Por Paz Escobar
Desde la
Cátedra Abierta de Género, comprometida con el trabajo para
una sociedad libre de violencia de género, queremos expresar nuestro repudio a
los ataques sufrida por Luz (vecina de Rawson) perpetrada por su ex marido,
Hernán Jao De Deus, y denunciada por sus vecino/as en una nota publicada
miércoles 21 de Marzo en un periódico de la zona. Repudiamos y denunciamos
públicamente no sólo a este hombre violento sino también la violencia
institucional en la que, por omisión, incurrieran la comisaría de Rawson y la
comisaría de la mujer del mismo Municipio, ya que ninguna de las dos le tomó la
denuncia a Luz por verla “alterada” ni a los vecinos que quisieron denunciar la
situación, haciendo caso omiso a todos los derechos y obligaciones que estas
instituciones tienen expresadas en los diferentes convenios y protocolos.
Particularmente en la Ley
26.485 “Violencia contra la mujer- prevención sanción y erradicación”, donde
explícitamente se expresa en el articulo 7 punto c) como obligación de los
órganos del estado creados a tal fin: “La asistencia en forma integral y
oportuna de las mujeres que padecen cualquier tipo de violencia, asegurándoles
el acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en servicios creados a tal
fin, así como promover la sanción y reeducación de quienes ejercen
violencia”Agradecemos también públicamente las acciones de los vecinos de Luz
que no sólo hicieron publica la situación, ya que de esto se trata de realizar
un trabajo coordinado en red con toda la comunidad, exigiendo el cumplimiento
de la ley y ayudando a hacer publico la violencia de genero que lejos de ser
una situación “privada” es la consecuencia de una sociedad desigual e injusta.
Difundimos también el artículo 24 de la mencionada ley que
deja claro quienes pueden radicar una denuncia "Las denuncias podrán ser
efectuadas: a) Por la mujer que se considere afectada o su representante legal
sin restricción alguna; c) CUALQUIER PERSONA cuando la afectada tenga
discapacidad, o que por su condición física o PSÍQUICA no pudiese
formularla". Además es importante que la sociedad sepa que las
presentaciones de las denuncias “por violencia contra las mujeres podrán
efectuarse ante cualquier juez/jueza de cualquier fuero e instancia o ante el
Ministerio Público, en forma oral o escrita, según el artículo 24.
¡No permitamos más femicidios! Éste es el término que se
utiliza para nombrar las numerosas y reiteradas muertes de mujeres en manos de
hombres (la mayoría de su ámbito familiar) que las consideran de su
pertenencia. El femicidio no es más que la manifestación mas extrema de una
larga cadena de maltratos tanto en el ámbito doméstico como en el
institucional. Haremos de nuestro repudio el trabajo necesario para exigir el
cumplimiento de esta ley y de todo lo que esté a nuestro alcance como Cátedra;
no sólo para avanzar en el conocimiento sino para aportar a la construcción de
una sociedad menos violenta y desigual.
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