Por Juan Gasparini *
Foto: Luca Solari
El examen por parte de la fiscalía helvética de una denuncia
sobre presuntos capitales atribuidos al hombre de negocios argentino Lázaro
Báez, que transitaran entre 2011 y 2012 por una cuenta en un banco en Ginebra,
luego transferidos a un segundo banco helvético todavía desconocido, se
encadenan con las explicaciones dadas por dicha fiscalía justificando el
archivo de una investigación penal emprendida con anterioridad sobre otra
cuenta en un establecimiento diferente de la misma ciudad, a la que una versión
relacionara con el dirigente sindical Hugo Moyano. Seguimiento para saber lo
ocurrido con el líder camionero, y lo que podrían acarrearle al empresario
Lázaro Báez sus peripecias bancarias en Suiza.
Consultado periodísticamente el Ministerio Público suizo
días pasados por correo electrónico sobre el escándalo Báez, respondió que no
había un procedimiento penal al respecto, ni bloqueo de cuentas, aunque
confirmó “la recepción de una denuncia penal” por fax que iba a “ser examinada
y sería el objeto de un análisis en cuanto a la existencia de sospecha de
hechos constitutivos de una infracción”.
La denuncia en cuestión, de acuerdo con lo difundido por la
prensa argentina, habría sido impulsada por los diputados nacionales Graciela
Ocaña y Manuel Garrido, pidiendo el bloqueo de cuentas de varias personas a las
que se les imputaría blanqueo de dinero, incluyendo a Lázaro Báez y sus dos
hijos, Leandro y Martín, al ministro de Planificación, Julio de Vido, al
contador Leonardo Fariña, al financista Federico Elaskar, y a la sociedad
instrumental aparentemente inscripta en Panamá, Teegan, a la cual se la
responsabilizaría de encubrir una cuenta del clan Báez en el Banco Lombard
Odier, Darier Hentsch de Ginebra. Según fuentes confidenciales helvéticas esa
cuenta operó entre 2011 y 2012. Tras ser cerrada, su saldo fue transferido a
otro banco suizo.
Un escándalo detonó en 2011 con la cuenta de Ricardo Rubén
Depresbiteris y Elvira Marcela Mete en la sucursal Ginebra del Standard
Chartered Bank (ex banco American Express), personas ligadas a los negocios de
la compañía argentina recolectora de residuos Covelia, y acaso vinculadas al
dirigente sindical Hugo Moyano, cuenta denunciada por el propio banco a la
fiscalía suiza, en virtud de las exigencias asignadas por la ley antiblanqueo
de 1998 a
los establecimientos financieros locales, al no existir un centro de datos de
cuentas bancarias en manos del Estado.
El Ministerio Público helvético inició una investigación
penal por blanqueo de dinero, pidió vanamente la ayuda judicial a los
tribunales argentinos, y luego de recibir el descargo de los dos propietarios
de la cuenta, archivó el expediente el 7 de enero de 2013, y devolvió el saldo
de casi 2 millones de dólares a Depresviteris. Lo hizo porque el citado
presentó una certificación del Juzgado Federal 4 de Buenos Aires, indicando que
una querella con acusaciones en su contra se había desvanecido por falta de
mérito o sobreseimiento, pronunciando así su inocencia. Moyano se volatilizó en
la nada.
Debe recordarse que si el dinero es sucio, corresponde
determinarlo a los órganos competentes del Estado de su procedencia
(Argentina), no al país que los haya recibido en inversión como destino final
(Suiza). Que alguien tenga una cuenta en Suiza, para Suiza no es ilegal. Quizá
lo es para el país del titular de la cuenta, si exigiere declararla a su dueño
por ser oriundo o residir en él y éste no lo hiciere. Desde luego está
prohibido, para Suiza y para cualquier otro país, que la cuenta abrigue o haya
abrigado dinero gestado por un crimen o delito.
El artículo 309 del Código de Procedimiento Penal en Suiza
autoriza a los magistrados competentes a inciar una investigación penal cuando
obraren “sospechas suficientes” de un delito. Y el artículo 305 bis del Código
Penal suizo castiga con hasta 5 años de cárcel y una multa que puede rondar el
millón de dólares, a quien blanquea dinero. Tal infracción se define en Suiza
por la obstaculización en la identificación del origen, el descubrimiento o la
confiscación de valores patrimoniales provenientes de un crimen, que para los
ejemplos aquí evocados, serian delitos relativos a las diferentes formas de
corrupción, y/o a la asociación ilícita para llevarlos a cabo.
No obstante conviene advertir que para la legislación
helvética es inexistente el delito fiscal, pues para los nacionales o los
residentes que cometieran un acto de esa naturaleza, se lo considera una falta
administrativa redimible por multa, o sea un asunto que debe arreglar el fisco,
no la Justicia,
algo así como una contravención por transgredir los códigos del tránsito urbano
que se resuelve con una sanción pecuniaria.
Por ese motivo Suiza rechaza la petición de cualquier
miembro del poder judicial de otro país, que le solicite asistencia para
localizar y confiscar una cuenta perteneciente a un ciudadano extranjero que
eventualmente hubiera sido alimentada por el fruto de la evasión fiscal, debido
al no cumplimiento de la llamada regla de la doble incriminación, vale decir
que el hecho reprimido penalmente en un país lo fuera también en el otro.
Sin embargo, desde el 13 de marzo de 2009, Suiza acepta que
otros países con los que tenga Convenciones contra la Doble Imposición
(CDI), le soliciten la ayuda administrativa para rastrear capitales de
extranjeros que hayan evadido impuestos, un trámite que se hace caso por caso
entre los entes fiscales respectivos, donde el requirente debe identificar el
nombre del incriminado y el banco donde se estacionarían los haberes.
En la hipótesis que Depresbiteris o Báez hubieren traído a
Suiza capitales sustraídos a la obligación fiscal, y la Argentina quisiera
repatriarlos, sería incierto conseguirlo. La Convención contra la Doble Imposición
(CDI) celebrada entre los dos países en 1997, fue suspendida de facto por la Argentina en 2012. Un
nuevo tratado, firmado por ambos gobiernos en 10 de noviembre de 2009,
ratificado por el Parlamento suizo, ha sido aceptado por los Senadores
argentinos, y se encuentra en espera de aprobación por la Cámara de Diputados.
Lo dramático sería que esta última lo hiciera y entrara en
vigor el proyecto de tratado cuya copia se ofrece en los “archivos
relacionados” al pie del presente artículo. Entonces se consagraría un papelón
mayúsculo porque el contenido del nuevo instrumento mantiene las viejas
concepciones helvéticas de hacer ficticio recuperar las fortunas de la evasión
impositiva refugiadas en su banca, y no incorpora las concesiones operadas por
Suiza desde marzo del 2009, mediante las cuales admite que la evasión fiscal es
equivalente a un delito y habilita la vía administrativa para alcanzar los
objetivos de la legítima persecución del fisco de otros países contra sus
contribuyentes que lo eluden. Los gobiernos líderes de la Unión Europea, de
Estados Unidos, Japón, Turquía, Costa Rica, México, Uruguay, Colombia y Perú,
destacan entre los países que acaban de suscribir distintas CDI que recogen el
beneficio de lo recientemente otorgado por Suiza, pero la Argentina se apresta a
confirmar un instrumento antagónico e inútil para rescatar haberes forjados por
la evasión fiscal.
* @juangasparini, Ginebra, 23 de abril de 2013.
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