Fuente. Diario de Río Negro
La
Corte Suprema dejó sin efecto el desalojo de dos integrantes
de la comunidad mapuche en Río Negro ordenada por la justicia local, y pidió el
expediente para analizar los argumentos de los integrantes de los pueblos
originarios sobre los derechos ancestrales sobre la propiedad.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena
Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, hizo
lugar al planteo formulado por Esther Palma y Alberto Orellana, integrantes de la Comunidad Mapuche
"Las Huaytekas" y actuales ocupantes del inmueble.
Según el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el
lugar fue "tradicionalmente" ocupado por la comunidad aborigen, pero
la propiedad es reclamada hoy por el particular José Luis Martínez Pérez.
El fallo de la
Corte "entendió que las constancias acompañadas por la
citada comunidad daban cuenta de que la controversia planteada podía, prima
facie, involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen",
según explicó el sitio de internet del alto tribunal.
Así, dispuso "la suspensión del curso del proceso, sin
que esto implicara pronunciamiento sobre el fondo del asunto", y pidió el
expediente principal para estudiar una resolución definitiva sobre el caso.
Alrededor de 1890 ascendientes de las familias que hoy
forman parte de la comunidad "Las Huaytekas" se asentaron en los
campos que forman partede los parajes Los Repollos y El Foyel.
Nota relacionada: Las Huaytekas: convocan mañana a un trawn para evitar el desalojo de la comunidad mapuche





0 Comentá esta nota:
Publicar un comentario