Enviado por Sergio Pravaz
El Tribunal Electoral Provincial, Secretaría a cargo del Dr. Juan L. Gerber, informa que ha dictado la Resolución N° 58/11 a través de la cuál les recuerda al Gobierno Provincial y Nacional, así como a los Gobiernos Municipales la plena vigencia en el ámbito provincial del art. 64 quater del Código Electoral Nacional, al que deberán ajustarse los respectivos actos de gobierno. El mencionado artículo indica lo siguiente:
Artículo 64 quater: publicidad de los actos de gobierno: Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y a la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Nota relacionada: 20-M: comenzó la distribución de padrones
El Tribunal Electoral Provincial, Secretaría a cargo del Dr. Juan L. Gerber, informa que ha dictado la Resolución N° 58/11 a través de la cuál les recuerda al Gobierno Provincial y Nacional, así como a los Gobiernos Municipales la plena vigencia en el ámbito provincial del art. 64 quater del Código Electoral Nacional, al que deberán ajustarse los respectivos actos de gobierno. El mencionado artículo indica lo siguiente:
Artículo 64 quater: publicidad de los actos de gobierno: Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y a la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
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