En relación a las situaciones planteadas que involucran, en distinto grado y circunstancias, a personal docente y ex funcionarios de esta Universidad nacional con hechos violatorios de los derechos humanos y relacionados con la represión y la violencia institucional y política, este Rectorado pone en conocimiento de la opinión pública:
Que el Sr. Oscar Corres, ha sido docente de la Facultad de Ciencias Económicas y de la Escuela de Derecho, desde marzo de 1988 a marzo de 2007, revistando como profesor interino.
Que el Sr. Ángel Ricardo Pesetta es docente de la facultad de Ciencias Jurídicas desde marzo de 2004, como auxiliar interino.
Que el Sr. Hugo César Espeche es titular de la empresa ESPE, a cargo del servicio de limpieza en Comodoro Rivadavia, desde setiembre de 1998 y cesará con la adjudicación de la licitación pública del Rectorado de marzo de 2008.
Que el primero ha merecido el repudio de las autoridades universitarias y del Consejo Superior, por denuncias de la Federación Universitaria Patagónica, en el mes de mayo de 2007.
Que este Rectorado repudió, y repudia, absolutamente y de manera pública y sistemática, la acción de los denunciados como represores y los atentados contra la vida, reivindicando la obligación del sistema universitario de excluir de su seno a todos quienes participen, o hayan participado, de cualquier tipo de violencia, mucho más agravado en caso de torturas y muertes por causa ideológica (Varias publicaciones periodísticas y “Manifiesto en contra de la muerte y la crueldad”, en página oficial http://www.unp.edu.ar/noticias/noticias/recviolen.htm “Noticias 11 de mayo de 2007”, luego presentado a Consejo Superior).
Que el sistema de designación de docentes es por Facultad y, en el caso de los ordinarios es por concurso de jurados compuestos por docentes de otras Universidades nacionales. Los docentes interinos son designados de acuerdo a propuestas que tienen en cuenta los antecedentes pertinentes.
Que ambos sistemas importan la participación e intervención efectiva de los Consejos Académicos de cada facultad compuestos por el decano y consejeros representantes de estudiantes, docentes, graduados y no docentes. En el caso de los ordinarios, también interviene el Consejo Superior, presidido por el Rector.
Que la institución universitaria ha tomado medidas concretas y dado sobradas muestras a la sociedad, de su compromiso activo para generar un espacio que sea capaz de cobijar pensamientos encontrados y diferentes, con la expresa exclusión de quienes abogan por la muerte, la violencia, la crueldad y la discriminación.
Que el Sr. Oscar Corres, ha sido docente de la Facultad de Ciencias Económicas y de la Escuela de Derecho, desde marzo de 1988 a marzo de 2007, revistando como profesor interino.
Que el Sr. Ángel Ricardo Pesetta es docente de la facultad de Ciencias Jurídicas desde marzo de 2004, como auxiliar interino.
Que el Sr. Hugo César Espeche es titular de la empresa ESPE, a cargo del servicio de limpieza en Comodoro Rivadavia, desde setiembre de 1998 y cesará con la adjudicación de la licitación pública del Rectorado de marzo de 2008.
Que el primero ha merecido el repudio de las autoridades universitarias y del Consejo Superior, por denuncias de la Federación Universitaria Patagónica, en el mes de mayo de 2007.
Que este Rectorado repudió, y repudia, absolutamente y de manera pública y sistemática, la acción de los denunciados como represores y los atentados contra la vida, reivindicando la obligación del sistema universitario de excluir de su seno a todos quienes participen, o hayan participado, de cualquier tipo de violencia, mucho más agravado en caso de torturas y muertes por causa ideológica (Varias publicaciones periodísticas y “Manifiesto en contra de la muerte y la crueldad”, en página oficial http://www.unp.edu.ar/noticias/noticias/recviolen.htm “Noticias 11 de mayo de 2007”, luego presentado a Consejo Superior).
Que el sistema de designación de docentes es por Facultad y, en el caso de los ordinarios es por concurso de jurados compuestos por docentes de otras Universidades nacionales. Los docentes interinos son designados de acuerdo a propuestas que tienen en cuenta los antecedentes pertinentes.
Que ambos sistemas importan la participación e intervención efectiva de los Consejos Académicos de cada facultad compuestos por el decano y consejeros representantes de estudiantes, docentes, graduados y no docentes. En el caso de los ordinarios, también interviene el Consejo Superior, presidido por el Rector.
Que la institución universitaria ha tomado medidas concretas y dado sobradas muestras a la sociedad, de su compromiso activo para generar un espacio que sea capaz de cobijar pensamientos encontrados y diferentes, con la expresa exclusión de quienes abogan por la muerte, la violencia, la crueldad y la discriminación.
Fdo. Jorge Manuel Gil, Rector UNPSJB.
Comodoro Rivadavia, 16 de mayo de 2008.
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