martes, julio 23, 2013

Organismos de DD.HH. cuestionan el traslado del Banco Nacional de Datos Genéticos



Por APEL

¿Sabés qué está pasando con el Banco Nacional de Datos Genéticos?

Con la sanción de la ley 26.548 en el año 2009, el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) pasó a ser un organismo autárquico y autónomo y a funcionar bajo la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (MCTIP), quien hoy sólo maneja las partidas presupuestarias; modificando así distintos aspectos normativos relacionados con la constitución, el funcionamiento y objeto que dieron origen al BNDG.

Lo preocupante de esta situación es que desde que fue creado, a través de la ley 23.511 en 1987, el BNDG fue un organismo que funcionó con doble dependencia: de la Nación, que es quien provee los materiales y reactivos para los procesos de Lesa Humanidad y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de quien depende su personal y el lugar donde funciona. Ahora, ubicar al BNDG bajo la órbita del MCTIP significa que queda automáticamente sujeto a los avatares políticos y librado a la voluntad de quienes sucesivamente ejerzan la Presidencia de la Nación, poniendo en riesgo el incuestionable funcionamiento con el que actuó a lo largo de todos estos años.

Con la reglamentación de la nueva ley y el traslado del Banco a otra sede que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva llevará a cabo, se desnaturaliza la esencia del BNDG y se afecta su funcionamiento, porque:

·         Limita su competencia exclusivamente a causas relacionadas con el terrorismo de Estado, restringiendo la universalidad de la labor del Banco a los crímenes de lesa humanidad previos a 1983.

·         Quedan excluidos de su competencia: causas judiciales vinculadas con desaparición forzada de personas a partir del 10 de diciembre de 1983; supresión de estado civil en los casos no relacionados a la última dictadura; los datos genéticos de personas que han asistido al Banco por causas judiciales civiles o criminales; juicio de filiación común o particular; o quienes han recurrido al Banco con la sola intención de dejar su muestra de ADN en resguardo de su patrón genético.

·         En los casos mencionados implica por defecto la negación del acceso a la justicia y del derecho a la identidad en diferentes causas y se pierde la condición de gratuidad del servicio, ya que los requirentes deberán acudir a laboratorios privados, desvirtuando y acotando el objeto fundacional del BNDG.

·         Pone en riesgo la cadena de custodia del material genético entregado al Banco, con la garantía de reserva de la información. La ley establece una estricta confidencialidad en lo que respecta al archivo de las muestras, por lo que la responsabilidad de la cadena de custodia la tiene la directora actual del Banco y por ley sólo puede entregársela a otro director designado por concurso.

·         El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva impulsa el traslado del BNDG para integrarlo a un Instituto de Genómica Humana, lo cual no sólo no está contemplado en las leyes del BNDG ni en el decreto reglamentario 38/2013, sino que perseguiría objetivos muy diferentes.

·         Para desarrollar el mencionado proyecto, es necesario contar con el sofisticado equipamiento tecnológico que posee actualmente el Banco y generar vínculos entre el sector público, privado y el ámbito académico, creándose así la primera empresa argentina de diagnóstico genómico.

    Podemos decir con orgullo que el BNDG contribuyó a escribir parte de la historia de la vida de muchos jóvenes que han recuperado su verdadera identidad, gracias a la incansable labor de su equipo de trabajo.

Por lo tanto, para preservar y garantizar el más alto nivel de jerarquía científica y ética del Banco Nacional de Datos Genéticos, exigimos:

·         Que el capital humano del BNDG, su directora y personal técnico actual continúen en sus funciones, basando este pedido en la experiencia lograda por la capacitación en la identificación humana en vínculos discontinuos. Capacitación que no se logrará en el corto plazo.

·         Que el BNDG debe permanecer unificado para maximizar las posibilidades de que algún día las personas con dudas sobre su identidad puedan recuperarla, tanto si sus padres están desaparecidos o si nunca lo estuvieron.

·         Que se resguarden todas las muestras que obran en el actual BNDG, ya que se trata de información altamente sensible, por lo que debe protegerse su manipulación, como así también lo pactado explícita e implícitamente entre los donantes y la entidad depositaria.

·         Que el BNDG pueda seguir adelante con todas las causas donde sea necesaria su intervención como perito.

·         Que se respete la finalidad con la que ha sido creado el BNDG y su tarea inherente a la restitución de Identidad y que no se transforme en un negocio de sectores privados vinculados a la Genómica Humana.

·         Que no se modifique la metodología de estudios en el BNDG, que es la que está contemplada en las leyes, y la que garantiza que se cumplan con idoneidad los objetivos del mismo.

·         Que para conocer la identidad de los jóvenes que cuentan con serios indicios de ser hijos de desaparecidos pero con resultado negativo en el BNDG, se requiere que se instrumente y realice con la mayor celeridad posible el proceso de cruzamiento de los datos del BNDG con la totalidad de las muestras que se encuentran en poder del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

Asociación de Profesionales en Lucha – APeL
Asociación Anahí
Asociación de Ex-Detenidos Desaparecidos – AEDD
Colectivo Memoria Militante
Hijos La Plata
Familiares y Militantes de Derechos Humanos
Unión por los DDHH La Plata
…y siguen firmas.

ADHIEREN: Nora Cortiñas, DNI 0.019.538 - Elia Espen, DNI 3.080.703 - María Isabel Chicha Chorobik de Mariani, DNI 8.319.665 - Mirta Acuña de Baravalle, DNI 0.302.436 - Elsa Pavón, DNI 3.387.071 - Elsa Oshiro, DNI 11.433.791  - Rosa Isabbela Valenzi, DNI 93.787.365


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