia –por diversas razones- no ha sido suficiente para lograr el fin pretendido.

Por ello, y dado que los Colegios Públicos de Abogados entendemos que existe un deber constitucional de los órganos judiciales de garantizar la prestación del servicio esencial de Justicia (en todo momento –ininterrumpidamente-  y no obstante situaciones de ausencias por paro de actividades o retención de servicios en el lugar de trabajo) consideramos que deben arbitrarse los medios correspondientes para zanjar la situación planteada.

Es que, como es sabido, en estos casos el bien común de la sociedad o el interés general exigen la atenuación o postergación del ímpetu con que se defienden los intereses particulares y sectoriales.

En consecuencia, y considerando que ese Superior Tribunal de Justicia es el máximo organismo y representa al Poder Judicial de la Provincia (art. 178 de la Constitución Provincial), les requerimos su intervención de manera inmediata, abordando frontalmente el conflicto suscitado, para obtener una solución urgente y definitiva a una situación que, repetimos, no favorece al bien común ni a las partes ó terceros involucrados.

Nuestro ordenamiento jurídico, en tal sentido, cuenta con distintos procedimientos que permiten gobernar las relaciones en tiempos anormales y procuran el ajuste de los diferendos colectivos, valiéndose de métodos que privilegian el diálogo y el respeto por el otro. Su utilización, con seguridad, permitirá llegar a la solución del conflicto encaminándolo en la senda de las tratativas pacíficas, motivo por el cual bregamos por su utilización.

Finalmente, y en un todo de acuerdo a lo anteriormente expuesto, dado que el objetivo natural de todo conflicto colectivo es su propia solución, hacemos saber que este Colegio también está abierto a participar de cualquier medida que facilite el entendimiento de las partes interesadas y promueva una solución a esta situación de coyuntura que, como ya lo señaláramos, impacta negativamente en toda la sociedad.

Sin otro particular, saludamos a V.E. muy atentamente.-

Fdo. Ricardo Tomàs Gerosa Lewis – Presidente
María Cristina Mombelli – Secretaria

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