viernes, septiembre 24, 2010

Opinión: “¡No, no, la clavó en el ángulo!”

Por Enrique Gabriel Kaltenmeier *

Ayer daba cuenta en este mismo lugar del proyecto de enmienda a la Constitución Provincial que lleva adelante el Gobernador de la Provincia, del que tomé conocimiento por medio de las declaraciones radiales del Procurador General que difundió FM Trelew Noticias.

Después LU20 Radio Chubut difundió que en realidad el Gobernador ha propuesto la modificación de un tercer artículo, el 187, que se refiere a la composición del Consejo de la Magistratura. Bueno, señoras y señores, estamos en curso a la reforma constitucional.

Lo primero que me llama la atención es la idea de reformar el Consejo de la Magistratura. A lo mejor es una idea análoga a la del “perverso” kirchnerismo a nivel nacional (eso demarca que entre Das Neves y Kirchner sólo hay similitudes y no hay diferencias, y que por eso se pelean, porque quieren ocupar el mismo espacio, exactamente el mismo). Y lo segundo es la perversión de plantear una reforma constitucional sólo por una puja personal que tiene el Gobernador con el líder de la UOCRA Mateo Suárez.

Hay que plantearse con coraje ante esta situación. Das Neves no es el dueño de la Constitución como para decidir cuándo hay que modificarla y cuándo no, según sus necesidades. Esto es aberrante. Es la expresión más absoluta de fascismo que hemos visto en esta gestión. Voy a citar a Mario Justo López, en su obra “Introducción a los Estudios Políticos” (Tomo II, página 5), quien refiere pasajes de Carl Schmidt, el teórico jurídico del nazismo: “Este acto [el acto constituyente] constituye la forma y modo de la unidad política, cuya existencia es anterior. No es, pues, que la unidad política surja porque se haya “dado una Constitución.” (…) “Siempre hay en el acto constituyente un sujeto capaz de obrar que lo realiza con la voluntad de dar una Constitución.” (…) “La Constitución no es cosa absoluta, por cuanto que no surge de sí misma.” (…) “No se da a sí misma, sino que es dada por una unidad política concreta.” (…) “La Constitución vale por virtud de la voluntad política existencial de aquel que la da. Toda especie de normación jurídica, también la norma constitucional, presupone una tal voluntad como existente.” (…) “Toda ley (…) necesita para su validez en último término una decisión política previa, adoptada por un poder o autoridad políticamente existente.” (El destacado es mío y sustituye el original de López).

Desde hace más de 2 años vengo planteando que éste Gobernador quiere reformar la Constitución con el objetivo de prolongar su mandato, ante el eventual (hoy consumado) fracaso rotundo de su delirio presidencial. Lo de delirio viene porque uno ha tenido la oportunidad de recorrer otras partes del país, y en esos ámbitos tomé conocimiento directo de que la figura de Das Neves era plenamente ignorada fuera de la Patagonia (para ser generoso). Y en este proceso en que varias veces alerté sobre una eventual reforma constitucional, he tratado de cuidar los términos usados para referirme al justicialismo en general, y en particular a Das Neves. He usado en líneas generales el término “transpersonalista” que resume la idea del uso de la persona (léase ciudadanía) como medio para construir un poder personal o sectario. Nota completa

* DNI 32801480

Nota relacionada: Opinión: “Pegó en el palo... por ahora”

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